Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2017 (13/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Jueves 13 de abril de 2017

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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grupos de trabajo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos ­ OCDE; Que, el citado evento "Annual meeting of the Public Employment and Management Working Party" tiene vinculación con las funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; y, entidad pública encargada, entre otras funciones, de desarrollar y ejecutar la política de Estado respecto del servicio civil; Que, en tal sentido, resulta de interés nacional así como para la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, la participación de la Gerente (e) de Desarrollo de la Gerencia Pública, señorita Ana Milagros Moscoso García; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos en los que incurra la citada participante serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional de la referida entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señorita Ana Milagros Moscoso García, Gerente (e) de Desarrollo de la Gerencia Pública de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, a la ciudad de París, República Francesa, del 22 al 26 de abril de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo del presupuesto de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Ana Milagros Moscoso García Pasajes US$ 2,247.42 Viáticos por día US$ 540 Número de días 3 Total de Total US$ viáticos US$ 1,620.00 3,867.42

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la señorita Ana Milagros Moscoso García deberá presentar ante la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos; y, la rendición de cuentas correspondiente a los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1508867-1

Aprueban ejecución de simulacros y simulaciones en los años 2017 y 2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 095-2017-PCM Lima, 12 de abril de 2017 VISTOS: Los Oficios Nº 1020-2017-INDECI/5.0 y Nº 1305-2017-INDECI/5.0, del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), y el Informe Técnico Nº 026-2017/ INDECI/10.3 de la Dirección de Preparación del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); y,

Que, mediante la Ley N° 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, preparación y atención ante situaciones de desastre, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el artículo 3 de la Ley N° 29664 ­ Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), define a la Gestión del Riesgo de Desastres como un proceso social cuyo fin último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible; Que, el artículo 9 de la Ley N° 29664 ­ Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), establece que el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) está compuesto por: (i) la Presidencia del Consejo de Ministros, que asume la función de ente rector; (ii) el Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres; (iii) el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED); (iv) el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); (v) los gobiernos regionales y gobiernos locales; (vi) el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN); y, (vii) las entidades públicas, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú, las entidades privadas y la sociedad civil; Que, de otro lado, conforme al artículo 13 de la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), concordado con el artículo 8 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), adscrito al Ministerio de Defensa de acuerdo al artículo 1 del Decreto Supremo Nº 002-2016-DE, es el organismo público ejecutor que conforma el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, asimismo, el artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), establece como funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), promover la ejecución de simulacros y simulaciones, efectuando el seguimiento correspondiente y proponer al ente rector las medidas correctivas, así como de otras acciones preparatorias para la respuesta; con la finalidad de anticiparse y responder en forma eficiente y eficaz en caso de desastre en todos los niveles de gobierno y de la sociedad; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 034-2014PCM, se aprobó el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - PLANAGERD 2014-2021, documento que contempla como su Objetivo Estratégico N° 3 "Desarrollar capacidad de respuesta ante emergencias y desastres", el cual cuenta con dos objetivos específicos, siendo uno de ellos, el "Desarrollar capacidad de respuesta inmediata" (Objetivo Específico 3.1); Que, asimismo, entre las acciones que contempla el Objetivo Específico 3.1 del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - PLANAGERD 2014-2021, se tiene la Acción 3.1.2 "Fortalecer capacidades de la población para la respuesta inmediata", que considera como actores para el desarrollo de las capacitaciones y eventos de simulacros que permitan preparar a la población ante situaciones de emergencias en recintos laborales, espacios públicos, instituciones educativas, hogares y demás lugares de concentración de personas, a: (i) las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, (ii) las entidades privadas, (iii) las Universidades, y (iv) las organizaciones sociales;

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