Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2017 (23/02/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Jueves 23 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

41

Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como, otros seguros de riesgos humanos; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 656-PE-ESSALUD-2014, de fecha 31 de diciembre de 2014, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud ­ESSALUD, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 016-2012-TR que declaró en reorganización el Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, la misma que fue modificada por las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nro. 152, 222, 226 y 601-PE-ESSALUD-2015, siendo aprobado el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 767-PE-ESSALUD-2015 y sus modificatorias; Que mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 601-PE-ESSALUD-2015, de fecha 17 de setiembre de 2015, se aprueba el Modelo de Organización de la Gerencia de Red Desconcentrada, en el marco de lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria y Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva 656-PE-ESSALUD-2014, así como, los Reglamentos de Organización y Funciones de la Gerencia de Red Desconcentrada Almenara, Gerencia de Red Desconcentrada Rebagliati y la Gerencia de Red Desconcentrada Sabogal y demás disposiciones para su implementación; Que, ante la conformación de las Gerencias de Red Desconcentras precitadas, en el numeral 3 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 601-PE-ESSALUD-2015 se dispone la modificación de las Estructuras Orgánicas y de los Reglamentos de Organización y Funciones de la Red Asistencial Almenara, aprobados por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 545-PE-ESSALUD-2011, de la Red Asistencial Rebagliati, aprobados por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 546-PE-ESSALUD-2011 y de la ex Red Asistencial Sabogal, aprobados por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 368-PE-ESSALUD-2010 y modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 452-PE-ESSALUD-2013; quedando subsistentes la Micro Estructura del Hospital Nacional "Guillermo Almenara Irigoyen", la Micro Estructura del Hospital Nacional "Edgardo Rebagliati Martins" y la Micro Estructura del Hospital "Alberto Sabogal Sologuren", así como, los Reglamentos de Organización y Funciones modificados de las Redes Asistenciales respectivas hasta que se aprueben los correspondientes documentos de gestión de los Hospitales Nacionales, en virtud al numeral 5 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 656-PEESSALUD-2014; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 105-PE-ESSALUD-2016, de fecha 09 de febrero de 2016, y su modificatoria, Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 346-PE-ESSALUD-2016, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren; Que, de acuerdo a los literales c) y m) del artículo 36º del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 767-PE-ESSALUD-2015 y sus modificatorias, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto tiene la función de elaborar, proponer y evaluar las políticas, normas, metodologías y procedimientos relacionados con el planeamiento, el monitoreo y evaluación del desempeño institucional, el proceso presupuestario, la determinación de costos y tarifas, el diseño de la organización y procesos, el planeamiento y evaluación de la inversión, la obtención de información estadística, el análisis y estudios para el aprendizaje y generación de conocimientos que coadyuven al desarrollo y fortalecimiento institucional; así como formular, actualizar, evaluar y proponer el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de ESSALUD y órganos desconcentrados, el Mapa de Procesos, los Manuales de Procesos y Procedimientos (MPRO) y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de ESSALUD, en el marco de las normas que correspondan; Que, asimismo, en los literales d) y h) del artículo 45° del citado Texto Actualizado se establece que la

Gerencia de Organización y Procesos de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto tiene como función, entre otras, evaluar y emitir opinión técnica respecto a los requerimientos de modificación de la estructura, funciones y procesos propuestos por los órganos centrales y desconcentrados, así como, proponer los cambios organizacionales y normativos que permitan una optimización y flexibilización de la estructura orgánica de la Institución, así como los documentos de gestión institucional, que correspondan al ámbito de su competencia; Que, con Carta e Informe de Vistos, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto remite un proyecto de Resolución de Presidencia Ejecutiva que crea las Redes Prestacionales Rebagliati, Almenara y Sabogal como Órgano Desconcentrado, dependiente de la Gerencia General; y, establece las disposiciones para la aprobación de los respectivos Reglamentos de Organización y Funciones; Que, el Informe Técnico N° 014-GOP-GCPPESSALUD-2017, elaborado por la Gerencia de Organización y Procesos, señala que en el marco de los lineamientos impartidos por la Alta Dirección de ESSALUD, es necesario integrar la gestión del Hospital Nacional y de la Gerencia de Red Desconcentrada que operan en un mismo espacio geográfico bajo la conducción de una Red Prestacional que permita brindar a la población asegurada una atención integral en los diferentes niveles de atención, constituyéndose en un órgano desconcentrado dependiente de la Gerencia General, asimismo, se requiere inicialmente conformar las Redes Prestacionales en el departamento de Lima y la provincia Constitucional del Callao; Que, con Carta N° 434-GCAJ-ESSALUD-2017 e Informe N° 195-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2017 la Gerencia Central de Asesoría Jurídica manifiesta que la conformación de las Redes Prestacionales Rebagliati, Almenara y Sabogal; disponer, entre otros, que los ROF de las Redes Asistenciales Rebagliati y Almenara pasen a ser de los Hospitales Nacionales Edgardo Rebagliati Martins y Guillermo Almenara Irigoyen, respectivamente; y, que se establezcan disposiciones sobre los ROF de las Redes Asistenciales Rebagliati y Almenara, constituyen aspectos propuestos por la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de los lineamientos de gestión establecidos por la Alta Dirección y conforme a sus competencias establecidas en el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 767-PE-ESSALUD-2015 y sus modificatorias; por lo que su aprobación obedece a una decisión de gestión; Que, atendiendo a lo expuesto, resulta pertinente aprobar la creación de las Redes Prestacionales Rebagliati, Almenara y Sabogal, así como, las disposiciones para la aprobación de los respectivos Reglamentos de Organización y Funciones que permitan su operatividad; Que, de acuerdo a lo establecido en los incisos b), c) y d) del artículo 8° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), es competencia del Presidente Ejecutivo organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la institución, aprobar la Estructura Orgánica y Funcional de ESSALUD, así como su Reglamento de Organización y Funciones y los demás Reglamentos internos; Con los vistos de la Gerencia Central de Prestaciones de Salud, la Gerencia Central de Operaciones, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia Central de Gestión de las Personas, la Gerencia Central de Gestión Financiera y la Gerencia Central de Asesoría Jurídica; Estando a lo propuesto y en uso de las facultades conferidas; SE RESUELVE: 1. CONFORMAR la Red Prestacional Rebagliati, la Red Prestacional Almenara y la Red Prestacional Sabogal como Órganos Desconcentrados de ESSALUD que dependen de la Gerencia General y representan al Seguro

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.