Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2017 (05/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Miércoles 5 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo Segundo.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional proceder de acuerdo a sus atribuciones y a Ley, formalizando la transferencia financiera prevista en el artículo precedente, con sujeción a lo establecido por la normativa presupuestal prevista. Artículo Tercero.- RECOMENDAR al Ejecutivo Regional a fin de que los recursos transferidos sean destinados única y exclusivamente para los fines solicitados. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Dado en el Gobierno Regional de Junín a los, ocho días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SONIA TORRE ENERO Consejera Delegada 1505114-1

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Ordenanza que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Energía y Minas
ORDENANZA REGIONAL Nº 385-2017/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en el artículo 38º establece que es competencia del Consejo Regional aprobar ordenanzas regionales las cuales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional, y reglamentan materias de su competencia; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 375-2017/ GRP-CR, de fecha 11 de enero de 2017, se aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional Piura; Que, mediante Memorándum Nº 083-2017/GRP420030-DR, de fecha 09 de febrero de 2017, la Dirección Regional de Energía y Minas solicitó a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, actualizar el CAP Provisional para que sea concordante con la estructura orgánica vigente y modificada con la Ordenanza Regional antes señalada;

Que, mediante Informe Nº 021-2017/GRP-410300, de fecha 13 de febrero de 2017, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional del Gobierno Regional Piura remitió a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Energía y Minas, señalando que la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR con Informe Nº 197-2016-SERVIR/GDSRH del 29 de diciembre de 2016, emitió opinión favorable para la continuación del trámite de aprobación del mencionado documento de gestión institucional, el cual conforme a la propuesta cuenta con un total de 17 recursos humanos (03) Cargos Ocupados y (14) Cargos Previstos; Que, mediante Informe Nº 499-2017/GRP-460000, de fecha 24 de febrero de 2017, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica opinó que estando a la modificación de la estructura orgánica de la Dirección Regional de Energía y Minas aprobada con Ordenanza Regional Nº 375-2017/GRP-CR, y a la opinión favorable del SERVIR, se debe continuar con el trámite para la aprobación de la propuesta de CAP Provisional de la Dirección Regional de Energía y Minas; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 05-2017, de fecha 08 de marzo de 2017, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Dirección Regional de Energía y Minas, conforme se detalla en el ANEXO Nº 4-B, ANEXO Nº 4-C y ANEXO Nº 4-D, aprobados mediante Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, y que en anexo adjunto forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Disponer a Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y la Dirección Regional de Energía y Minas, la implementación de la presente Ordenanza Regional, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto todo dispositivo legal que se oponga a la ordenanza aprobada. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los 08 días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. MARÍA CECILIA TORRES CARRIÓN Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los 15 días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. REYNALDO HILBCK GUZMÁN Gobernador Regional 1504993-1

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