Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2017 (28/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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DEBE DECIR:

NORMAS LEGALES

Viernes 28 de abril de 2017 /

El Peruano

"Artículo 4.- La presente resolución ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación." 1513291-1

ENERGIA Y MINAS
Designan a la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto como órgano encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Energía y Minas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 151-2017-MEM/DM Lima, 25 de abril de 2017 VISTO: El Informe N° 038-2017-MEM-OGP/DIR, de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el párrafo 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1252 señala que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el párrafo 5.4 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1252 establece que las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local tienen a su cargo la fase de Programación Multianual del Ciclo de Inversiones; verifican que la inversión se enmarque en el Programa Multianual de Inversiones; realizan el seguimiento de las metas e indicadores previstos en el Programa Multianual de Inversiones y monitorean el avance de la ejecución de los proyectos de inversión; Que, el artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2017-EF, establece que el Órgano Resolutivo del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector; y, le corresponde, entre otros aspectos, designar al órgano que realice las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, así como al Responsable de dicha Oficina, siempre que cumpla con el perfil profesional establecido por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; Que, mediante el Anexo N° 01 de la Directiva N° 0012017-EF/63.01 "Directiva para la Programación Multianual en el marco del Sistema Nacional de Programación

Multianual y Gestión de Inversiones", aprobada por Resolución Directoral N° 001-2017-EF/63.01, se establece el perfil profesional del responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 39, 41, 42 y 43 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento encargado de conducir, coordinar, supervisar y evaluar los procesos de planeamiento, presupuesto, programación de inversiones, racionalización, coordinación regional y cooperación internacional de la institución; y, se encuentra constituida, entre otras, por la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Cooperación Internacional, la cual tiene entre sus funciones dirigir, coordinar y supervisar los procesos de programación, priorización y/o evaluación de los estudios y proyectos de inversión sectorial, de acuerdo a la normatividad vigente; Que, mediante el Informe de Visto, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto sustenta y recomienda designar a la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto como órgano encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; y, al señor Heráclito Martínez Alvarado como responsable de dicha Oficina de Programación, quien cumple con el perfil profesional establecido por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; Que, a fin de cumplir con la normativa citada resulta necesario designar al órgano encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Energía y Minas y al responsable de dicha Oficina; De conformidad con el Decreto Legislativo 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; el Reglamento del Decreto Legislativo 1252, aprobado mediante Decreto Supremo N° 027-2017EF; el Decreto Ley N° 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto como órgano encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Energía y Minas, establecidas en el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0272017-EF, así como la normativa complementaria aplicable. Artículo 2.- Designar al señor Heráclito Martínez Alvarado, profesional de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, como responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Energía y Minas. Artículo 3.- Informar a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas las designaciones efectuadas en los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1513476-1

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