Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2017 (11/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de enero de 2017 /

El Peruano

y, el Informe Nº 00021-2017-MIDIS/PNAEQW-UAJ, de fecha 09 de enero de 2017; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS, con la finalidad de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2014-MIDIS y Nº 004-2015-MIDIS, se dispuso que el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, de forma progresiva atienda a los escolares de nivel secundaria de las instituciones públicas localizadas en los pueblos indígenas que se ubican en la Amazonia Peruana, y modifica el segundo párrafo del artículo primero del Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, estableciendo que, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma tendrá una vigencia de seis (06) años; Que, de acuerdo con lo establecido en la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autorizó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a realizar transferencias de recursos financieros a los comités u organizaciones que se constituyan para proveer los bienes y servicios del Programa, a fin de alcanzar los objetivos a cargo del mismo; adicionalmente, se estableció que los comités u organizaciones referidos, serán reconocidos por el MIDIS, a través del Programa de Alimentación Escolar Qali Warma, rigiéndose por los procedimientos operativos, de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que fueran necesarias, establecidos por el MIDIS y, supletoriamente, por las normas del ámbito del sector privado; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2013-MIDIS se establecieron las disposiciones generales para la transferencia de recursos financieros a los comités u organizaciones que, de acuerdo con el modelo de cogestión, se constituyan para la provisión de bienes y servicios para la prestación del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, disponiéndose que por Resolución del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social se aprueben los procedimientos generales para la conformación y el reconocimiento de los comités u organizaciones, así como los procedimientos operativos de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que sean necesarias; Que, de acuerdo al punto 5.2, de la Directiva Nº 001-2013-MIDIS, "Procedimientos Generales para la Operatividad del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma", aprobada por Resolución Ministerial Nº 016-2013-MIDIS, del 21 de enero de 2013, modificada por Resolución Ministerial Nº 264-2013-MIDIS, de fecha 06 de diciembre de 2013, y por Resolución Ministerial Nº 276-2016-MIDIS, publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 22 de noviembre de 2016, respecto a la Fase de Compra del modelo de cogestión, señala que, éste es un proceso realizado conjuntamente por el Comité de Compra y el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, para la adquisición de productos y raciones, conforme a lo dispuesto en dicha Directiva y los procedimientos específicos establecidos en el Manual de Compras (ahora Manual del Proceso de Compras) que apruebe para tales efectos, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 8563-2016-MIDIS/PNAEQW, de fecha 23 de noviembre de 2016, se aprobó el Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma ­ versión Nº 02 (Código de documento normativo Nº MAN-05-PNAEQW-UOP). Asimismo, con Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 8617-2016-MIDIS/ PNAEQW se dispuso rectificar el Anexo Nº 1 del citado

Manual, en el extremo del numeral 71), Requisito Obligatorio N° 13 ­ Modalidad Raciones, literales b) y c); Que, el Artículo 29, literal h), del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, aprobado por Resolución Ministerial Nº 124-2016-MIDIS, establece que, una de las funciones de la Unidad de Organización de las Prestaciones es: "Elaborar el informe técnico y proponer el Manual del Proceso de Compras para la provisión del servicio alimentario, en coordinación con la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos y con la participación de las unidades orgánicas de acuerdo a sus competencias"; Que, mediante Informe Nº 00008-2016-MIDIS/ PNAEQW-UOP, de fecha 06 de enero de 2017, la Unidad de Organización de las Prestaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, remitió el sustento técnico de la Coordinación del Componente Alimentario, a través del cual se señala que, la jefatura de la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos propuso, a través del Memorando Nº 0027-2017-MIDIS/PNAEQW-UGCTR, la modificación de nueve numerales del Manual del Proceso de Compra del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (numerales 44, 47, 49, 58, 59, 60, 61, 68 y 74) relacionados al registro de postores, con la finalidad de asegurar la mayor participación de postores en cada una de las convocatorias de los Procesos de Compras del Programa; Que, en dicho informe, la Unidad de Organización de las Prestaciones considera pertinente también, realizar las modificatorias propuestas por la Jefatura de la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos, toda vez que contribuyen con el carácter de marco normativo general del Manual del Proceso de Compra, a fin de que los detalles y especificaciones, tales como los medios de registro de los postores se establezcan en las Bases del Proceso de Compras; Que, mediante Memorando Nº 0021-2017-MIDIS/ PNAEQW-UPP, de fecha 06 de enero de 2017, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto concluyó que, la modificación del Manual del proceso de Compras cumple con los criterios establecidos en la Directiva para la Formulación, Revisión y Aprobación de los Documentos Normativos en el PNAEQW (DIR-008-PNAEQW-UPP-Versión Nº 01), opinando favorablemente por la aprobación de la modificación del Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma ­ versión Nº 02, el mismo que conllevará a la aprobación del Manual denominado: "Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Provisión del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma" con código de documento normativo MAN-005-PNAEQWUOP, en su Versión Nº 03; Que, de acuerdo al Informe Nº 00021 -2017-MIDIS/ PNAEQW-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica considera legalmente viable las propuestas de modificación presentadas por la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos, y la Unidad de Organización de las Prestaciones, mediante Memorando Nº 0027-2017-MIDIS/PNAEQW-UGCTR y el Informe Nº 00008-2016-MIDIS/PNAEQW-UOP, respectivamente; Que, el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, aprobado por Resolución Ministerial Nº 124-2016-MIDIS, establece que la Dirección Ejecutiva, constituye la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa, encontrándose facultado para emitir la Resolución respectiva en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo al punto 6.1.12, de la Directiva Nº 001-2013-MIDIS, "Procedimientos Generales para la Operatividad del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma", aprobada por Resolución Ministerial Nº 016-2013-MIDIS, del 21 de enero de 2013, modificada por Resolución Ministerial Nº 264-2013-MIDIS, de fecha 06 de diciembre de 2013, y por Resolución Ministerial Nº 276-2016-MIDIS, publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 22 de noviembre de 2016, establece que: "Las funciones y responsabilidades del presidente, secretario, tesorero y demás integrantes del Comité de Compras, así como sus procedimientos operativos específicos se aprueban por resolución de la máxima autoridad de Qali Warma";

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