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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2017 (23/04/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Domingo 23 de abril de 2017 El Peruano / ACTOFecha Máxima de Presentación Primera renovación de carta fi anza 02 de marzo de 2017 Segunda renovación de carta fi anza 02 de marzo de 2018 Tercera renovación de carta fi anza 02 de marzo de 2019 Cuarta renovación de carta fi anza 02 de marzo de 2020 Quinta renovación de carta fi anza 02 de marzo de 2021 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3°.- La empresa “REVISIONES TÉCNICAS PERUANAS S.A.C. – REVITEC S.A.C.”, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTO Fecha Máxima de Presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza07 de febrero de 2018 Segunda renovación o contratación de nueva póliza07 de febrero de 2019 Tercera renovación o contratación de nueva póliza07 de febrero de 2020 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza07 de febrero de 2021 Quinta renovación o contratación de nueva póliza07 de febrero de 2022 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4°.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5°.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”, siendo de cargo de la empresa “REVISIONES TÉCNICAS PERUANAS S.A.C. – REVITEC S.A.C.”, los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General (e)Dirección General de Transporte Terrestre 1501878-1 ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD Designan Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Norte del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 081-2017/SIS Lima, 21 de abril de 2017VISTOS: El Informe Nº 128-2017-SIS-OGAR/OGRH con Proveído Nº 203-2017-SIS/OGAR de la O fi cina General de Administración de Recursos y el Informe N° 19-2017-SIS/OGAJ/LBRG con Proveído Nº 219-2017-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de los funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de con fi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; asimismo, en su artículo 7 se establece que mediante Resolución del Titular de la Entidad que corresponda se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de con fi anza no contemplados en el artículo 1 de la referida norma; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, dispone que el personal establecido en los numerales 1 y 2 e inciso a) del numeral 3 el artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo, precisando que dicho personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal CAP de la Entidad; Que, el artículo 95 del Reglamento Interno de Trabajo del SIS, aprobado por Resolución Jefatural N° 192-2012/SIS y su modi fi catoria, establece que mediante la designación un trabajador desempeña un cargo de dirección o de con fi anza por decisión de la Jefatura del Seguro Integral de Salud–SIS; Que, mediante Resolución Jefatural N° 128-2014/ SIS, de fecha 28 de mayo de 2014, se designa al Médico Cirujano Mario Alberto Cosmópolis Samamé en el cargo de Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Norte del Seguro Integral de Salud – SIS; Que, de acuerdo a las necesidades institucionales, deben realizarse las acciones administrativas destinadas a la designación, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, del Médico Cirujano Antero Raúl Zavaleta Calderón, en el cargo de con fi anza de Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Norte del SIS, a partir del 24 de abril de 2017; Que, mediante el documento de Vistos, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos concluye que resulta viable, en base al análisis de per fi l de puesto del profesional propuesto para asumir dicho cargo, la designación del Médico Cirujano Antero Raúl Zavaleta Calderón, en el cargo de con fi anza de Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Norte del SIS; Con el visto bueno de la Secretaria General, del Director General de la O fi cina General de Administración de Recursos y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo N° 1057, la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Laboral de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modi fi cado por el Decreto Supremo N° 065-2011-PCM, y en concordancia con el numeral 11.9 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, y su modi fi catoria;