Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2017 (12/12/2017)


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NORMAS LEGALES

Martes 12 de diciembre de 2017 /

El Peruano

La Hoja Informativa N° 336/DRIE/DPTO RESOL de fecha 04 de diciembre de 2017, del Comandante General del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta del 10 de noviembre de 2017, el Jefe del Servicio de Hepatología del Hospital Clinic Universitari de Barcelona, cursa la invitación a la Mayor EP Carmen Yovanna PINEDA YACO Médico Gastroenteróloga para participar en el curso "Tratamiento del Paciente Cirrótico Crítico", que se realizará en la ciudad de Barcelona, España, del 14 al 16 de diciembre de 2017; Que, mediante Hoja de Recomendación N° 181/ DIEDOCE/C-5.b del 01 de diciembre de 2017 el Comandante General del Ejército, ha propuesto la designación de la Mayor EP Carmen Yovanna PINEDA YACO Médico Gastroenteróloga para participar en el curso "Tratamiento del Paciente Cirrótico Crítico", que se realizará en la ciudad de Barcelona, Reino de España, del 14 al 16 de diciembre de 2017; Que, conforme a lo descrito en el Dictamen Legal N° 3598-2017/OAJE/L-1 del 04 de diciembre de 2017, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al personal militar antes mencionado, para participar en el curso "Tratamiento del Paciente Cirrótico Crítico", que se realizará en la ciudad de Barcelona, Reino de España, del 14 al 16 de diciembre de 2017; lo que le permitirá adquirir e incrementar sus conocimientos técnicos; asimismo, permitirá disponer de personal altamente capacitado en los aspectos inherentes a su formación profesional, así como dar cumplimiento a lo establecido en la Política de Comando, dentro de los Objetivos del Plan Estratégico Institucional 2002-2021 (Objetivo 3), el cual establece que "El Ejército debe disponer de personal altamente capacitado en todos los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional, con estándares similares a países desarrollados"; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración del Sub Director de Desarrollo Profesional en el Extranjero de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército del 01 de diciembre de 2017, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta y viáticos, que ocasione la participación del personal militar en el mencionado evento se efectuarán con cargo al presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación; así como, su retorno un (02) días después de la fecha de finalización, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y su modificatoria; aprobada con el Decreto Supremo N°056-2013-PCM, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a la Mayor EP Carmen Yovanna PINEDA YACO,

identificada con CIP N° 400513900, DNI N° 29607620, para participar en el curso "Tratamiento del Paciente Cirrótico Crítico", que se realizará en el Hospital Clinic Universitari, en la ciudad de Barcelona, Reino de España, del 14 al 16 de diciembre de 2017; así como autorizar su salida del país el 12 de diciembre de 2017 y su retorno al país el 18 de diciembre de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima ­ Barcelona ­ Lima (Clase económica): US$ 1 800.00 x 01 persona (incluye TUUA) Viáticos: US$ 540.00 x 01 persona x 03 días Total a pagar en Dólares Americanos US$. 1 620.00 ---------------------US$. 3 420.00 US$. 1 800.00

Artículo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, modificado con el Decreto Supremo N° 0562013-PCM. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1596133-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 273-2017-MIDIS Lima, 11 de diciembre de 2017 VISTOS: El Informe Nº 368-2017-MIDIS/P65-DE, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"; el Memorando Nº 945-2017-MIDIS/VMPS, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe Nº 122-2017-MIDIS/VMPS/DGCGPS, de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales; el Informe Nº 413-2017-MIDIS/SG/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 129-2017-MIDIS/SG/ OGPPM/OM, de la Oficina de Modernización; y el Informe Nº 553-2017-MIDIS/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder

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