Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2017 (12/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES
- Unifamiliar - Bifamiliar

Jueves 12 de enero de 2017 /

El Peruano

Reglamentación Especial ­ ZRE 6 a Residencial de Densidad Media ­ RDM, debiendo el Sector III mantener su zonificación como ZRE 6, con modificación en sus parámetros y en la zona Sur de Atalaya cambiarse de ZRE 6 a RDM. Asimismo, indica que, el cambio de zonificación que se propone, significa un aporte al sector y progreso de nuestra ciudad de Huacho, ya que permitiría la inversión pública y privada en saneamiento e infraestructura, mejora de la calidad de vida de sus habitantes, más actividad comercial del área urbana y una correcta fluidez vehicular, debido a su estratégica localización en relación a los extremos del Cono Sur de Huacho; Informe avalado por la Sub Gerencia de Planeamiento Territorial y Catastro y la Gerencia de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, mediante Informe Nº 462-2016-SGPTYC-GDYOT/MPH de fecha 28.04.2016 e Informe Nº 425-2016-GDYOT/ MPH de fecha 29.04.2016, respectivamente. De otro lado, mediante Oficio Nº 213-2016-EPS EMAPA-H-GG de fecha recibido 21.06.2016, la Empresa Municipal de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado, EPS EMAPA HUACHO S.A., manifiesta que, de las evaluaciones realizadas en la zona de estudios, resulta factible brindar acceso del servicio básico de agua potable y alcantarillado, de igual manera, la Empresa eléctrica ENEL otorgará factibilidad de suministro eléctrico. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 949-2016-GAJ/MPH de fecha 28.11.2016, manifiesta que al haber, las Unidades Orgánicas respectivas, cumplido con el procedimiento para el cambio de zonificación del Sector de Atalaya y sus alrededores, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA, el proyecto de ordenanza en referencia no vulneraría normal legal alguna, recomendando se eleve al Pleno del Concejo Municipal, para su deliberación y posterior aprobación, Informe Legal avalado por la Gerencia Municipal, mediante Informe Nº 126-2016-GM/MPH de fecha 28.11.2016. Asimismo, la Comisión de Desarrollo Urbano y Rural ­ Obras del Concejo Municipal, mediante Dictamen Nº 03-2016-CDURO/MPH, por unanimidad, emite opinión favorable respecto a la aprobación del referido proyecto de ordenanza. Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas en el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, el Concejo Municipal en forma unánime, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLAN DE DESARROLLO URBANO EN EL EXTREMO DEL VOLUMEN III, CAPÍTULO XI, ÍTEM XI.7, SOBRE ZONIFICACIÓN Y PARÁMETROS URBANÍSTICOS DEL SECTOR DE ATALAYA Y SUS ALREDEDORES, EN EL DISTRITO DE HUACHO Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Plan de Desarrollo Urbano ­ PDU de la Ciudad de Huacho (2013-2022), en el extremo del Volumen III, Capítulo XI, Ítem XI.7. ZRE 6 ­ Atalaya, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 004-2014, quedando redactado de la siguiente manera: "(...) ZRE 6 ­ ATALAYA Es el área que comprende los AA.HH. Atalaya, parte del AA.HH. Isabel de Riva Agüero y el Cerro Vista Alegre, del Distrito de Huacho. Ocupa un área aproximada de 17.96 Ha. Se caracteriza por su inestabilidad en su respuesta dinámica. Los usos de suelo y los parámetros de edificación estarán condicionados bajo procedimientos técnicos especiales que eviten la infiltración continua de agua y cualquier agente de intemperismo para evitar vulnerabilidad. A. USOS PERMITIDOS Residencial Densidad Media y usos compatibles según el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas.

B. DENSIDAD NETA MAXIMA : Hasta 330 Habitantes/Hectárea. : Hasta 550 Habitantes/Hectárea.

C. AREA Y FRENTE DE LOTE Unifamiliar - Área mínima de Lote : 90 m2 - Frente mínimo de Lote : 6 m. Bifamiliar - Área mínima de Lote : 120 m2 - Frente mínimo de Lote : 8 m. D. SUBDIVISION DE LOTE De acuerdo al lote mínimo respecto al área y frente. E. AREA LIBRE Se exigirá un área mínima de 30% del área del Lote. F. RETIROS No exigible. G. ALTURA DE EDIFICACION La altura máxima de edificación será de dos (02) pisos. H. ESTACIONAMIENTO - Vivienda Unifamiliar: Ninguno. - Vivienda Bifamiliar: Un estacionamiento cada dos (02) viviendas. (...)" Artículo Segundo.- En virtud, de lo dispuesto en el Artículo precedente, APROBAR el cambio de zonificación del Sector Atalaya y sus alrededores de Zona de Reglamentación Especial 6 ­ ZRE 6 a Residencial de Densidad Media ­ RDM y Zona de Recreación Pública ­ ZRP a Residencial de Densidad Media ­ RDM; en consecuencia, MODIFÍQUESE y ACTUALÍCESE el Plano de Zonificación (Lámina PDU ­ 28), aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 004-2014. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, la ejecución y cumplimiento de la presente Ordenanza, debiendo figurar en el Plan de Desarrollo Urbano ­ PDU los nuevos parámetros para la Zona de Reglamentación Especial ­ ZRE 6 y en el Plano de Zonificación la nueva zonificación otorgada al Sector de Atalaya y sus alrededores. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Logística, Servicios Generales y Control Patrimonial la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano; a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su debida difusión y a la Sub Gerencia de Tecnologías, Sistemas de Información y Estadística, la publicación íntegra de la misma en el portal de la entidad www.munihuacho.gob.pe y en el portal web del Estado www.peru.gob.pe POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1472114-1

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