Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2017 (09/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Sábado 9 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES GOBIERNOS REGIONALES

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pertinente otorgar la escala de viáticos aprobada por la citada normativa. En consecuencia; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de facultades delegadas mediante Resolución Administrativa Nº 003-2009-CE-PJ, de fecha 9 de enero de 2009. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los siguientes jueces y servidor judicial de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, del 10 al 16 de diciembre del año en curso, para que participen en la pasantía al Consejo de la Judicatura de Quito, República de Ecuador; concediéndoseles licencia con goce de haber por las referidas fechas. Los gastos de pasajes y viáticos serán sufragados con el saldo en el calificador correspondiente a pasajes aéreos y terrestres, de la referida Corte Superior, conforme al detalle que se indica a continuación: · Marco Fernando Cerna Bazán, Presidente de la Corte Superior de Justicia US$ Pasajes aéreos : 450.00 Viáticos : 2,220.00 · Olga Isabel Contreras Arbieto, Jueza Superior integrante de la Primera Sala Penal de Apelaciones US$ Pasajes aéreos : 450.00 Viáticos : 2,220.00 · Tony Solano Pérez, Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria US$ Pasajes aéreos : 450.00 Viáticos : 2,220.00 · David Alberto Marcos Piscoya, Administrador del Módulo Penal del Código Procesal Penal US$ Pasajes aéreos : 450.00 Viáticos : 2,220.00 Artículo Segundo.- Los participantes emitirán informe de manera individual a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dentro de los diez días posteriores a su conclusión sobre: a) Actividades efectuadas durante la capacitación, b) Acciones innovadoras de orden administrativo y jurisdiccional observadas en las dependencias visitadas que superen los usos o estándares establecidos, c) Modelo de despacho judicial aplicado, d) Propuestas para optimizar el despacho judicial a aplicarse en el Distrito Judicial al que pertenecen, teniendo en cuenta lo observado durante la visita de trabajo, de ser el caso, e) Relación de asistentes, y f) Materiales empleados durante las actividades realizadas; y de ser el caso adjuntar la documentación respectiva para la difusión a los señores jueces. Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, jueces y servidores participantes; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1595313-1

GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban el reformulado del "Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Salud Amazonas"
ORDENANZA REGIONAL Nº 403 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional de la Región Amazonas, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional de Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias; en Sesión Ordinaria de fecha 26 de octubre del 2017, ha emitido por unanimidad la presente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, establece y norma la Estructura, Organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales; define la organización democrática, descentralizada y desconcentrada de los Gobiernos Regionales, conforme a la Constitución Política del Estado y a la Ley de Bases de la Descentralización; Que, el literal a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional". Asimismo, el Artículo 38º del mismo cuerpo normativo, señala: "Las Ordenanzas regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenten materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgación." Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es un documento técnico normativo de Gestión Institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientado al esfuerzo institucional y el logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales y compartidas, así como las funciones específicas de los Órganos y Unidades Orgánicas, estableciendo sus atribuciones y responsabilidades en el marco de las normas legales respectivas vigentes. Que, la Dirección Regional de Salud Amazonas, ha reformulado el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), del Sector por cuanto se ha incorporado nuevas funciones y otras se han modificado, a fin de estar acorde a las nuevas disposiciones legales vigentes y los lineamientos de reforma en salud, comprendidos entre otros, en el Decreto Legislativo Nº 1161 de fecha 07 de Diciembre del 2013,mediante la cual se determina y regula el ámbito de su competencia, las funciones y la estructura orgánica del Ministerio de Salud; así como su relación de articulación y coordinación con otras entidades; Decreto legislativo Nº 1153, de fecha 07 de diciembre de 2013, mediante la cual se aprueba disposiciones para el fortalecimiento del Seguro Integral de Salud y Decreto Legislativo Nº 1166, que aprueba a conformación y funcionamiento de las redes integradas de atención primaria de Salud, entre otros, que establecen los lineamientos de la reforma en Salud en el país, a fin de permitir cumplir con las competencias asignadas dentro de la legislación, políticas nacionales y regionales

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