Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2017 (23/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Jueves 23 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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la lista de instituciones educativas focalizadas como núcleos de formación de la iniciativa pedagógica Talleres Deportivo-Recreativos; Que, mediante Oficio Nº 251-2017-MINEDU/ VMGP/DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 005-2017-MINEDU/ VMGP-DIGEBR-DEFID-ECB, a través del cual se sustenta la necesidad de modificar el anexo 03 de la referida Norma Técnica, debido a que aparece dos veces la institución educativa 22346 San Martín de Porras, ubicada en el distrito de Santiago del departamento de Ica; Que, asimismo en el referido informe se señala que la duplicidad antes descrita, altera la meta programada para la ejecución de la iniciativa pedagógica Talleres Deportivo-Recreativos, por lo que es preciso incorporar en el aludido anexo 03 a la institución educativa 22626 San Antonio de Padua, ubicada en el distrito y departamento de Ica; la misma que, según el aludido informe, cumple con los criterios establecidos en el sub numeral 6.3.3 del numeral 6.3 de las Normas para la implementación de los talleres complementarios de las iniciativas pedagógicas "EXPRESARTE", "ORQUESTANDO", y "TALLERES DEPORTIVORECREATIVOS, aprobadas por Resolución de Secretaría General Nº 015-2017-MINEDU; Que, de acuerdo al literal g) del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, la Ministra de Educación delega en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos en el ámbito de competencia del despacho ministerial; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación"; y las facultades delegadas por la Resolución Ministerial N° 002-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el anexo 03 de la Norma Técnica denominada "Normas para la implementación de los talleres complementarios de las iniciativas pedagógicas "EXPRESARTE", "ORQUESTANDO" y "TALLERES DEPORTIVO-RECREATIVOS", aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 015-2017-MINEDU, incorporando a una institución educativa conforme al siguiente detalle: "ANEXO 03: LISTA DE IIEE FOCALIZADAS COMO NÚCLEOS DE FORMACIÓN DE LA INICIATIVA PEDAGÓGICA TALLERES DEPORTIVORECREATIVOS
UNIDAD EJECU- DRE/ Código TORA UGEL Modular 300. EDUCACIÓN ICA Código de local Nombre del Centro Educativo

PRODUCE
Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas con cargo al PNICP, destinadas a cofinanciar los instrumentos "Fortalecimiento de Incubadoras", "Emprendedores Innovadores" y "Emprendedores Dinámico y de Alto Impacto"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 088-2017-PRODUCE Lima, 22 de febrero de 2017 VISTOS; el Memorando N° 008-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.UM, el Informe N° 013-2017-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ/UPEG, el Oficio N° 068-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE, el Informe N° 072-2017-PRODUCE/ OGPPM-OP, y el Memorando N° 84-2017-ORIDUCE/ OGPPM; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017, hasta por la suma de S/ 354 009 243,00; Que, mediante Decreto Supremo N° 157-2012EF se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 35 000 000,00), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Innovación para la competitividad"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad con el objetivo de impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; y se dispone la fusión por absorción de la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de la Producción; Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias financieras y las subvenciones mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, debiéndose contar con el Informe favorable previo de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces; precisando que dicha Resolución Ministerial se publica en el diario oficial El Peruano; Que, la Disposición Complementaria Final a que se refiere el considerando precedente, dispone que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para

PLIEGO 449.GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ICA

Distrito

22626 SAN UGEL 0286211 210507 ANTONIO DE ICA PADUA

ICA

"
Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS Secretario General 1489066-1

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