Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2016 (25/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Domingo 25 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, a partir del 26 de setiembre de 2016, la renuncia presentada por la señorita Edith Obdulia Aparicio Mendoza, al cargo de Jefe de la Oficina Zonal de Puno del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Designar, a partir del 26 de setiembre de 2016, al señor Russo Américo Núñez Miraval en el cargo de Jefe de la Oficina Zonal de Puno del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal ­ COFOPRI. Artículo Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y el Portal Institucional: www. cofopri.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. HORACIO GAGO PRIALÉ Director Ejecutivo 1433200-2

ORGANISMOS REGULADORES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Inician procedimiento de aprobación de oficio de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; así como de costos máximos de las unidades de medida de actividades requeridas para establecer los precios de servicios colaterales, que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EMSAP CHANKA S.R.L.
RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 018-2016-SUNASS-GRT Exp.: 008-2016-SUNASS-GRT-FT Lima, 22 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 102 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley N° 263381, dispone que las entidades prestadoras de servicios de saneamiento (EPS) deben presentar a la SUNASS su Plan Maestro Optimizado (PMO) revisado y actualizado, a más tardar nueve meses antes de concluir cada período quinquenal; Que, de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento General de Tarifas2 (RGT), la Gerencia de Regulación Tarifaria (GRT) podrá dar inicio al procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión, cuando habiendo transcurrido el plazo previsto en el considerando anterior, la EPS no ha cumplido con presentar su PMO; Que, asimismo, el artículo 35 del RGT establece como requisito adicional para el inicio del procedimiento de oficio, que la SUNASS cuente de manera suficiente, con la información prevista en el Título 2 y Anexo N° 2 del RGT, sobre la "Metodología para la Formulación del PMO" y "Contenido General del PMO"; caso contrario, la GRT podrá solicitar a la EPS la información que considere necesaria; Que, de conformidad con el artículo 36 del RGT, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos antes señalados, la GRT dispondrá el inicio del procedimiento

de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de la EPS; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 049-2010-SUNASS-CD, publicada el 21 de noviembre de 20103, se aprobó la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EMSAP CHANKA S.R.L.4 para el quinquenio regulatorio 2010-2015, el cual ha concluido; Que, del 20 al 23 de junio de 2016, GRT brindó asistencia técnica a EMSAP CHANKA S.R.L. para la elaboración y presentación de su PMO correspondiente al segundo quinquenio regulatorio; Que, posteriormente, del 22 al 25 de agosto de 2016, GRT como parte del proceso de asistencia técnica recopiló información sobre aspectos operacionales, comerciales y financieros de EMSAP CHANKA S.R.L.; Que, considerando que hasta la fecha EMSAP CHANKA S.R.L. no ha presentado su PMO debidamente revisado y actualizado, la GRT ha procedido a revisar la información obtenida durante el proceso de asistencia técnica, considerando que es información suficiente para dar inicio al procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; así como de determinación de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales; Que, de acuerdo con el artículo 21 del RGT, que resulta de aplicación para el procedimiento de aprobación de oficio, la resolución de inicio debe ser notificada a la EPS y publicada en el diario oficial El Peruano y en la página web de la SUNASS dentro de los cinco días calendario de emitida; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley N° 263338, y el artículo 35 del Reglamento General de Tarifas; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Iniciar el procedimiento de aprobación de oficio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; así como de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EMSAP CHANKA S.R.L. Artículo 2°.- La presente resolución deberá ser notificada a EMSAP CHANKA S.R.L. y publicada en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento SUNASS (www.sunass.gob.pe), dentro del plazo máximo de 5 días calendario de emitida. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS VELARDE SACIO Gerente de Regulación Tarifaria
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Aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2005-VIVIENDA. Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD y sus modificatorias. En la separata de normas legales del diario oficial El Peruano. Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal Chanka Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada.

1433143-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Autorizan viaje de Presidente del Poder Judicial a EE.UU., en visita oficial
PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 102-2016-P-CE-PJ Lima, 14 de setiembre de 2016

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