Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2017 (23/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Domingo 23 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Resolución Suprema Nº 026-2016-MC, a los siguientes funcionarios: - Representante Titular Viceministro de Políticas para la Defensa - Representante Alterno Director General de Política y Estrategia Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al Ministerio de Cultura y a los representantes designados en el artículo precedente, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1512174-1

Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Canadá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 445-2017 DE/MGP Lima, 20 de abril de 2017 Vista, la Carta G.500-1705 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 6 de abril de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de la Secretaría de la Tercera Conferencia Ministerial Conjunta del Ministerio de Transporte de Canadá, se ha cursado invitación al Director General de Capitanías y Guardacostas, para participar en la Tercera Conferencia Ministerial Conjunta de los Memorándums de Entendimiento de París y Tokio sobre Supervisión por el Estado Rector del Puerto, a realizarse en la ciudad de Vancouver, Canadá, del 2 al 4 de mayo de 2017; Que, el Boletín Informativo N° 3 de la Tercera Conferencia Ministerial Conjunta de los Memorándums de Entendimiento de París y Tokio sobre Supervisión por el Estado Rector del Puerto, señala que el día 2 de mayo de 2017, como parte de las actividades de la citada Conferencia, se realizará la Segunda Reunión de Alto Nivel (HLM02); asimismo, considera en la Agenda de desarrollo del evento, que el día 1 de mayo de 2017 se realizará el registro para la Segunda Reunión de Alto Nivel (HLM02) y Tercera Conferencia Ministerial Conjunta; Que, en tal sentido, de acuerdo a lo recomendado en el Oficio P.200-0763 del Director General de Capitanías y Guardacostas, de fecha 27 de marzo de 2017, se ha visto por conveniente la participación del Vicealmirante Manuel Santiago VASCONES Morey y del Capitán de Fragata Jesús Antonio MENACHO Piérola; lo que permitirá mantener la presencia activa del país en este tipo de eventos internacionales, relacionados con la promoción de la seguridad marítima, protección del medio marino y salvaguarda de las condiciones laborales y de vida a bordo de los buques; Que, de acuerdo con el documento Nº 045-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos (a) y (b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al

exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice en otro continente; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever el registro y participación del personal comisionado durante la totalidad de las actividades programadas, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento; correspondiendo únicamente el pago por concepto de viáticos a UN (1) día adicional a los eventos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Vicealmirante Manuel Santiago VASCONES Morey, CIP. 01717947, DNI. 43310067 y del Capitán de Fragata Jesús Antonio MENACHO Piérola, CIP. 00922134, DNI. 09456572, para que participen en la Tercera Conferencia Ministerial Conjunta de los Memorándums de Entendimiento de París y Tokio sobre Supervisión por el Estado Rector del Puerto y la Segunda Reunión de Alto Nivel (HLM02), a realizarse en la ciudad de Vancouver, Canadá, del 2 al 4 de mayo de 2017; así como, autorizar su salida del país el 30 de abril y su retorno el 5 de mayo de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa­Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima­Vancouver (Canadá)­Lima US$. 1,403.71 x 2 personas US$. 2,807.42 Viáticos: US$. 440.00 x 2 personas x 4 días US$. 3,520.00 -------------------TOTAL A PAGAR: US$. 6,327.42 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1512179-1

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