Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2017 (27/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Jueves 27 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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económica que se encargará de la ejecución del citado Programa; Que, el SERFOR mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 62-2014-SERFOR-DE del 24 de octubre de 2014, formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 002-1592: Programa de Desarrollo Forestal Sostenible, Inclusivo y Competitivo en la Amazonía Peruana (Programa SERFOR CAF), encargando al Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y al Director General de la Oficina General de Administración del SERFOR, el desarrollo de las acciones necesarias para la implementación de la citada Unidad Ejecutora; Que, a través del literal d) del numeral 15.1 de su artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se autoriza la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras entre entidades para el cumplimiento de compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de la normatividad vigente; Que, el numeral 15.2 del artículo 15 de la citada Ley, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 15.1, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional se realizarán mediante Resolución del Titular del Pliego, requiriéndose informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la misma que deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano; Que, con fecha 18 de abril de 2017, el Programa SERFOR ­ CAF y la Municipalidad Provincial de Satipo suscribieron el convenio de cooperación interinstitucional para la ejecución del Proyecto: "Recuperación del ecosistema degradado de la microcuenca de Marankiari, distrito de Satipo, provincia de Satipo­Junín", el mismo que fue seleccionado en el marco de la II convocatoria 2017 de los Fondos Concursables del Conglomerado de Proyectos del Programa, siendo que para su ejecución se requiere asignarle los recursos necesarios bajo la modalidad de transferencia financiera; Que, mediante Informe N° 072-2017-SERFOR-OGPP del 25 de abril de 2017, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión favorable para realizar la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Satipo hasta por la suma de S/ 884 557,03 (Ochocientos ochenta y cuatro mil quinientos cincuenta y siete con 03/100 Soles) con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2017, para lo cual se emitió la Certificación de Crédito Presupuestal N° 279; Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera hasta por la suma de S/ 884 557,03 (Ochocientos ochenta y cuatro mil quinientos cincuenta y siete con 03/100 Soles) a favor de la Municipalidad Provincial de Satipo, a fin de financiar el Proyecto "Recuperación del ecosistema degradado de la microcuenca de Marankiari, distrito de Satipo, provincia de Satipo­Junín", conforme se detalla a continuación: N° ENTIDAD EJECUTORA NOMBRE DEL TRANSFERENCIA PROYECTO FINANCIERA HASTA S/ Recuperación del ecosistema degradado de la microcuenca 884 557,03 de Marankiari, distrito de Satipo, provincia de Satipo­Junín TOTAL 884 557,03

Artículo 2.- Disponer que la transferencia financiera autorizada en el artículo primero de la presente Resolución, se realizará con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 002-1592: Programa de Desarrollo Forestal Sostenible, Inclusivo y Competitivo en la Amazonía Peruana. Artículo 3.- Precisar que la Municipalidad Provincial de Satipo, bajo responsabilidad, sólo podrá destinar los recursos públicos que se le transfieran, para la ejecución del proyecto descrito en el artículo precedente, quedando prohibida de utilizar dichos recursos a otros proyectos o actividades, conforme a lo establecido en el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1513467-6

Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Inambari, a fin de financiar el Proyecto "Recuperación del ecosistema del bosque húmedo de la Cuenca de Inambari en el ámbito del distrito de Inambari, provincia de Tambopata en la región Madre de Dios"
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 097-2017-SERFOR/DE 25 de abril de 2017 VISTO: El Oficio N° 0174-2017-SERFOR CAF-DE, de fecha 25 de abril de 2017, El Informe N° 010-2017-SERFOR-CAFFONDO CONCURSABLE, de fecha 24 de abril de 2017, emitido por la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora 002-1592: Programa de Desarrollo Forestal Sostenible, Inclusivo y Competitivo en la Amazonía Peruana, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 231-2012-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y la Corporación Andina de Fomento ­ CAF, hasta por la suma de US$ 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Desarrollo Forestal Sostenible, Inclusivo y Competitivo en la Amazonía Peruana"; Que, consecuentemente, se suscribió el Contrato de Préstamo entre las partes, a través del cual la CAF se comprometió a otorgar a título de préstamos de interés, el monto indicado en el párrafo precedente, ello con el objeto que el Organismo ejecutor financie únicamente el citado Programa de acuerdo a los términos y condiciones estipulados; Que, dicho Contrato de Préstamo dispuso además, que el Organismo Ejecutor de las actividades contempladas en dicho instrumento, será el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-SERFOR, el cual opera a través de una unidad con autonomía financiera, administrativa y económica que se encargará de la ejecución del citado Programa; Que, el SERFOR mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 62-2014-SERFOR-DE del 24 de octubre de 2014, formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 002-1592: Programa de Desarrollo Forestal Sostenible, Inclusivo y Competitivo en la Amazonía Peruana (Programa SERFOR CAF), encargando al Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y al Director General de la Oficina General de Administración

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Municipalidad Provincial de Satipo

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