Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2017 (12/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Jueves 12 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 4°.- Ordenar la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial "El Peruano" como en el Diario encargado de los Avisos Judiciales, en la página web institucional, y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del D.S. Nº 001-2009-JUS, en el artículo 38 de la Ley N° 27444 y en el artículo 17° de los Lineamientos para Elaboración y Aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo aprobados con Decreto Supremo N° 079-2007-PCM. Comuníquese a la señorita Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los veinte días del mes de diciembre del 2016. EDY MEDINA COLLADO Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintinueve días del mes de diciembre del dos mil dieciséis. YAMILA OSORIO DELGADO Gobernadora del Gobierno Regional Arequipa 1472212-1

en el Diario de Avisos Judiciales "La República", en ese sentido, se encarga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente, ésta se publique en la página web institucional, de conformidad con lo regulado en el artículo 9 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. La tramitación de la publicación será a cargo de la Secretaría del Consejo Regional, mientras que el costo que irrogue será cubierto por el Órgano Ejecutivo Regional. Comuníquese a la señorita Gobernadora del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los veinte días del mes de diciembre del 2016. EDY MEDINA COLLADO Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintinueve días del mes de diciembre del dos mil dieciséis. YAMILA OSORIO DELGADO Gobernadora del Gobierno Regional Arequipa 1472212-2

Aprueban la Estrategia Regional y el Plan de Acción de Diversidad Biológica de la Región Arequipa 2016 - 2021
ORDENANZA REGIONAL Nº 363-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Exposición de Motivos y estando a lo expuesto al amparo de la Ley 27783 Ley de Bases de la Descentralización; Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatorias; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional N° 001-2007-GRA/CRAREQUIPA, La Ordenanza Regional 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA, SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA ESTRATEGIA REGIONAL Y EL PLAN DE ACCIÓN DE DIVERSIDAD BIOLÓGICA DE LA REGIÓN AREQUIPA 2016-2021 Artículo 1°.- APRUÉBASE la Estrategia Regional y el Plan de Acción de Diversidad Biológica de la Región Arequipa 2016-2021, cuyo contendio forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2.- Encargar a la Autoridad Regional Ambiental la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo 3°.- De la Vigencia de la norma La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 4°.- De la publicación Disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional tanto en el Diario Oficial "El Peruano" como

Ordenanza que promueve la elaboración de una política regional para la administración y/o gestión de personal médico del Sector Regional de Salud y dicta medidas transitorias
ORDENANZA REGIONAL Nº 364-AREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos y al amparo de lo regulado en la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y lo dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 001-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-Arequipa y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA. SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: QUE PROMUEVE LA ELABORACIÓN DE UNA POLÍTICA REGIONAL PARA LA ADMINISTRACIÓN Y/O GESTIÓN DE PERSONAL MÉDICO DEL SECTOR REGIONAL DE SALUD Y DICTA MEDIDAS TRANSITORIAS Artículo 1°.- De la Finalidad La presente ordenanza regional tiene como finalidad contar con un marco normativo regional complementario, en materia de acciones administrativas de desplazamiento de personal médico, que permita a la Gerencia Regional de Salud y a sus dependencias (Unidades Ejecutoras) una mejor gestión eficiente del recurso humano, bajo los Principios de Igualdad de Oportunidades, Meritocracia y Equidad. Artículo 2º.- Del Objetivo Promover la elaboración de normas regionales que orienten, de manera clara y transparente, a la

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