Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2016 (27/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Martes 27 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

600091

CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta de Vistos, el Director de Departamento de Derecho Procesal Civil de la Universidad Austral de la República de Argentina, invita al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Dr. Guido César Águila Grados, a participar, en calidad de disertante, en la clase especial del programa que integra la Maestría (LLM) en Derecho que tendrá lugar en la ciudad de Buenos Aires el próximo 27 de setiembre del 2016; Que, mediante Acuerdo Nº 1000-2016 del Consejo Nacional de la Magistratura, de fecha 21 de setiembre del 2016, se autorizó el viaje en comisión de servicios del Señor Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Consejero Guido César Aguila Grados, para que en representación del Consejo participe en calidad de disertante en la clase especial dedicada a temas concernientes a reformas judiciales en Latinoamérica y propuestas para el mejoramiento de los poderes judiciales, que se llevará a cabo el 27 de los corrientes en la Universidad Austral de la ciudad de Buenos Aires ­ Argentina, disponiendo que se cubran sus respectivos viáticos dado que la universidad que cursa la invitación asumirá el costo de los pasajes; Que, en virtud de lo establecido en la Directiva N° 004-2016-P-CNM, «Normas y Procedimientos sobre viajes y viáticos en comisión de servicios del Consejo Nacional de la Magistratura», aprobada por Resolución N.° 050-2016-P-CNM y sus modificatorias Resolución N.º 089-2016-P-CNM, resulta procedente autorizar el viaje del señor Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura y asignarle los viáticos que corresponden; De conformidad con el literal e) del artículo 37° de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, Ley N° 26397; y con el visado de la Dirección General, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Oficina de Administración y Finanzas y la Oficina de Presupuesto e Inversiones del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Señor Presidente, Consejero Guido César Águila Grados, para que en representación del Consejo Nacional de la Magistratura, participe en calidad de disertante en la clase especial dedicada a temas concernientes a reformas judiciales en Latinoamérica y propuestas para el mejoramiento de los poderes judiciales, que tendrá lugar en la Universidad Austral de la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, el próximo 27 de setiembre del 2016. Artículo Segundo.- Reconocer el costo de los viáticos, conforme a la Directiva N° 004-2016-P-CNM: «Normas y Procedimientos sobre viajes y viáticos en comisión de servicios del Consejo Nacional de la Magistratura»; de acuerdo al siguiente detalle: Guido César Aguila Grados Viáticos 01 un día : $ 370.00

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan viaje de profesionales de la Procuraduría Pública a El Salvador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 427-2016-CG Lima, 26 de setiembre de 2016 VISTOS; el Oficio CER 14/2016 suscrito por el Presidente del Tribunal de Cuentas de la República Oriental del Uruguay, en su calidad de Presidente del Comité Especial de Revisión de la Carta Constitutiva y su Reglamento (CER) de la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS) y la Hoja Informativa N° 00045-2016-CG/ CT del Departamento de Cooperación Técnica; CONSIDERANDO: Que, conforme se da cuenta en los documentos de Vistos, el Presidente del Tribunal de Cuentas de la República Oriental del Uruguay, en su calidad de Presidente del CER de la OLACEFS, invita a las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS) miembros de la OLACEFS, a participar en el Seminario Regional "Control judicial de las decisiones de las EFS", a realizarse el 29 y 30 de setiembre de 2016, en la ciudad de San Salvador, El Salvador; Que, la Contraloría General de la República del Perú es miembro de la OLACEFS, organismo internacional especializado y de carácter técnico que tiene como objetivo fomentar el desarrollo y perfeccionamiento de las Entidades Fiscalizadoras Superiores de los países de la región en materia de control gubernamental, para cuyo cumplimiento cuenta con órganos técnicos dedicados al desarrollo de temas y asuntos específicos, tales como el CER, presidido por el Tribunal de Cuentas de la República Oriental del Uruguay, que es un órgano administrativo de carácter permanente, asesor de la organización regional en materia legal y normativa; Que, en el marco del Plan Operativo Anual del CER se tiene previsto realizar el citado Seminario Regional, cuyo objetivo es compartir las principales experiencias en materia de fiscalización por las EFS miembros, atendiendo aquellas que cuentan con facultades jurisdiccionales, para obtener conclusiones y recomendaciones que colaboren con el mejoramiento de la actuación de las EFS de la región; Que, los alcances del evento están relacionados con el rol que corresponde a la Procuraduría Pública, órgano que ejerce la representación y defensa jurídica de este Organismo Superior de Control a nivel nacional en sede fiscal, judicial militar, arbitral, órganos administrativos, entre otros, en los que actúe como demandante, demandada, denunciante o parte civil, en las materias que conciernen a la Contraloría General o que sean derivadas de los informes resultantes de los servicios de control; Que, la participación de la Contraloría General de la República en el mencionado evento, constituye un espacio de intercambio de experiencias que permitirá enriquecer el debate técnico y tomar conocimiento de las mejores prácticas internacionales en materias vinculadas a la labor de control de las EFS de la región; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los fines institucionales autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de los señores Héctor Hildeck Maldonado Montalvo y Víctor Marcial Araujo Cano, profesionales de la Procuraduría Pública, para participar en el Seminario Regional "Control judicial de las decisiones de las EFS"; Que, los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán financiados con los recursos del Pliego: 019 Contraloría General, conforme a lo señalado por la Gerencia Central de Administración; En uso de las atribuciones conferidas por

Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Consejo Nacional de la Magistratura, Meta 0003. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas del Consejo Nacional de la Magistratura la publicación y cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUIDO AGUILA GRADOS Presidente 1433145-1

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