Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2017 (05/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Miércoles 5 de abril de 2017 /

El Peruano

Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 018-2015-SUNEDU, de fecha 31 de marzo 2015, se designó a la señora Clara Gisella Maritza Cruzalegui Rangel en el cargo de Jefa de la Unidad de Registro de Grados y Títulos de la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos de la Sunedu; Que, la citada servidora ha presentado renuncia al cargo que venía ejerciendo, por lo que resulta necesario emitir la resolución que la acepte y encargue dichas funciones; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, con efectividad al término del 5 de abril de 2017, la renuncia presentada por la señora Clara Gisella Maritza Cruzalegui Rangel al cargo de Jefa de la Unidad de Registro de Grados y Títulos de la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar, con efectividad a partir del 6 de abril de 2017, a la señora Iris Camacho Salvatierra, Especialista Administrativo I, funciones de Directora de Programa Sectorial II de la Unidad de Registro de Grados y Títulos de la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, en adición a sus funciones. Artículo 3.- Encargar al Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Sunedu, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Judicial, que debido a las intensas lluvias, inundaciones y tormentas eléctricas, originadas por el fenómeno del "Niño Costero"; así como la alerta emitida por el Centro de Operaciones de Emergencia Regional de Piura (COER), sobre el incremento del caudal del río Piura que ocasionaría desbordes en la ciudad, y la suspensión del tránsito en los puentes que unen a la ciudad de Piura en diversos puntos, su despacho en coordinación con la Gerencia de Administración Distrital, a fin de no poner en riesgo la integridad física de los señores jueces y del personal jurisdiccional y administrativo, dictó acciones inmediatas para evitar el ingreso de agua en las diferentes sedes judiciales; así como medidas de seguridad para evitar daños mayores a la infraestructura de algunos locales judiciales. En tal sentido, dispuso la suspensión de labores en el Distrito Judicial de Sullana, mediante las siguientes resoluciones: a) Resolución Administrativa Nº 102-2017-P-CSJSU/ PJ, por los días 22 y 23 de marzo del año en curso. b) Resolución Administrativa Nº 105-2017-P-CSJSU/ PJ, por los días 27 y 28 de marzo del presente año. c) Resolución Administrativa Nº 115-2017-P-CSJSU/ PJ, por el día 29 del mismo mes y año; y d) Resolución Administrativa Nº 116-2017-P-CSJSU/ PJ, por los días 30 y 31 de los corrientes. Segundo. Que, conforme a lo señalado precedentemente, y teniendo en cuenta la gravedad de los hechos descritos, ocasionados por embates de la naturaleza, y en aras de salvaguardar la integridad física y seguridad de jueces y trabajadores; así como la documentación e infraestructura institucional, se encuentra plenamente justificada la suspensión de las labores en el Distrito Judicial de Sullana; debiendo procederse a la respectiva reprogramación de las diligencias a fin de no afectar a los justiciables; y a la recuperación de las horas dejadas de laborar. En consecuencia; el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno del Consejo Ejecutivo, RESUELVE:

LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Superintendente 1505558-1

PODER JUDICIAL

Artículo Primero.- Aprobar, en vía de regularización, la suspensión del despacho judicial y las labores en los órganos jurisdiccionales y dependencias administrativas de la Corte Superior de Justicia de Sullana, por razones de seguridad: a) Por los días 22 y 23 de los corrientes, establecido por Resolución Administrativa Nº 102-2017-P-CSJSU/PJ. b) Del 27 al 31 de marzo del presente año, establecidas mediante Resoluciones Administrativas Nros. 105, 115 y 116-2017-P-CSJSU/PJ, respectivamente, emitidas por la Presidencia de la referida Corte Superior. Para efectos procesales, los mencionados días se considerarán inhábiles. Artículo Segundo.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Sullana y a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución; así como para el mantenimiento del servicio de justicia en los ámbitos en los que por su naturaleza éste resulta de atención inmediata. Artículo Tercero.- Disponer que los órganos jurisdiccionales que suspendieron sus respectivos despachos judiciales, procedan a reprogramar las diligencias que se frustraron para la fecha más próxima. Asimismo, la presidencia de la citada Corte Superior dispondrá la recuperación de las horas dejadas de laborar. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Fiscalía de la Nación, Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban suspensión del despacho judicial y labores en órganos jurisdiccionales y dependencias administrativas de la Corte Superior de Justicia de Sullana, en vía de regularización
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 039-2017-P-CE-PJ Lima, 31 de marzo de 2017 VISTOS: Los Oficios Nros. 966, 986, 990 y 994-2017-P-CSJSUPJ, cursados por el señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana, relacionado a la suspensión de labores por las intensas lluvias e inundaciones. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana informa al Consejo Ejecutivo del Poder

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