Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2017 (12/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Martes 12 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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materia de la promoción de las exportaciones y turismo, y de representar al país en los foros y organismos internacionales de comercio, turismo, cooperación económica y esquemas de integración, actuando como órgano de enlace entre el Gobierno peruano y los organismos internacionales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia; el Viceministerio de Comercio Exterior participa activamente en las negociaciones que se vienen desarrollando en el marco de la Organización Mundial del Comercio ­ OMC; Que, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 10 al 13 de diciembre de 2017, se llevará a cabo la 11 Conferencia Ministerial de la OMC, máxima autoridad en la OMC que se reúne cada dos años, y está conformada por los Ministros de los 164 países miembros, que se reúnen para adoptar decisiones sobre las cuestiones que surjan en el marco de cualquiera de los acuerdos y negociaciones comerciales multilaterales; Que, en la 10 Conferencia Ministerial, efectuada en Nairobi en diciembre 2015, se acordó la eliminación de las subvenciones a las exportaciones agrícolas; en tal sentido, se espera que en el evento de este año se alcancen resultados en materia de subsidios a la pesca, ayudas internas en agricultura, la reglamentación nacional de los servicios y el comercio electrónico; Que, el Perú tiene prevista la realización de reuniones previas a nivel Ministerial de los grupos de interés en las negociaciones comerciales multilaterales, tales como el Grupo Cairns, con el que se viene trabajando coordinadamente a fin de lograr resultados en materia agrícola; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de la señora María Victoria Elmore Vega, Directora de Asuntos Multilaterales, y de las señoritas Dévora Mabel Alarcón Álvarez y Fiama Isabel Ángeles Bonelli, profesionales que prestan servicios en la Dirección de Asuntos Multilaterales de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participe en el evento antes mencionado; De conformidad con la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 09 al 14 de diciembre de 2017, de la señora María Victoria Elmore Vega, Directora de Asuntos Multilaterales y de las señoritas Fiama Isabel Ángeles Bonelli y de la señorita Dévora Mabel Alarcón Álvarez, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, participen en la 11 Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio ­ OMC, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de los artículos precedentes, son con cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: María Victoria Elmore Vega y Fiama Isabel Ángeles Bonelli: Pasajes (US$ 864,27 x 02 personas) : US $ Viáticos (US$ 370,00 x 05 días x 02 personas) : US $ Dévora Mabel Alarcón Álvarez: Pasajes Viáticos (US$ 370,00 x 05 días) : US $ : US $ 1 728,54 3 700,00 993,63 1 850,00

presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en el evento al que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1595806-1

Delegan en la Cámara de Comercio, Producción y Turismo de San Martín Tarapoto la facultad de emitir Certificados de Origen a los exportadores de la Región San Martín - Tarapoto
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 495-2017-MINCETUR Lima, 7 de diciembre de 2017 Visto, los Informes N° 29 y 30-2017-MINCETUR/ VMCE/DGFCE-DUO-SVV de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior, los Memorándums N° 477 y N° 486-2017-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior, el Informe N° 584-2017-MINCETUR/ SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, y; CONSIDERANDO: Que, la Cámara de Comercio, Producción y Turismo de San Martín - Tarapoto ha solicitado al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la delegación de la facultad de emitir certificados de origen a las empresas exportadoras en la Región San Martín; Que, conforme a lo señalado en el artículo 53-C del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, el MINCETUR a través de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, es el organismo competente para emitir Certificados de Origen, en el marco de los acuerdos suscritos por el Perú, en los regímenes preferenciales y no preferenciales, así como mantener un registro de los mismos; Que, el Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo tiene la facultad de delegar dicha función en personas jurídicas del sector privado cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hacen conveniente y en forma temporal, conforme se desprende de los artículos 76 y 79 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en concordancia con el inciso 8 del artículo I del Título Preliminar de la misma norma; Que, de acuerdo a los documentos del Visto, resulta conveniente la delegación de la función de emisión de certificados de origen a la Cámara de Comercio, Producción y Turismo de San Martín - Tarapoto, por lo que corresponde emitir la respectiva Resolución; Que, es de señalar que la delegación de la función será ejercida de acuerdo a los términos que se establezcan en el Convenio denominado "Convenio entre el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Cámara de Comercio, Producción y Turismo de San Martín - Tarapoto para la emisión de Certificados de Origen, por Delegación", autorizando al Viceministro de Comercio Exterior a suscribirlo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución,

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