Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2017 (23/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Domingo 23 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 3.- Abastecimiento de la Pesca de Anchoveta Los establecimientos industriales pesqueros con licencias de funcionamiento para consumo humano directo, bajo responsabilidad, sólo deben recibir los volúmenes del recurso anchoveta a ser destinados exclusivamente para la elaboración de conservas, congelados, curados y otros productos para consumo humano directo que les fuere autorizados, en función a la capacidad instalada y al requerimiento de materia prima que demande su programa de producción, asegurando su adecuada conservación en las pozas de recepción y de almacenamiento. Artículo 4.- Seguimiento de las Capturas y Procesamiento La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Viceministerio de Pesca y Acuicultura, adoptará las medidas de seguimiento, control y vigilancia que sean necesarias para cautelar el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Infracción y Sanciones El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolución Ministerial será sancionado conforme al Decreto Ley Nº 25977­Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2011-PRODUCE y demás disposiciones legales vigentes. Artículo 6.- Difusión y Supervisión Las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de Pesca Industrial, de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Viceministerio de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; así como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales o Gerencias Regionales, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1512176-2

Unidos de América, con el objetivo de revisar el avance en la implementación de los mandatos emanados de las Cumbres previas; Que, del 26 al 28 de abril de 2017, se llevarán a cabo una serie de reuniones con diversos países con la Secretaría de la OEA, con organismos internacionales y con diversos actores sociales, a fin de preparar la VIII Cumbre de las Américas; Que, esta será una ocasión para lograr el apoyo de los diversos actores en el proceso de Cumbres y para que estos tengan la oportunidad de dialogar con las autoridades peruanas sobre las perspectivas de la VIII Cumbre de las Américas; Que, se requiere por tanto una activa participación peruana en el proceso preparatorio hacia la VIII Cumbre; Que, se estima importante la participación de funcionarios de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a fin de dar debido seguimiento diplomático y político del tema; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 1289, del Despacho Viceministerial, de 19 de abril de 2017; y la Memoranda (DGM) N° DGM0286/2017, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 18 de abril de 2017; y (OPR) N° OPR0101/2017, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 20 de abril de 2017, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y sus modificatorias, la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; y, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, para participar del 26 al 28 de abril de 2017, en las reuniones del Grupo de Revisión de la Implementación de Cumbres y actividades conexas señalada en la parte considerativa de la presente resolución: · Embajador en el Servicio Diplomático de la República Antonio Javier Alejandro García Revilla, Director General para Asuntos Multilaterales y Globales y, Coordinador Nacional para el proceso de Cumbres; · Ministro en el Servicio Diplomático de la República Javier Raúl Martín Yépez Verdeguer, Director de Organismos y Política Multilateral, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales y Coordinador Nacional Adjunto para el proceso de Cumbres; y, · Consejera en el Servicio Diplomático de la República Carmen Guadalupe Arias Otárola, Subdirectora de OEA y Asuntos Hemisféricos, de la Dirección de Organismos y Política Multilateral, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137177 Organización de Eventos Internacionales de Alto Nivel, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje aéreo Viáticos clase por día económica US$ US$ 1 256,52 440,00 Total viáticos US$ 1 760,00

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0315/RE-2017 Lima, 21 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2017RE, se declara de interés nacional el ejercicio por la República del Perú de la Presidencia del Proceso de Cumbres de las Américas durante el año 2017, incluyendo la realización de la VIII Cumbre de las Américas; así como sus actividades, reuniones, eventos preparatorios y conexos, que se llevarán a cabo durante los año 2017 y 2018; Que, la VIII Cumbre de las Américas se realizará en la ciudad de Lima, del 13 al 14 de abril del 2018; Que, el 28 de abril de 2017, se llevará a cabo la reunión del Grupo de Revisión de la Implementación de Cumbres, en la ciudad de Washington, D.C, Estados

Nombres y Apellidos Antonio Javier Alejandro García Revilla

N° de días 3+1

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