Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2017 (21/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Sábado 21 de enero de 2017

NORMAS LEGALES
En el artículo 2 DICE:

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2015, se dispuso la conformación de las tres (03) Salas Especializadas del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud para el período 2016; Que, estando a la normativa precitada, a lo solicitado por el Informe del Visto y al Acuerdo adoptado en Sesión del Consejo Directivo N° 022-2016-CD de fecha 07 de diciembre de 2016, resulta necesario aprobar la Conformación de cada una de las Salas Especializadas del Tribunal de SUSALUD para el período 2017, conforme a lo acordado por el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud, el mismo que consideró los criterios de materia de especialización y carga procesal de cada Sala; Con el visto del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 9 y literal t) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 0082014-SA, y el artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1158. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Conformación de las Salas Especializadas del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud, para el periodo 2017, conforme al siguiente detalle: Primera Sala: "Sala Especializada en casos de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS y Unidades de Gestión de IPRESS - UGIPRESS". - Juan Alejandro, ESPINOZA ESPINOZA - Juan Carlos, BUSTAMANTE ZAVALA - José Antonio, AROSTEGUI GIRANO Segunda Sala: "Sala Especializada en casos de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPRESS". - Christian, GUZMAN NAPURÍ - Leysser Luggi, LEÓN HILARIO - Marlene Leonor, RODRÍGUEZ SIFUENTES Tercera Sala: "Sala Especializada en Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios". - Enrique Antonio, VARSI ROSPIGLIOSI - José Hugo, RODRÍGUEZ BRIGNARDELLO - Vocal reemplazante Artículo 2°.- El Presidente del Tribunal de SUSALUD y los Presidentes de cada una de las Salas Especializadas, serán elegidos mediante Acuerdo de Sala Plena del Tribunal, conforme a los criterios establecidos en el Reglamento Interno del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Resolución de Superintendencia N''172-2015-SUSALUD/S. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Salud (www.susalud.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.

"Artículo 2.- DESIGNAR al abogado HUGO WALTER CARRAZCO MENDOZA en el cargo de confianza de Intendente de la Intendencia de Supervisión de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud-ISIAFAS de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de la Superintendencia Nacional de Salud." DEBE DECIR: "Artículo 2.- DESIGNAR al abogado HUGO WALTER CARRASCO MENDOZA en el cargo de confianza de Intendente de la Intendencia de Supervisión de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud-ISIAFAS de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de la Superintendencia Nacional de Salud." 1476225-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban medidas administrativas y jurisdiccionales que deberán adoptar las Salas Laborales de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y La Libertad para culminar el proceso de liquidación de expedientes judiciales tramitados con la Ley N° 26636
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 302-2016-CE-PJ Lima, 23 de noviembre de 2016 VISTOS: El Oficio N° 1576-2016-P-ETIINLPT-CE-PJ, remitido por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y el Informe N° 929-2016-ST-ETIINLPT-PJ, que contiene un análisis del estado situacional de las Salas Laborales de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y La Libertad, en lo que respecta a los procesos tramitados bajo la Ley N° 26636 y, propuestas de medidas administrativas y jurisdiccionales para que los referidos órganos jurisdiccionales culminen el proceso de liquidación de expedientes judiciales tramitados con la referida ley. CONSIDERANDO:

ELENA CRISTINA ZELAYA ARTEAGA Superintendente 1476434-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 007-2017-SUSALUD/S Mediante Oficio Nº 00022-2017-SUSALUD/SUP, la Superintendencia Nacional de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia N° 007-2017-SUSALUD/S publicada en la edición del 12 de enero de 2017.

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 127-2012-CE-PJ, de fecha 4 de julio de 2012, se aprobó el modelo del "Despacho Judicial Corporativo", para la aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, cuya implementación a nivel nacional es progresiva. Segundo. Que, por Resolución Administrativa Nº 340-2013-CE-PJ, del 27 de diciembre de 2013, se aprobó la implementación del modelo de "Despacho Judicial Corporativo", para la aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de Tacna. Asimismo, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 182, 208 y 209-2014-CE-PJ, se dispuso la implementación del Módulo Corporativo Laboral para órganos jurisdiccionales de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en los Distritos Judiciales de Loreto, Huánuco y Sullana, respectivamente.

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