Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2017 (02/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Domingo 2 de abril de 2017 /

El Peruano

Nacional de Inversión Pública, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, deporte y ambiente, incluyendo su mantenimiento, en el ámbito de sus competencias, mediante los procedimientos establecidos en la Ley N° 29230; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0040-2016-MINAGRI, de fecha 08 de febrero de 2016, se priorizó el Listado de Proyectos para ser financiados y ejecutados en el marco del artículo 17 de la Ley N° 30264, modificado por el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1238, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 409-2015-EF, en adelante el Reglamento, el cual contiene proyectos que se encuentran en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y cuentan con declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública; los mismos que se indican a continuación:
NOMBRE DEL PROYECTO MEJORAMIENTO DEL CANAL DE RIEGO QUIA, DISTRITO DE HUAYLLAPAMPA RECUAY - ANCASH MEJORAMIENTO DEL CANAL DE RIEGO CHIHUIP BAJO SECTOR YUMPE, DISTRITO DE HUAYLLACAYÁN BOLOGNESI - ANCASH MEJORAMIENTO DEL CANAL DE RINRIN PAMPA, DISTRITO DE PAMPAS CHICO RECUAY - ANCASH TOTAL CÓDIGO SNIP 251666 INVERSIÓN (S/) 1 379 424,74

estos fueron declarados desiertos, debiéndose precisar que las Bases de tales procesos se aprobaron mediante la Resolución Ministerial N° 0581-2016-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 02 de diciembre de 2016; Que, conforme a lo establecido en el artículo 32 del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo 0362017-EF, y en el entendido que los procesos: Proceso de Selección N° 003-2016-CEOXI-MINAGRI y el Proceso de Selección N° 005-2016-CEOXI-MINAGRI fueron declarados desiertos, resulta pertinente convocar los nuevos procesos de selección, a fin de contratar a las empresas privadas supervisoras para los siguientes proyectos: - "MEJORAMIENTO DEL CANAL DE RIEGO QUIA, DISTRITO DE HUAYLLAPAMPA - RECUAY - ANCASH", Código SNIP 251666. - "MEJORAMIENTO DEL CANAL DE RIEGO CHIHUIP BAJO, SECTOR YUMPE, DISTRITO DE HUAYLLACAYÁN - BOLOGNESI - ANCASH", Código SNIP 241542. De conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR las Bases del proceso de selección de la Empresa Privada Supervisora, responsable de la supervisión de los proyectos que se detallan a continuación, cuyo monto referencial total asciende a la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA 61/100 SOLES (S/ 3 878 250,61), conforme se detalla a continuación:
NOMBRE DEL PROYECTO MEJORAMIENTO DEL CANAL DE RIEGO QUIA, DISTRITO DE HUAYLLAPAMPA ­ RECUAY ­ ANCASH MEJORAMIENTO DEL CANAL DE RIEGO CHIHUIP BAJO SECTOR YUMPE, DISTRITO DE HUAYLLACAYÁN BOLOGNESI - ANCASH TOTAL CÓDIGO SNIP 251666 INVERSIÓN (S/) 1 379 424,74

241542

2 498 825,87

264468

2 419 190,25 6 297 440,86

Que, de conformidad con el artículo 5 de la Ley N° 29230, modificado en su último párrafo por el artículo 8 de la Ley N° 30056, Ley que modifica diversas Leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, los procesos de selección a que se refiere la parte final del referido artículo modificado se regirán por lo establecido en el Reglamento de la Ley N° 29230; asimismo, le son de aplicación los principios de moralidad, libre concurrencia y competencia, imparcialidad, eficiencia, transparencia, economía, vigencia tecnológica y trato justo e igualitario; Que, con fecha 01 de marzo de 2017 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 036-2017-EF, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del artículo 17 de la Ley N° 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, cuya Única Disposición Complementaria Derogatoria derogó el Decreto Supremo N° 409-2015-EF, siendo de aplicación al caso de autos, en consecuencia, lo establecido por la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento aprobado por el novísimo Decreto Supremo N° 036-2017-EF, vigente a partir del 02 de marzo de 2017, día siguiente de su publicación en el referido Diario Oficial; Que, de acuerdo con el documento denominado "Acta de Aprobación de Bases para llevar a cabo los procesos de selección de la(s) empresa(s) privada(s) Supervisora(s) para los proyectos de inversión pública priorizados mediante Resolución Ministerial N° 0040-2016-MINAGRI - Mecanismo de Obras por Impuestos", de fecha 16 de marzo de 2017, el Comité Especial reconformado por la Resolución Ministerial N° 0507-2016-MINAGRI, de fecha 30 de setiembre de 2016, en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 25 del novísimo Reglamento, concordante con el segundo párrafo de su Segunda Disposición Complementaria Transitoria, ha cumplido con adecuar las Bases, que incluye el calendario de los nuevos procesos de selección de la empresa privada supervisora; Que, como consecuencia del desarrollo del Proceso de Selección N° 003-2016-CEOXI-MINAGRI y del Proceso de Selección N° 005-2016-CEOXI-MINAGRI,

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2 498 825,87 3 878 250,61

Artículo 2.- REMITIR al Comité Especial reconformado por la Resolución Ministerial N° 0507-2016-MINAGRI, las Bases aprobadas mediante el artículo 1 de la presente Resolución, y la documentación íntegra que la sustenta, a efectos que proceda con la convocatoria y desarrollo del respectivo proceso de selección, de conformidad a las disposiciones de la Ley N° 29230, su Reglamento y normas complementarias. Artículo 3.- PUBLICAR la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, y en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www. minagri.gob.pe), el mismo día de su publicación en el referido Diario Oficial, y en el Portal Institucional de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; así como registrar las Bases aprobadas por el artículo 1, precedente, con todos sus anexos, en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1504423-6

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