Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2017 (12/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Jueves 12 de enero de 2017 /

El Peruano

Gerencia Regional de Salud y dependencias la gestión administrativa de los cargos con plazas presupuestas, así como acciones administrativas de desplazamiento del personal médico, bajo cualquier modalidad. Artículo 3º.- De la Comisión Técnica Legal de Salud CONFÓRMESE la "Comisión Técnica Legal de Salud" encargada de revisar, elaborar y proponer al Consejo Regional las normas técnicas regionales a que se refiere el artículo 2º de la presente ordenanza. Dicha comisión técnica legal tendrá un plazo de 90 días calendarios a efectos de presentar al Consejo Regional la propuesta de normas regionales. Artículo 4°.- De los Miembros de la Comisión Técnica de Salud Son miembros de la Comisión Técnica de Salud: 1. La Gerencia Regional de Salud, quien la presidirá, 2. La Comisión de Salud del Consejo Regional, en pleno, 3. La Red de Salud Arequipa - Caylloma, 4. La Red de Salud Camaná - Caravelí, 5. La Red de Salud Castilla - Condesuyos ­ La Unión, 6. Hospital Goyeneche, 7. Hospital Regional Honorio Delgado, 8. Instituto Regional Neoplásica Sur, Artículo 5°.- De la Agenda de Trabajo La Comisión Técnica de Salud encargada de reevaluar las políticas regionales de desplazamiento de personal, tendrá como agenda de trabajo los siguientes puntos: · Desplazamiento por Reasignación. · Desplazamiento por Permuta. · Desplazamiento por Destaques. · Revisión del Cuadro para Asignación de Personal respecto al reordenamiento de los cargos y niveles ocupacionales. · Revisión de los Procedimientos de Cambios Ocupacionales. · Servicio Rural Marginal - SERUM Artículo 6°.- Del Alcance de la Ordenanza Regional La presente Ordenanza Regional es de aplicación a la Gerencia Regional de Salud, Redes de Salud, Unidades Ejecutoras y Micro Redes de Salud, cuyo personal se encuentre comprendido en el Decreto Legislativo 276 y su reglamento. Artículo 7°.- De la Fiscalización ENCARGAR a la Comisión de Salud del Consejo Regional iniciar el proceso de fiscalización de las acciones administrativas de Desplazamientos de Personal bajo la modalidad de Permutas y Destaques, realizados durante los últimos tres (años) en el Hospital Regional Honorio Delgado y Hospital Goyeneche, para lo cual dicha comisión establecerá sus mecanismos. Artículo 8°.- De la Suspensión de las Reasignaciones y Permutas en los Hospitales Nivel III - 1 SUSPENDER temporalmente, por el tiempo que dure la Comisión Técnica Legal de Salud, en los Hospitales Nivel III ­ 1 (Hospital Goyeneche y Hospital Regional Honorio Delgado) las acciones administrativas de desplazamiento por modalidad de "Reasignación" y "Permuta"; para el caso de esta última modalidad, en aquellos casos en que una de las partes permutantes se encuentre dentro del periodo de dos (02 años) hacia adelante para su cese respectivo y otros. Quedan exentas de dicha disposición las permutas por motivo de salud, debidamente fundamentado y acreditado. Dichas acciones administrativas estarán sujetas a fiscalización posterior. Aquellas solicitudes presentadas con anterioridad a la dación de la presente ordenanza que se encuentren pendientes de resolver y/o en trámite también quedan suspendidas. Todo acto que contravenga lo dispuesto en la presente disposición es nulo de pleno derecho.

Artículo 9°.- De la Contratación de Personal Médico Especialista en los Hospitales III-1 DISPONER que las contrataciones de Personal Médico Especialista para el Año 2017, en los Hospitales III ­ 1 (Hospital Goyeneche y Hospital Regional Honorio Delgado), bajo cualquier régimen laboral, será realizada por un tiempo no menor a tres meses ni mayor a seis meses, con la posibilidad de renovación por el mismo tiempo, solo dentro o durante el mismo año presupuestal, sin posibilidad de renovación anual, promoviendo la contratación de nuevo personal médico. Todo acto que contravenga lo dispuesto en la presente disposición es nulo de pleno derecho. Artículo 10º.- De los Destaques de Personal Médico Especialista en los Hospitales III-1 DISPONER que los Desplazamientos de Personal Médico Especialista para el Año 2017, bajo la modalidad de "Destaque", en los Hospitales III ­ 1 (Hospital Goyeneche y Hospital Regional Honorio Delgado), será realizada por un tiempo no menor a tres meses ni mayor a seis meses, con la posibilidad de renovación por el mismo tiempo, solo dentro o durante el mismo año presupuestal, sin posibilidad de renovación anual, promoviendo el destaque de nuevo personal médico. Todo acto que contravenga lo dispuesto en la presente disposición es nulo de pleno derecho. Artículo 11º.- De la Cobertura de Personal Médico en los Hospitales de Nivel Primario ENCARGAR a la Gerencia Regional de Salud en coordinación con el Hospital Regional Honorio Delgado y al Hospital Goyeneche, realizar las acciones y/o gestiones técnico administrativas presupuestales a efectos de cubrir los cargos dejados, por los desplazamientos de destaque, en los Establecimientos de Salud de Nivel Primario, tendiente a garantizar el servicio adecuado de salud. Artículo 12º.- De la Publicación DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial "El Peruano", como en el Diario de Avisos Judiciales "La República"; en ese sentido, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, ésta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Primera.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Salud la instalación de la "Comisión Técnica Legal de Salud", en el plazo de 15 días calendarios de notificada la presente ordenanza regional. Comuníquese a la señorita Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los veinte días del mes de diciembre del 2016. EDY MEDINA COLLADO Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintinueve días del mes de diciembre del dos mil dieciséis. YAMILA OSORIO DELGADO Gobernadora del Gobierno Regional Arequipa 1472212-3

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