Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2017 (28/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Viernes 28 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 5.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1514360-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Accomarca, provincia Vilcashuamán, región Ayacucho, para la construcción de tumbas para las víctimas de la violencia política
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0093-2017-JUS Lima, 26 de abril de 2017 VISTOS: El Oficio Nº 698-2017-JUS/-CMAN-ST, de la Secretaria Técnica de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel, encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional ­ CMAN; el Oficio N° 878-2017-JUS/OGPP-OPRE de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 459-2017JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28592, se estableció el Marco Normativo del Plan Integral de Reparaciones PIR para las víctimas de la violencia ocurrida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación; Que, la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones ­ PIR, establece como uno de sus componentes al Programa de Reparaciones Simbólicas; Que el artículo 31 del Decreto Supremo N° 015-2006JUS que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28592, el Programa de Reparaciones Simbólicas establece como beneficiarios del programa, tanto a las víctimas individuales del proceso de violencia, como a los beneficiarios colectivos; Que, a su vez el artículo 30 del mencionado Reglamento, el Programa de Reparaciones Simbólicas tiene por objetivo contribuir a restaurar el lazo social quebrado, por el proceso de violencia, entre el Estado y las personas y entre las personas mismas, a través del reconocimiento público del daño que les infligió la acción de los grupos subversivos y la acción u omisión del Estado, en la búsqueda de favorecer la reconciliación nacional del conjunto de la sociedad peruana hacia las víctimas; Que, con Decreto Supremo Nº 102-2011-PCM, se adscribe la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional ­ CMAN al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el inciso iii, literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza de manera excepcional transferencias financieras, entre otras, para atender la operatividad del Plan Integral de Reparaciones ­ PIR, las mismas que se realizan mediante resolución del titular del pliego y se publican en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, la Secretaría Técnica de la CMAN con Oficio N 698-2017-JUS/CMAN-ST adjunta el Informe N° 3442017-CMAN mediante el cual emite opinión favorable

y solicita se expida la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia financiera para el Convenio de Transferencia Financiera celebrado entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Municipalidad Distrital de Accomarca para la construcción de tumbas para las víctimas de la violencia política; Que, con el Oficio N° 878-2017-JUS/OGPP-OPRE, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable para atender lo solicitado por la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las Acciones y Políticas del Estado, en los Ámbitos de la Paz, la reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional ­ CMAN, por el monto de S/ 22 490,00 (Veintidós Mil Cuatrocientos Noventa con 00/100 Soles); Con el visado de la Secretaría Técnica de la CMAN, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo N° 372-2016EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego: 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/ 22 490,00 (Veintidós Mil Cuatrocientos Noventa con 00/100 Soles) a favor de la Municipalidad Distrital de Accomarca, provincia Vilcashuamán, región Ayacucho, para la construcción de tumbas para las víctimas de la violencia política. Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la fuente de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora: 001 Oficina General de Administración; Función: 23 Protección Social, División Funcional: 051 Asistencia Social, Grupo Funcional: 0114 Desarrollo de Capacidades Sociales y Económicas, Actividad: 5001154 Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista y Violación de los Derechos Humanos, Meta: 051 Seguimiento de la Política Nacional de Paz Reparación Colectiva y Reconciliación Nacional, específicas del gasto 2.4. 1 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local ­ Gastos Corrientes: S/ 22 490,000 ((Veintidós Mil Cuatrocientos Noventa con 00/100 Soles). Artículo 3.- La transferencia financiera se efectuará conforme al cronograma de desembolsos, términos y obligaciones establecidos en el Convenio suscrito por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con la Municipalidad Distrital de Accomarca. Asimismo, estos recursos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- En el marco de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, la Municipalidad Distrital de Accomarca publicará el resultado de las acciones y el detalle de gastos de los recursos transferidos en su Portal Institucional sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Si el Gobierno Local no cuenta con portal institucional publicará la información señalada en el párrafo precedente en un diario de mayor circulación o en un lugar visible de la entidad dentro del plazo establecido. Artículo 5.- La Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional - CMAN, se encargará de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecución del Convenio referido en el artículo 3 de la presente Resolución, así como del seguimiento y

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