Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2017 (09/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Domingo 9 de abril de 2017 /

El Peruano

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del Pliego Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO N° 099-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 026: Ministerio de Defensa; Que, el Decreto Legislativo Nº 1132 aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, la cual tiene como propósito regular y ordenar el pago de las remuneraciones, bonificaciones y beneficios del personal militar y policial, estableciendo una única y nueva escala de ingresos que considera el alto riesgo en el desarrollo de sus labores, el trabajo efectivo y la responsabilidad de sus funciones; Que, el artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1132 establece, entre otros, que la remuneración base para la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) se obtendrá considerando la remuneración consolidada percibida al cese, la Unidad de Ingreso del Sector Público (UISP) vigente en dicha oportunidad y los años de servicio reconocidos; Que, mediante el Oficio N° 164-2017-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales, a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, para financiar en el presente año, el costo de la Compensación por Tiempo de Servicios del personal militar, entre otro, en situación de retiro de la Marina de Guerra del Perú y de la Fuerza Aérea del Perú; Que, en base a lo registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y la información remitida por el Ministerio de Defensa, el costo de la Compensación por Tiempo de Servicios al mes de febrero de 2017, del personal militar en situación de retiro, mencionado en el considerando precedente, asciende a la suma de QUINCE MILLONES CIENTO OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 15 108 788,00); Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de QUINCE MILLONES CIENTO OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 15 108 788,00), a favor del pliego Ministerio de Defensa, para financiar el requerimiento señalado en los considerandos precedentes; teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fiscal del referido pliego; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017,

hasta por la suma de QUINCE MILLONES CIENTO OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 15 108 788,00), a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, destinado a financiar el costo de la Compensación por Tiempo de Servicios al mes de febrero de 2017, del personal militar en situación de retiro, de la Marina de Guerra del Perú y de la Fuerza Aérea del Perú, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público 1 : Recursos Ordinarios 15 108 788,00 ------------------15 108 788,00 ===========

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA:

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 14 722 550,00 Subtotal UE 004 14 722 550,00 ------------------En Soles UNIDAD EJECUTORA005 : Fuerza Aérea del Perú GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales Subtotal UE 005 TOTAL PLIEGO 026 TOTAL EGRESOS 386 238,00 ---------------386 238,00 --------------15 108 788,00 =========== 15 108 788,00 ===========

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refiere en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección

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