Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2017 (01/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de diciembre de 2017 /

El Peruano

AGRICULTURA Y RIEGO
Designan Directora de la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 295-2017-SERFOR/DE Lima, 30 de noviembre de 2017 VISTO: El Informe N° 674-2017-SERFOR-OGA/ORH de fecha 27 de noviembre de 2017, de la Oficina de Recursos Humanos; y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, siendo considerado como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, establece que dicha entidad cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 114-2014-SERFOR/DE del 31 de diciembre del 2014, se designó al señor Álvaro José Anicama Gonzales en el cargo de Director de la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre; Que, mediante el Informe del Visto, la Oficina de Recursos Humanos indica que la Alta Dirección ha recomendado dar por concluida la designación antes indicada y opina

favorablemente sobre la designación de la señora Edith Varinia Phumpiu Cuba en el cargo de Directora de la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre; Con el visado del Secretario General y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante el Decreto Supremo 007-2013-MINAGRI, y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir del 01 de diciembre de 2017, la designación del señor Álvaro José Anicama Gonzales en el cargo de Director de la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 01 de diciembre de 2017, a la señora Edith Varinia Phumpiu Cuba en el cargo de Directora de la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, cargo considerado de confianza. Artículo 3.- Notificar a las personas mencionadas en la presente Resolución y a la Oficina de Recursos Humanos, para los fines pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre: www.serfor.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1592546-1

FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 017-2017-MINAGRI Mediante Oficio Nº 1722-2017-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 017-2017-MINAGRI, publicado en la edición del día 23 de noviembre de 2017. En el Artículo 6; DICE: (...) 6.2 Para el caso de acuíferos no contemplados en el cuadro anterior, se asigna un valor de retribución económica teniendo en cuenta el ámbito de la Administración Local de Agua en el que se ubican, conforme al siguiente cuadro: (...) DEBE DECIR: (...) 6.2 Para el caso de acuíferos no contemplados en el cuadro anterior, se asigna un valor de retribución económica teniendo en cuenta el ámbito de la Administración Local de Agua en el que se ubican, conforme al siguiente cuadro:
Estado de Acuífero Uso Administración Local del Agua Agrario Poblacional Industrial* S/ / m3 Alto Amazonas, Alto Huallaga, Bagua-Santiago, Camaná- Majes, Chinchipe-Chamaya, Chira, Colca-Siguas-Chivay, Huallaga Central, Crisnejas, Huamachuco, Iquitos, Pucallpa, San Lorenzo, Tambo - Alto Tambo, Tarapoto, Ocoña, Utcubamba, Santiago de Chuco, Pomabamba, Alto Marañón, Tingo María, Atalaya, Perené, Tarma, Pasco, Huancavelica, Ayacucho, Bajo Apurimac - Pampas, Medio Apurimac-Pachachaca, Sicuani, Tahuamanu - Madre de Dios, Tambopata - Inambari, Ramis, Huancané e Ilave. Alto Apurimac-Valille, Alto Mayo, Cajamarca, Chotano, Llaucano, Cusco, Huaraz, Huari, Jequetepeque (cuenca alta), Juliaca, La Convención, Las Yangas-Suite y Mantaro Minero Otros usos**

Sub Explotado

0.0011

0.0048

0.0766

0.0983

0.0319

En Equilibrio

0.0022

0.0196

0.1530

0.1967

0.0638

* Valores aplicables por el uso de agua en centrales termoeléctricas ** Valores aplicables por el uso de agua en ejecución de estudios y obras de los sectores productivos a excepción de energético y minero. Para uso de agua en actividades de limpieza y mantenimiento de vías públicas, bebederos, edificios públicos, tiendas, bares, restaurantes, hoteles, estaciones de servicio y otros.

1592864-1

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