Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2017 (18/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Miércoles 18 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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- Anexo 7.3: Metas físicas de contratación de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 para la enseñanza del idioma inglés en instituciones educativas públicas. - Anexo 8: Metas físicas de contratación del personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 para las acciones de acompañamiento Pedagógico a Instituciones Educativas de Secundaria Rural. - Anexo 9: Metas físicas de contratación del personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 para las acciones de Acompañamiento Pedagógico Primaria. - Anexo 10: Metas físicas de contratación del personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 para las acciones de Acompañamiento Pedagógico Educación Intercultural Bilingüe. - Anexo 11: Metas físicas de contratación del personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 para las acciones de Acompañamiento Pedagógico en instituciones educativas Multigrado. - Anexo 12: Metas físicas de contratación del personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 atendidas por la intervención pedagógica Centros Rurales de Formación en Alternancia (CRFA), a nivel de código modular. - Anexo 13: Metas físicas de contratación bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 de especialistas en seguimiento de gestión administrativa e institucional en las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL). - Anexo 14: Metas físicas de contratación del personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 para el fortalecimiento de las acciones del Programa Presupuestal 0090: Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular. - Anexo 15: Metas físicas de contratación del personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 para el fortalecimiento de las acciones del Programa Presupuestal 0091: Incremento en el Acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular. - Anexo 16.1: Metas físicas de contratación del personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 para el fortalecimiento de las acciones del Programa Presupuestal 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva, a nivel de UGEL. - Anexo 16.2: Metas físicas de contratación de Terapista Ocupacional bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 para el fortalecimiento de las acciones del Programa Presupuestal 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva, por código modular. - Anexo 16.3: Metas físicas de contratación de Terapista Físico bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 para el fortalecimiento de las acciones del Programa Presupuestal 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva, por código modular. - Anexo 16.4: Metas físicas de contratación del Modelo Lingüístico bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 para el fortalecimiento de las acciones del el Programa Presupuestal 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva, por código modular. - Anexo 16.5: Metas físicas de contratación del Intérprete bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 para el fortalecimiento de las acciones del Programa Presupuestal 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva, por código modular. - Anexo 16.6: Metas físicas de contratación de personal para los Centros de Recursos de Educación Básica Especial bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 para el fortalecimiento de las acciones del Programa Presupuestal 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva, por código modular. Artículo 3.- Los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación que se transfieran a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales en el marco de lo establecido en el artículo 27 de la Ley N° 30518, Ley de

Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, solo podrán ser usados para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas durante el año 2017, conforme a lo establecido en los padrones nominales de Instituciones Educativas focalizadas y a las metas de contratación (PEAS) aprobados mediante los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1475118-1

Modifican Norma que establece disposiciones para el Acompañamiento Pedagógico en la Educación Básica, aprobada por Res. N° 008-2016-MINEDU
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 008-2017-MINEDU Lima, 17 de enero de 2017 Vistos, el Expediente N° 0215540-2016, el Informe N° 422-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS y el Informe N° 003-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el artículo 7 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que la formación en servicio tiene por finalidad organizar y desarrollar, a favor de los profesores en servicio, actividades de actualización, capacitación y especialización, que responden a las exigencias de aprendizaje de los estudiantes y de la comunidad o a la gestión de la institución educativa y a las necesidades reales de la capacitación de los profesores; asimismo, el literal b) del artículo 12 del Reglamento de la referida Ley establece que una de las finalidades de la formación docente en servicio es mejorar la calidad de los aprendizajes de los estudiantes y la capacidad de los docentes para reflexionar constantemente sobre sus prácticas, a fin de hacerlas cada vez más pertinentes y efectivas; Que, mediante la Resolución de Secretaría General N° 008-2016-MINEDU se aprobó la Norma Técnica denominada "Norma que establece disposiciones para el Acompañamiento Pedagógico en la Educación Básica", la cual tiene como objetivo establecer criterios y procedimientos comunes del acompañamiento pedagógico comprendido en las diversas intervenciones y/o acciones de formación docente del Ministerio de Educación, Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local; Que, entre los objetivos específicos de la referida Norma Técnica se plantean promover la articulación del acompañamiento pedagógico con la demanda formativa en los tres niveles de gobierno; así como fortalecer el rol y liderazgo pedagógico del equipo directivo a fin de dar sostenibilidad a la estrategia de acompañamiento pedagógico en todas las instituciones educativas del país; Que, a través del Informe Nº 422-2016-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DIFODS, suscrito por la Dirección de Formación Docente en Servicio, Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica, Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, Dirección General

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