Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2017 (12/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Sábado 12 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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de nogal (Juglans spp.), estacas enraizadas de cerezo (Prunus cerasus), estacas enraizadas de cerezo var. Colt (Prunus avium x Prunus pseudocerasus), estacas enraizadas de cerezo var. Maxma Delbard (Prunus avium x Prunus mahaleb), plantas de almendro (Prunus dulcis), plantas de arándano (Vaccinium corymbosum) de origen y procedencia Chile de la siguiente manera: 1.1. Modifíquese el numeral 2.2.1. de la Resolución Directoral N° 0062-2014-MINAGRI-SENASA-DSV que establece requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de varas yemeras de cerezo (Prunus avium) de origen y procedencia Chile , el que queda redactado de la siguiente manera: "(...) 2.2. Tratamiento pre embarque con: 2.2.1. Metoxyfenozide 0.7 + clorpirifos 0.85 en aspersión y thiabendazole 1.3 + thiram 2 en aspersión con alto volumen de la mezcla o 2.2.2. Cualesquiera otros productos de acción equivalente (...)" 1.2. Modifíquese el numeral 2.2.1. de las siguientes resoluciones: Resolución Directoral N° 0005-2015-MINAGRI-SENASA-DSV establece requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de plantas de nogal (Juglans spp.) de origen y procedencia Chile; Resolución Directoral N° 0017-2015-MINAGRI-SENASA-DSV que establece requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de estacas enraizadas de cerezo (Prunus cerasus) de origen y procedencia Chile; Resolución Directoral N° 0018-2015-MINAGRISENASA-DSV que establece requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de estacas enraizadas de cerezo var. Colt (Prunus avium x Prunus pseudocerasus) y estacas enraizadas de cerezo var. Maxma Delbard (Prunus avium x Prunus mahaleb) de origen y procedencia Chile; Resolución Directoral N° 0031-2016-MINAGRI-SENASA-DSV que actualiza requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de plantas de arándano (Vaccinium

corymbosum) de origen y procedencia Chile, el que queda redactado de la siguiente manera: "(...) 2.2. Tratamiento pre embarque con: 2.2.1. Abamectina 0.018 + clorpirifos 0.85 en aspersión y thiabendazole 1.3 + thiram 2 en aspersión con alto volumen de la mezcla o 2.2.2. Cualesquiera otros productos de acción equivalente (...)" 1.3. Modifíquese el literal A.1.2.1. de la Resolución Directoral N° 0028-2016-MINAGRI-SENASA-DSV que establece requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de plantas de almendro (Prunus dulcis) de origen y procedencia Chile, el que queda redactado de la siguiente manera: "(...) A.1.2. Tratamiento pre embarque con: A.1.2.1. abamectina 0.018 + clorpirifos 0.85 en aspersión y thiabendazole 1.3 + thiram 2 en aspersión con alto volumen de la mezcla o A.1.2.2. Cualesquiera otros productos de acción equivalente (...)" Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO RAFAEL GUILLÉN ENCINAS Director General (e) Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1552667-2

Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de varas yemeras de mango de origen y procedencia Israel
RESOLUCIÓN DIRECTORAL 0029-2017-MINAGRI-SENASA-DSV 4 de agosto de 2017

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