Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2017 (09/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Domingo 9 de abril de 2017 /

El Peruano

MTC/25, remite al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL (en adelante, PROVIAS NACIONAL), entre otros, los Informes Técnicos de Tasación de las áreas de los inmuebles con Códigos PAS-TC07-NMOC-029, PAS-TC07-NMOC-034 y PAS-TC07-NMOC-036, en el que se determinan los valores de las tasaciones correspondientes a las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: Autopista del Sol, Sub tramo Trujillo ­ Chiclayo (en adelante, la Obra); Que, la Unidad Gerencial de Derecho de Vía de PROVIAS NACIONAL, mediante Memorándum N° 13562017-MTC/20.15, hace suyo el Informe Nº 014-2017-MTC/ GYRD, que cuenta con la aprobación de la Jefatura de Liberación de Derecho de Vía de Obras Concesionadas, a través del cual señala que: i) el presente procedimiento es uno de adecuación y cumple con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 1330; ii) ha identificado a los Sujetos Pasivos y las áreas de los inmuebles afectados por la Obra; iii) los Sujetos Pasivos tienen su derecho de propiedad inscrito en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ­ SUNARP; iv) los Sujetos Pasivos efectuaron la entrega anticipada de la posesión de las áreas de los inmuebles afectados por la Obra, v) ha determinado los valores totales de las Tasaciones, y vi) los Sujetos Pasivos han aceptado las ofertas de adquisición, por lo que, considera que el procedimiento cuenta con los requisitos para la expedición de la resolución ministerial que apruebe los valores totales de las Tasaciones y los pagos respectivos, precisando que, respecto al predio con código PAS-TC07-NMOC-036, mediante Contrato de promesa de transferencia de propiedad se realizó un pago a cuenta, el mismo que se debe tener en cuenta al momento de efectuar el pago del valor total de la Tasación. Asimismo, adjunta los Certificados de Búsqueda Catastral y los Certificados Registrales Inmobiliarios, expedidos por la SUNARP, así como la Disponibilidad Presupuestal correspondiente; Que, la Oficina de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL, mediante Informe Nº 143-2017-MTC/20.3, concluye que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192 modificado por el Decreto Legislativo N° 1330 y en base a lo opinado por la Unidad Gerencial de Derecho de Vía, resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que apruebe los valores totales de las Tasaciones y los pagos correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192, el Decreto Legislativo N° 1330, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los valores totales de las Tasaciones, que incluyen el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial de las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: Autopista del Sol, Sub Tramo Trujillo ­ Chiclayo, así como los pagos correspondientes, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro del plazo máximo de veinte días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción de los instrumentos de transferencias a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y realice los pagos de los valores totales de las Tasaciones a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que dentro de los cinco días hábiles siguientes de suscritos los Formularios Registrales y efectuados los pagos de los valores totales de las Tasaciones, PROVIAS NACIONAL remita al Registro de Predios de la SUNARP, los Formularios Registrales y copias certificadas de los documentos que acrediten los pagos de los montos de los valores totales de las Tasaciones, a favor de los Sujetos Pasivos. El Registrador Público dentro de los siete días hábiles de

recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO Valores totales de las Tasaciones correspondientes a las áreas de tres (03) inmuebles afectados por la ejecución de la obra: Autopista del Sol, Sub Tramo: Trujillo ­ Chiclayo, ubicados en el distrito de Lagunas, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque.
VALOR VALOR COMERCIAL INCENTIVO VALOR DEL TOTAL DEL DEL 20% PERJUICIO DE LA INMUEBLE DEL VCI ECONÓMICO TASACIÓN (VCI) (S/) (S/) (S/) (S/) 13,624.60 79,386.43 56,990.43 2,724.92 15,877.29 11,398.09 1,100.00 2,400.00 2,200.00 17,449.52 97,663.72 70,588.52



CÓDIGO

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PAS-TC07NMOC-029 PAS-TC07NMOC-034 PAS-TC07NMOC-036

1507334-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 224-2017 MTC/01.02 Lima, 6 de abril de 2017 VISTA: La Nota de Elevación N° 075-2017-MTC/20 de fecha 9 de marzo de 2017, del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1192, que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, modificado por el Decreto Legislativo N° 1330 (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, la Ley en su artículo 12, modificado por el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1330 establece que el valor de la Tasación es fijado por la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; sin embargo, la Quinta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, modificada por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1330, prevé que la Dirección General de Concesiones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones asumirá la competencia para realizar las tasaciones requeridas desde el 05 de enero de 2015

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