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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 (23/02/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Jueves 23 de febrero de 2017 / El Peruano Criterios generalesP1 Criterios especí fi cos P2 Asignación efi cienteTamaño de la brecha, distancia entre la brecha promedio nacional y la brecha territorial, entre otros. Inclusión socialNivel de pobreza, nivel socioeconómico, tamaño de la población, índice de desarrollo humano, zona de frontera, ámbito geográ fi co, entre otros. SostenibilidadCapacidad de fi nanciamiento de la operación y mantenimiento de proyectos, entre otros. … (Otros) … (Otros) Nota: P1: Ponderación de cada criterio general (valor de 1 al 100). Suma total de los ponderadores tiene que ser igual a 100. P2: Ponderación por cada criterio especí fi co (valor de 1 al 100). Suma total de los ponderadores asignados a cada criterio especí fi co según el criterio general donde se ubique, tiene que ser igual a 100. Luego de identi fi car los criterios de priorización, se procederá a ordenar los servicios públicos con brechas que serán atendidos con mayor preferencia, de acuerdo a la siguiente tabla: Tabla 2: Orden de prioridades por servicios públicos con brechas I.-Grupo de prioridad muy alta: Servicio público con brecha Orden 1 2 … n II.-Grupo de prioridad alta: Servicio público con brecha Orden 1 2 … n III.-Grupo de prioridad media: Servicio público con brecha Orden 12 … n Para el desarrollo de la tabla 2, considerar los siguientes pasos: Paso 1: Antes de programar una nueva inversión, se debe asegurar la culminación de los proyectos en ejecución, así como la operación y mantenimiento de los proyectos concluidos de modo que los bienes y/o servicios que generen estén a disposición de los bene fi ciarios en el tiempo previsto, tomando en cuenta lo establecido en el artículo 86° del TUO de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, así como de los compromisos asumidos mediante los contratos de concesión en el marco de las Asociaciones Público-Privadas (APP) y las Obras por Impuestos.Paso 2: Clasi fi car los servicios asociados con brechas en tres grupos, de acuerdo a los criterios de priorización defi nidos en la tabla N°1: - Grupo 1: Prioridad muy alta - Grupo 2: Prioridad alta - Grupo 3: Prioridad media En el Grupo 1 “Prioridad muy alta” se debe incluir como máximo la tercera parte de la cantidad total de servicios públicos con brechas detectadas. Paso 3: En cada grupo, ordenar de mayor a menor importancia relativa los servicios públicos con brechas detectadas, siendo uno el de mayor importancia y “n” el de menor. ANEXO N° 03 CRONOGRAMA DE REUNIONES Para efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 11.5 del artículo 11° del Reglamento, se establece el presente cronograma orientador: SECTORES FECHA AGRICULTURA Y RIEGOA los cinco días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. EDUCACIÓNA los cinco días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. ENERGÍA Y MINASA los seis días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. INTERIORA los seis días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. SALUDA los siete días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTOA los siete días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. AMBIENTEA los ocho días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. TRANSPORTES Y COMUNICACIONESA los ocho días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. PRODUCCIÓNA los nueve días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. CULTURAA los nueve días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. COMERCIO EXTERIOR Y TURISMOA los diez días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. DEFENSAA los diez días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. MINISTERIO PÚBLICOA los once días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOSA los once días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. PODER JUDICIALA los doce días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. MUJER Y POBLACIONES VULNERABLESA los doce días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIALA los trece días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. CONTRALORÍA GENERALA los trece días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROSA los catorce días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEOA los catorce días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. ECONOMÍA Y FINANZASA los catorce días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. RELACIONES EXTERIORESA los quince días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. DEFENSORÍA DEL PUEBLOA los quince días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. CONGRESO DE LA REPÚBLICAA los quince días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento. CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURAA los dieciséis días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del Reglamento.