Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2017 (29/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Domingo 29 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES

6° y 20° inciso 6) de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. RESUELVE:

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Aprueban Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017 de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 010 -2017-MDC/A Cieneguilla, 20 de enero de 2017. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTOS: El Informe N° 03-2017-MDC/GSCMA-SGMA del Subgerente de Medio Ambiente, a través del cual remite el Plan de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017 de esta entidad, el Informe N° 003-2017-MDC/ GSCMA del Gerente de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, el Informe N° 012-2017-MDC-GAJ de la Gerente de Asesoría Jurídica y el Informe N° 001-2017MDC/GM de la Gerente Municipal. CONSIDERANDO: Que, el artículo 4° de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y de Fiscalización Ambiental, señala que las entidades de Fiscalización Ambiental, nacional, regional o local, forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA), las mismas que según el artículo 7° del referido Cuerpo Legal son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, establece en el artículo 73º, numeral 3.1 que los Gobiernos Locales en materia ambiental son competentes para formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales. Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/CD, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental aprueba los Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Que, a través de la Resolución de Consejo Directivo Nº 026-2016-OEFA/CD, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, Modifica los Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA y su Anexo 1, aprobados por la Res. N° 004-2014-OEFA/CD. Que, la Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA), es aquella Entidad Pública de ámbito nacional, regional o local que tiene atribuida alguna o todas las acciones fiscalización ambiental, en sentido amplio. Que, el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA es el Instrumento de planificación a través del cual cada EFA programa las acciones de fiscalización ambiental a su cargo, a ser efectuadas durante el año calendario correspondiente. Que, el objetivo general del PLANEFA es mejorar la calidad ambiental y la salud de los ciudadanos, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes. Que, entre sus objetivos específicos se encuentran la de fortalecer el Equipo técnico Ambiental con profesionales especializados, la elaboración de un Diagnóstico Ambiental Local (DAL), desarrollar el Plan de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental y fomentar la responsabilidad socio ambiental, así como la participación ciudadana. Que, el PLANEFA es aprobado mediante Resolución del titular de la EFA, es decir, mediante la emisión de la Resolución de Alcaldía respectiva (artículo 4º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 026-2016-OEFA/CD). Estando a lo expuesto y de conformidad a las facultades conferidas al señor Alcalde por los artículos

Artículo Primero.- APROBAR el PLAN ANUAL DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL PLANEFA 2017 de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA, que en anexo se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, a la Subgerencia de Medio Ambiente y a la Subgerencia de Fiscalización y Control Municipal la supervisión, evaluación y ejecución del presente PLANEFA - 2017. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación del PLANEFA 2017 en el portal web institucional de la entidad y a Secretaría General la notificación del presente dispositivo a las personas interesadas y a las áreas que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1479233-1

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Prorrogan plazo para el pago de la Primera Cuota de Arbitrios Municipales correspondientes al mes de enero del Ejercicio Fiscal 2017
DECRETO DE ALCALDÍA N° 001-2017 La Molina, 27 de enero de 2017 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: El Informe N° 002-2017-MDLM-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 008-2017-MDLM-GAT-SGRCT de la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, mediante los cuales se solicita la prórroga del plazo de vencimiento de pago de la Primera Cuota de los Arbitrios Municipales correspondientes al mes de enero del Ejercicio Fiscal 2017; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 29 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general por la Administración Tributaria; Que, en fecha 25 de Diciembre de 2016, fue publicada en el Diario Oficial "El Peruano" la Ordenanza N° 322 Ordenanza que establece la vigencia de los importes de los Arbitrios Municipales de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo aplicados del Año 2016 con el reajuste del Índice de Precios al Consumidor para el Ejercicio 2017; siendo que el importe de los arbitrios municipales para el Ejercicio 2016, fue el regulado por la Ordenanza N° 304, que estableció la vigencia de los arbitrios municipales de la Ordenanza N° 278 que rigió para el Ejercicio 2015, que a su vez prorrogó la vigencia de la Ordenanza N° 261 modificada por Ordenanza 263 para el Ejercicio Fiscal 2014; Que, el Artículo Quinto de la Ordenanza N° 261 modificada por la Ordenanza N° 263, señala que, los

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