Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2017 (12/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Sábado 12 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA

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MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Ordenanza Nº 224-2017/MDP.- Amplían plazo para pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2017 79 Ordenanza Nº 225-2017/MDP.- Fijan Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a deudas tributarias no canceladas y/o recaudadas oportunamente por la Municipalidad 80 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC D.A. Nº 06-2017-MDR.- Aprueban el Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el distrito del Rímac 2017 81

R.A. Nº 349-2017-A-MDLP.Designan funcionaria responsable de remitir ofertas de empleo de la Municipalidad al Programa Red Cil Proempleo 82

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia de la "Enmienda al Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones" 84 Enmienda al Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Bolivia sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones 82 Ministro de Economía y Finanzas, y la Ministra de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aceptan renuncia de miembro del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 123-2017-PCM Lima, 11 de agosto de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 9 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, señala que los Organismos Reguladores cuentan con un Tribunal de Solución de Controversias como última instancia administrativa, conformado por cinco miembros designados por resolución suprema; Que, mediante Resolución Suprema N° 248-2016PCM se designó al señor José Carlos Velarde Sacio, como miembro del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería­OSINERGMIN, a propuesta del Ministerio de Energía y Minas; Que, el numeral 9.3 del artículo 9 de la Ley N° 27332, dispone, entre otros, que lo normado en el numeral 6.6 del artículo 6 de la Ley N° 27332 es aplicable para los miembros del Tribunal de Solución de Controversias; Que, en este contexto, se observa que la renuncia aceptada constituye una causal de vacancia al cargo del miembro del Tribunal de Solución de Controversias; Que, el señor José Carlos Velarde Sacio ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta pertinente aceptarla; y, De conformidad con la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor José Carlos Velarde Sacio como miembro del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería- OSINERGMIN, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas CAYETANA ALJOVIN GAZZANI Ministra de Energía y Minas 1553969-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Disponen el retiro de los numerales 7.2.a. y 7.10. del Art. 1° de la R.D. N° 0032-2016-MINAGRISENASA-DSV, que establece requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de plantas de fresa de origen y procedencia Chile
RESOLUCIÓN DIRECTORAL 0027-2017-MINAGRI-SENASA-DSV 04 de agosto de 2017 VISTO: El Informe Nº 0016-2017-MINAGRI-SENASA-DSVSCV-VGUTARRA de fecha 13 de julio de 2017, el cual propone el retiro de los numerales 7.2.a y 7.10 del Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 0032-2016-MINAGRISENASA-DSV de plantas de fresa (Fragaria x ananassa) de origen y procedencia Chile, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 ­ Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria­SENASA publicará los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificarán a la Organización Mundial del Comercio; Que, el artículo 38° del Decreto Supremo N° 032-2003AG ­ Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que

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