Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2017 (21/01/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 21 de enero de 2017 /

El Peruano

autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso, 3 señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; Que, el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM establece los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 017-2014 se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Municipalidad Provincial del Callao que regula las funciones y establece la organización interna de la Entidad Edil; Que, el Estado peruano en todos sus niveles de gobierno, incluso los gobiernos locales, se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y con una visión de un Estado Moderno al servicio de las personas, orientado al ciudadano; asignando recursos para el diseño sus procesos y define sus productos y resultados en función de las necesidades de los ciudadanos; Que, es necesario centralizar la función de fiscalización en una sola Gerencia General denominada "De Fiscalización", para lograr una eficiente utilización de los recursos y lograr un mayor control en el personal que interviene a los ciudadanos, vecinos o empresas de la jurisdicción, los cuales deberán estar debidamente identificados, capacitados y controlados, a fin de lograr un adecuado cumplimiento del Régimen de Aplicación de Sanciones, (Ordenanza Municipal 010-2007 del 24 de febrero del 2007), lo cual permitirá evitar la multiplicidad de visitas de fiscalización de acuerdo a cada especialidad, logrando eficiencia, control y orden en los procesos de fiscalización; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA LA GERENCIA GENERAL DE FISCALIZACIÓN Artículo 1. Créase la Gerencia General de Fiscalización la misma cuyo objetivo es centralizar las acciones de fiscalización de la Municipalidad Provincial del Callao a fin de lograr eficiencia y modernización de los procesos, logrando que los administrados cumplan con las normas municipales para una correcta interacción con la Comunidad. Artículo 2. Apruébase las regulaciones normativas y las modificaciones al Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Municipalidad Provincial del Callao aprobado por la Ordenanza N° 017-2014, de acuerdo a lo establecido en los Anexos N° 1, N° 2 y N° 3 correspondientes a las regulaciones, organización y asignación de funciones a la Gerencia General de Fiscalización, Cuadro Orgánico y Organigrama Estructural de la Municipalidad; los cuales son parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3. Efectúense las siguientes acciones administrativas, para la progresiva implementación de la presente Ordenanza: 1, La Gerencia General de Administración a través de la Gerencia de Personal en un plazo de treinta días propondrá el Cuadro para Asignación de Personal Provisional. 2. La Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, en un plazo de treinta días propondrá el proyecto de Decreto de Alcaldía que actualice el Decreto de Alcaldía N° 000009-2001 referida a las facultades resolutivas de los órganos municipales, en concordancia con la presente Ordenanza. 3. El Gerente General de Fiscalización en un plazo de treinta días después de su designación propondrá las modificaciones al Reglamento de Sanciones Administrativas y presentará su plan de fiscalización. 4. Todos los Órganos que asumían funciones de fiscalización en un plazo de quince días deberán transferir

a la Gerencia General de Fiscalización al personal que venía desarrollando tales funciones, así como al personal técnico-profesional. La Gerencia General de Fiscalización procederá a su organización y evaluación correspondiente. 5. La Gerencia Municipal y el Directorio de Gerentes Generales de la Municipalidad evaluará permanentemente otras funciones que se vienen desarrollando en materia de fiscalización a efectos de proponer posteriormente su inclusión en la nueva Gerencia General de Fiscalización. Artículo 4. No están comprendidas en el proceso de centralización de las funciones de fiscalización, las siguientes: 1. El control de transporte y tránsito debido a que su ejecución está dentro de un proceso de concesión. En consecuencia, la fiscalización del Transporte y Tránsito Urbano será desarrollada por la Gerencia General de Transporte Urbano. 2. Las funciones de fiscalización de organizaciones vecinales o sociales. En consecuencia la Gerencia General de Participación Vecinal, realizará la fiscalización de la documentación presentada por los Administrados y de los actos en los que los miembros de esta Gerencia General participan como veedores. 3. Los procedimientos administrativos de prescripción adquisitiva de dominio y regulación del tracto sucesivo, respecto a posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares. En consecuencia, la Gerencia General de Asentamientos Humanos fiscalizará la información presentada por los administrados para este trámite. 4. Las acciones referidas al control, transporte y manipulación de alimentos. En consecuencia las Gerencias Generales de Salud, de Desarrollo Económico Local y Comercialización y de Transporte Urbano darán cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal N° 06-2016 del 27 de abril de 2016, coordinando y realizando las correspondientes acciones con la Gerencia General de Fiscalización. Estas funciones serán transferidas en forma progresiva a la Gerencia General de Fiscalización. Artículo 5. Encárgase a la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización preparar un Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo 6. Encárgase a la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalización y a Gerencia General de Administración, de acuerdo a sus competencias, proponer en un plazo de treinta días desde la publicación de la presente ordenanza la adecuación de los instrumentos de gestión que sean necesarios. Asimismo, deberán dotar a la Gerencia General de Fiscalización de los recursos presupuestales y financieros para el cumplimiento de las funciones establecidas en la presente Ordenanza. Artículo 7. Encárgase a la Gerencia Municipal y a las Gerencias Generales aludidas en la presente Ordenanza y sus anexos el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 8. Autorízase al señor Alcalde a dictar las medidas necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 9. Publícase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y encargase a la Gerencia de Informática la publicación de la Ordenanza Municipal y sus anexos en el Portal Institucional www.municallao.gob. pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe Artículo 10. La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 1475834-1

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