Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2017 (11/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de enero de 2017 /

El Peruano

quien nos paseará por el mundo. Con letras sutiles y elegantes, renovó la música popular peruana al dotar a canciones sobre el Perú y sus tradiciones de armonías complejas y singulares melodías. Su contacto y diálogo permanente con músicos de larga y experimentada trayectoria le otorgaron un conocimiento intuitivo de la teoría musical, absorbiendo de este modo multiplicidad de influencias y ritmos que fueron desde la bossa nova y la trova hasta el jazz; Que, conjuntamente con las referencias históricas y teniendo a la vista el expediente técnico elaborado por las señoras Teresa Fuller Granda y Ruth Anastacio Valenzuela, el Informe N° 000323-2016/DPI/DGPC/ VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial detalla las características, importancia, valor, alcance y significados de la Obra musical de María Isabel Granda y Larco, motivo por el cual constituye parte integrante de la presente resolución, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC, se aprobó la Directiva Nº 003-2015-MC, "Declaratoria de las Manifestaciones de Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural", en la que se señala los lineamientos y normas para la tramitación interna del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Despacho del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; Con el visado del Director General de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Directora de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0112006-ED; la Directiva Nº 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación, en el rubro de Obra de Gran Maestro, a la Obra musical de María Isabel Granda y Larco, emblemática compositora mejor conocida como Chabuca Granda, por su gran valor simbólico dentro del imaginario nacional cuyo aporte a la continuidad y renovación de la música criolla abrió nuevas sendas en la música popular peruana, transgrediendo los géneros que abordó al mismo tiempo que respetando el alma de cada uno, por lo que puede considerarse vanguardista y tradicional al mismo tiempo. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario Oficial El Peruano y su difusión conjuntamente con el Informe N° 0003232016/DPI/DGPC/VMPCIC/MC en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Viceministerial y el Informe N° 000323-2016/DPI/DGPC/VMPCIC/MC a la señora Teresa Fuller Granda y a la señora Ruth Anastacio Valenzuela, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MAGDELYN CASTILLO ARANSAENZ Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1472348-1

CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Ministerial Nº 12062015-DE/SG del 22 de diciembre de 2015, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2016 del Pliego 026 Ministerio de Defensa, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Tipo de Transacción y Genérica del Gasto; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza de manera excepcional, al Ministerio de Economía y Finanzas, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 44 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y a los saldos disponibles según proyección al cierre del Año Fiscal 2016 del Presupuesto del Sector Público; Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final dispone que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional mencionadas en el considerando precedente, se aprueban mediante decreto supremo a propuesta del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, según corresponda, y utilizando, de ser necesario, el procedimiento establecido en el artículo 45 del referido Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411; señalándose que dichos recursos se incorporan en los presupuestos de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; adicionalmente, la citada Disposición establece que luego de que se incorporen los referidos recursos, y hasta el 30 de diciembre de 2016, los referidos pliegos, mediante resolución de su titular, que se publica en el Diario Oficial El Peruano, deberán autorizar una transferencia financiera, por el monto total de los recursos que les han sido transferidos, a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial, para ser destinados exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la aludida Caja de Pensiones; Que, en aplicación de la norma invocada en el párrafo precedente, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 372-2016EF, autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el AF-2016 a favor del Pliego 026 Ministerio de Defensa, por el monto de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 447 958 665.00); Que, mediante la Resolución Ministerial N° 1512-2016 DE/SG de fecha 28 de diciembre del 2016, se aprueba la desagregación de la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 447 958 665.00), de conformidad a lo señalado en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 372-2016-EF del 28 de diciembre del 2016, destinados al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial del Año Fiscal 2016; Que, de otro lado, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto, señala en el Informe N° 336-2016-MiNDEF/ VRD/DGPP/DIPP que, por error material se consideró en el desagregado de recursos del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 1474-2016-DE/VRD de fecha 06 de diciembre del 2016, el clasificador de ingresos 1.4.1.1.1.1.3 "Estados Unidos de América", debiendo ser el correcto el clasificador de ingresos 1.4.1.1.1.3 "Estados Unidos de América; en razón de lo cual, es necesario que rectificar la referida Resolución Ministerial en dicho extremo; Que, la transferencia de recursos, así como la corrección por error material en la Resolución Ministerial Nº 1474-216-DE/VRD, han sido evaluadas por la Dirección de Planeamiento y Presupuesto, otorgándole conformidad, tal como se aprecia del Informe N° 336-2016-MINDEF/ VRD/DGPP/DIPP del 28 de diciembre de 2016; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 ­ "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada mediante la Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias;

DEFENSA
Autorizan Transferencia Financiera destinada al financiamiento del pago de obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar y Policial del Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1513-2016-DE/SG Jesús María, 28 de diciembre de 2016

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