Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2017 (02/12/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 2 de diciembre de 2017
Pliego 518: Universidad Nacional Agraria La Molina

NORMAS LEGALES

7
41,783.00 41,783.00

Unidad Ejecutora 001- 96: Universidad Nacional Agraria La Molina 6 Universidad Nacional Agraria La Molina Mejorando las competencias productivas y de extensión en la cadena de lácteos en sistemas de pastoreo, de familias ganaderas lideres con enfoque de buenas 11 prácticas ganaderas y el uso de tecnologías limpias en las provincias de Jauja y Concepción - región Junín

Pliego 516: Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga Unidad Ejecutora 001- 031: Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga 7 Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga Formación de especialistas en gestión productiva en bovinos y especialistas en 12 salud animal en el departamento de Ayacucho. TOTAL: 41,202.00 41,202.00 388,776.00

1592937-1

Modifican Anexo N° 01 de la R.J. N° 0572017-INIA, que autorizó una Transferencia Financiera a favor de diversas Unidades Ejecutoras a fin de financiar la ejecución de proyectos de investigación en el marco del Contrato de Préstamo N° 8331-PE suscrito con el Banco Mundial
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0231-2017-INIA Lima, 29 de noviembre de 2017 VISTOS: El Oficio N° 502-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-DE y el Oficio N° 513-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-D ambos de fecha 14 de noviembre de 2017; el Informe Técnico N° 0015-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-DO/UPPS de fecha 03 de noviembre de 2017; el Oficio N° 044-2017-MINAGRIINIA-PNIA-DO de fecha 23 de noviembre de 2017, emitidos por el Programa Nacional de Innovación Agraria; el Oficio N° 181-2017-MINAGRI-INIA-SG/OPPUPRE de fecha 23 de noviembre de 2017, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Técnico N° 053-2017-MINAGRI-INIA-SG/OPP-UPRE de fecha 28 de noviembre de 2017, emitido por la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30518, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y por Resolución Jefatural N° 0253-2016-INIA, de fecha 30 de diciembre de 2016, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Año Fiscal 2017 ascendente a doscientos treinta millones ciento cuarenta y ocho mil ciento treinta y dos y 00/100 soles (S/ 230 148 132,00), así como los recursos que lo financian por fuente de financiamiento, correspondiente al Pliego 163 Instituto Nacional de Innovación Agraria; Que, por Decreto Supremo N° 354-2013-EF de fecha 27 de diciembre de 2013, se aprobaron las operaciones de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo­BID y con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento ­ BIRF hasta por la suma de cuarenta millones con 00/100 dólares americanos (US$ 40 000 000,00), destinadas a financiar parcialmente el "Programa Nacional de Innovación Agraria­PNIA", a ser ejecutado por el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), a través del Instituto Nacional de Innovación Agraria; Que, en el marco del Contrato de Préstamo N° 8331-PE suscrito con el Banco Mundial de fecha 16 de abril de 2014, se estableció dentro del Componente 2: Consolidación del Mercado para Innovación de Servicios, entre otros, la ejecución de los proyectos de investigación a través de los fondos concursables; Que, mediante Resolución Jefatural N° 01802014-INIA de fecha 27 de junio de 2014, ratificada con

Resolución Ministerial N° 0547-2015-MINAGRI de fecha 3 de noviembre de 2015, se aprobó el Manual de Operaciones del PNIA, y en el numeral 4.11 Siguientes Desembolsos del Capítulo C: Aspectos Financieros, dispuso que los siguientes desembolsos se efectuarán de acuerdo al cronograma respectivo en el Plan Operativo Anual (POA) y una vez aprobado el Informe Técnico Financiero (ITF) del paso crítico anterior. Asimismo, que los recursos financieros aportados por PNIA serán transferidos en cada oportunidad a la cuenta exclusiva que mantendrá la Entidad Ejecutora en una entidad financiera; Que, en el marco de lo establecido en el literal d) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se autoriza en el presente año fiscal la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras entre entidades que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de la normatividad vigente; Que, el numeral 15.2 del artículo 15° de la Ley N° 30518, estableció que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 15.1 de la citada Ley, se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriendo el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. De igual manera, la resolución del titular del pliego se publicará en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, asimismo, el numeral 15.3 del artículo 15° de la precitada Ley, señaló que la entidad pública que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia conforme al presente artículo; Que, mediante Resolución Jefatural N° 057-2017INIA de fecha 28 de marzo de 2017, se autorizó una Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 019: PNIA del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, hasta por la suma de siete millones novecientos cincuenta y nueve mil y 00/100 soles (S/ 7 959 000,00) en la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor de las Unidades Ejecutoras: a) 001-53: Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana del Pliego 055: Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana, b) 001-157: Servicio Nacional de Sanidad Agraria­SENASA del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria, c) 300-939: Región Tumbes-Educación del Pliego 461: Gobierno Regional del Departamento de Tumbes, d) 001-194: Instituto Tecnológico de la Producción ­ ITP del Pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción ­ ITP, e) 001-1375: Universidad Nacional Autónoma de Chota del Pliego 550: Universidad Nacional Autónoma de Chota, f) 001-111: Universidad Nacional de San Martín del Pliego 533: Universidad Nacional de San Martin, g) 001-96: Universidad Nacional Agraria La Molina del Pliego 518: Universidad Nacional Agraria La Molina y h) 001-1031: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza ­ Amazonas del Pliego 541: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza, a fin

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.