Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2016 (27/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Martes 27 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

600081

Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial N° 737-2010/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, en comisión de servicios, el viaje de los químicos farmacéuticos Jenny Luz Aliaga Contreras y Juan José Villegas Campos, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 2 al 12 de octubre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los citados profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, han sido íntegramente cubiertos por la empresa ABBOTT LABORATORIOS S.A., a través del Recibo de Ingreso detallado en los considerandos precedentes y abonados a la Oficina de Economía de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, incluyendo la asignación por concepto de viáticos, conforme al siguiente detalle:
· · Pasaje aéreo tarifa económica para 2 personas : US$ 1,939.04 (c/persona US$ 969.52 incluido TUUA) Viáticos por 10 días para 2 personas : US$ 8,800.00 (c/persona US$ 4,400.00 incluido gastos de _______________ instalación) Total : US$ 10,739.04

Artículo 3.- Disponer que los citados profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante la Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1433548-7

Actualizan listado de proyectos priorizados a través de las RR.MM. N°s. 675-2015/MINSA y 715-2015/MINSA, los cuales cuentan con declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 738-2016/MINSA Lima, 23 de setiembre del 2016 Visto, el expediente N° 16-082982-001, que contienen el Informe N° 661-2016-OGPPM-OGI/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29230, Ley que impulsa la Inversión Pública Regional y Local con participación del sector privado y normas modificatorias, se aprobaron medidas con el objeto de impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los Gobiernos Regionales y/o Locales y Universidades Públicas;

Que, mediante el artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar Proyectos de Inversión Pública en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos en la Ley Nº 29230; Que, mediante Decreto Supremo N° 409-2015-EF, se aprobó el Reglamento del artículo 17 de la Ley N° 30264, que incorpora a las entidades del Gobierno Nacional en los alcances de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado; Que, de acuerdo al artículo 6 del citado Reglamento, corresponde a las Entidades Públicas aprobar la lista de proyectos priorizados, los mismos que deben estar en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaratoria de viabilidad en el marco del SNIP; dicha priorización en el caso del Gobierno Nacional, se aprueba con Resolución del titular de la Entidad, la cual es remitida a PROINVERSIÓN a fin que la publique en su portal institucional dentro de los tres (3) días de recibida; las entidades públicas deben actualizar dichas listas periódicamente y como mínimo una vez al año; Que, el artículo 8 del Reglamento dispone que de manera previa a la emisión de la resolución que prioriza los proyectos y su mantenimiento, de ser el caso, la entidad pública solicita opinión favorable a la Dirección General de Presupuesto Público ­ DGPP, respecto a la capacidad presupuestal con la que cuenta para el financiamiento de los proyectos y mantenimiento, a ser ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264; asimismo, según el numeral 8.3 del citado artículo 8, la entidad pública puede modificar la lista de proyectos priorizados, para lo cual, si ésta supera la capacidad presupuestal otorgada previamente, es necesario solicitar nuevamente dicha opinión a la DGPP; Que, mediante Oficio N° 1030-EF/50.06 la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, opinó que el pliego 011: Ministerio de Salud, cuenta con recursos a nivel de proyectos de inversión pública hasta por la suma de S/. 1 298,4 millones, según el proyecto de presupuesto del sector público para el año fiscal 2016 y la proyección de gastos que este pliego tiene para el año 2016, para la ejecución de proyectos de inversión pública bajo el mecanismo previsto en el artículo 17 de la Ley N° 30264; Que, de acuerdo a lo señalado por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en su Informe N° 661-2016-OGPPM-OGI/MINSA y el Memorándum N° 1415-2016-OGPPM-OGI/MINSA, así como el Memorándum N° 074-2016-OPF-OGPPM/ MINSA, de la Oficina de Presupuesto y Financiamiento, "(...) el Ministerio de Salud cuenta con capacidad presupuestal para financiar el proyecto de inversión pública "Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Establecimientos de Salud de la Provincia de Chumbivilcas, mediante la instalación de Servicios de Atención Pre Hospitalaria y Telesalud, en el marco de las RIAPS, departamento de Cusco", con Código SNIP 363808, para ser ejecutado bajo la modalidad de Obras por Impuestos (...)"; Que, con Resolución Ministerial N° 675-2015/MINSA se aprobó la priorización de un proyecto de Inversión Pública a ser financiado y ejecutado en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264 y su Reglamento, y con Resolución Ministerial N° 715-2015/MINSA se actualizó el listado de proyectos priorizados; Que, con fecha 11 de agosto de 2016, se declaró la viabilidad del proyecto: "Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Establecimientos de Salud de la Provincia de Chumbivilcas, mediante la instalación de Servicios de Atención Pre Hospitalaria y Telesalud, en el marco de las RIAPS, departamento de Cusco", con Código de Proyecto 2327370 (antes Código SNIP 363808);

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