Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2017 (29/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Domingo 29 de enero de 2017 /

El Peruano

VISTOS, el Oficio N° 1336-2016-CDJE-PPES y el Informe N° 0254-2016-CDJE/PPE, del Procurador Público Adjunto Supranacional de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional; el Oficio N° 108-2016-JUS/ OGPP-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 089-2017-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de vistos el Procurador Público Especializado Supranacional informa que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha convocado al Estado peruano a la audiencia pública del Caso CDH-014-2015 Lagos del Campo vs. Perú y a la reunión previa a la celebración de dicha audiencia, en el marco del 117 Período Ordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a llevarse a cabo en la ciudad la ciudad de San José, República de Costa Rica, los días 06 y 07 de febrero de 2017; Que, de acuerdo a lo indicado por el Procurador Público Adjunto Supranacional, Iván Arturo Bazán Chacón, se requiere su participación y la participación de las señoras Sofía Janett Donaires Vega y Silvana Lucía Gómez Salazar, abogadas de dicha Procuraduría, para que actúen en representación del Estado peruano en la audiencia pública y reunión previa relativa al Caso CDH014-2015 Lagos del Campo vs. Perú; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de las diligencias antes mencionados, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor abogado Iván Arturo Bazán Chacón, Procurador Público Adjunto Supranacional y de las señoras Sofía Janett Donaires Vega y Silvana Lucía Gómez Salazar, abogadas de la mencionada Procuraduría, en la calidad de Agentes Alternos del Estado peruano, a efectos que participen en dichas diligencias en representación del Estado peruano; asimismo, por razones de itinerario es pertinente autorizar el presente viaje del 05 al 07 de febrero de 2017; Que, los gastos que generen dichos viajes serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0472002-PCM y sus modificatorias; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor abogado Iván Arturo Bazán Chacón, Procurador Público Adjunto Supranacional y de las señoras abogadas Sofía Janett Donaires Vega y Silvana Lucía Gómez Salazar, profesionales de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional, del 05 al 07 de febrero de 2017, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Iván Arturo Bazán Chacón, Procurador Público Adjunto Supranacional Pasajes US$ 1 416.03 Viáticos x 03 días US$ 945.00

Sofía Janett Donaires Vega, abogada de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional Pasajes US$ 1 416.03 Viáticos x 03 días US$ 945.00 Silvana Lucía Gómez Salazar, abogada de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional Pasajes US$ 1 416.03 Viáticos x 03 días US$ 945.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los profesionales citados en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1479054-1

RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en República Dominicana y Haiti
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 032-2017-RE Lima, 27 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N.° 445-2011RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Enrique Alejandro Palacios Reyes, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en República Dominicana; Que, mediante Resolución Ministerial N.° 0144-2012RE, se fijó el 1 de abril de 2012, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en República Dominicana; Que, mediante Resolución Suprema N.° 089-2013RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Enrique Alejandro Palacios Reyes, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Haití, con residencia en Santo Domingo, República Dominicana; De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Enrique Alejandro Palacios Reyes, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en República Dominicana. Artículo 2.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Enrique Alejandro Palacios Reyes, como Embajador

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