Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2017 (18/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES
45.2. (...). 45.4. (...).

Miércoles 18 de enero de 2017 /

El Peruano

DECRETOS LEGISLATIVOS
FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO Nº 1350 Decreto Legislativo de Migraciones Mediante Oficio Nº 068-2017-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo Nº 1350, publicado en la edición del 7 de enero de 2017. 1. En el primer párrafo literal b) del numeral 29.2 Residencia del Artículo 29: Tipos de Calidades Migratorias DICE: b) Designado Permite (...) un empleador extranjero. (...) DEBE DECIR: b) Designado Permite (...) un empleador extranjero. No puede realizar actividades remuneradas o lucrativas por cuenta propia. (...) 2. En el literal c) del numeral 29.2 Residencia del Artículo 29: Tipos de Calidades Migratorias DICE: c) Formación Permite (...). Comprende (...). No permite trabajar ni realizar actividades remuneradas ni lucrativas, la previa emisión del Permiso de Trabajo Extraordinario otorgado por MIGRACIONES. (...); DEBE DECIR: c) Formación Permite (...). Comprende (...). No permite trabajar ni realizar actividades remuneradas ni lucrativas, salvo la previa emisión del Permiso de Trabajo Extraordinario otorgado por MIGRACIONES. (...) 3. En el segundo párrafo del literal h) del numeral 29.2 Residencia del Artículo 29: Tipos de Calidades Migratorias DICE: h) Trabajador (...). Incluye (...) o especializado. Le está permitido firmar contratos o transacciones. No puede realizar actividades remuneradas o lucrativas por cuenta propia. (...) DEBE DECIR:

DEBE DECIR: Artículo 45°.- Generalidades del control migratorio 45.1. (...). 45.2. (...). 45.3. (...). 1475228-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0011-2017-MINAGRI Lima, 16 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0583-2014-MINAGRI, de fecha 20 de octubre de 2014, cuya Fe de Erratas se publicó en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de octubre de 2014, se designó, entre otros, al señor Marco Antonio Moreno Infante, en el cargo de Director de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo al cual ha formulado renuncia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor Marco Antonio Moreno Infante, al cargo de Director de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar, a partir de la fecha, al señor Economista Juan Faustino Escobar Guardia, Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, el puesto de Director de la Oficina de Presupuesto de la referida Oficina General, en adición a sus funciones y, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1474896-1

h) Trabajador (...). Incluye (...) o especializado. (...). 4. En el Artículo 45°: Generalidades del control migratorio DICE: Artículo 45°.- Generalidades del control migratorio 45.1. (...).

Aceptan renuncia y encargan funciones de Sub Director de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina de Administración de AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 0025-2017-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 16 de enero de 2017

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