Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2017 (23/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Jueves 23 de febrero de 2017 /

El Peruano

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
Aprueban versión actualizada de la Directiva "Tipología, Asistencia y Seguimiento de Actividades de Emergencia financiados en el marco del Decreto de Urgencia N° 0022017"
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 025-2017-INDECI 21 de febrero del 2017 VISTOS: El Memorándum N° 479-2017-INDECI/4.0 e Informe N° 013-2017-INDECI/4.0/ADM, de fecha 20 de febrero de 2017 de la Oficina General de Planificación y Presupuesto; el Memorándum N° 136-2017-INDECI/14.0 e Informe N° 005-2017-INDECI/14.0-JAL de fecha 20 de febrero de 2017, de la Dirección de Rehabilitación, y la Resolución Jefatural N° 017-2017-INDECI; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 002-2017, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 4 de febrero del 2017, y Fe de Erratas publicado el 9 de febrero del 2017, se dictan medias extraordinarias en materia económica y financiera para la atención inmediata de actividades de emergencias ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados que se hayan producido hasta el 30 de abril de 2017, en zonas declaradas en estado de emergencia; disponiendo a su vez, entre otros aspectos, que el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), mediante resolución de su titular, aprobará de resultar necesario, y en el marco de su respectiva competencia, disposiciones complementarias para la mejor aplicación de la medida extraordinaria; Que, mediante Resolución Jefatural N° 017-2017-INDECI, de fecha 15 de febrero de 2017, se aprobó la Directiva N° 001-2017-INDECI/14.0 "TIPOLOGÍA, ASISTENCIA Y SEGUIMIENTO DE ACTIVIDADES DE EMERGENCIA FINANCIADOS EN EL MARCO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 002-2017", el cual dispone medidas complementarias para la mejor aplicación de lo dispuesto en los artículos 1, 5 y 8 del Decreto de Urgencia N° 002-2017; Que, mediante los documentos de Vistos, de la Dirección de Rehabilitación se recomienda sustituir el encabezado del numeral 6.3, así como, los subnumerales 6.3.1, 6.3.2 y 6.3.3 y el numeral 6.4; y, la exclusión de los subnumerales 6.3.4 y 6.3.5; referidos a la asistencia técnica a los Gobiernos Locales, aprobando la versión actualizada de la Directiva "TIPOLOGÍA, ASISTENCIA Y SEGUIMIENTO DE ACTIVIDADES DE EMERGENCIA FINANCIADOS EN EL MARCO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 002-2017", a fin de concordar con las actuales acciones y procesos que el Ministerio de Economía y Finanzas ha emitido para la asignación de recursos económicos en el marco del Decreto de Urgencia N° 002-2017; la cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); Con la visación del Director de la Dirección de Rehabilitación, del Jefe de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 002-2017 Decreto de Urgencia que regula medidas para la atención de emergencias ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados durante el año 2017; en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Sustituir el encabezado del numeral 6.3, así como, los subnumerales 6.3.1, 6.3.2 y 6.3.3 y el numeral 6.4; y, excluir los subnumerales 6.3.4 y 6.3.5; referidos a la asistencia técnica a los Gobiernos Locales, de la Directiva N° 001-2017-INDECI/14.0 "TIPOLOGÍA, ASISTENCIA Y SEGUIMIENTO DE ACTIVIDADES DE EMERGENCIA FINANCIADOS EN EL MARCO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 002-2017", conforme al texto que en Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar la versión actualizada de la Directiva N° 001-2017-INDECI/14.0 "TIPOLOGÍA, ASISTENCIA Y SEGUIMIENTO DE ACTIVIDADES DE EMERGENCIA FINANCIADOS EN EL MARCO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 002-2017", cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- La versión actualizada de la Directiva N° 001-2017-INDECI/14.0 "TIPOLOGÍA, ASISTENCIA Y SEGUIMIENTO DE ACTIVIDADES DE EMERGENCIA FINANCIADOS EN EL MARCO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 002-2017", aprobado con la presente Resolución, entrará en vigencia en la fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano"; en la misma fecha se publicará en portal web institucional (www.indeci. gob.pe), el texto de la Directiva actualizada. Artículo 4.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada de la Resolución y de la Directiva actualizada, a la Dirección de Rehabilitación, Dirección de Respuesta, Direcciones Desconcentradas del INDECI, así como, versión escaneada de la presente Resolución y Directiva actualizada, vía electrónica a todas las unidades Orgánicas del INDECI, para su conocimiento y fines. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. ALBERTO MANUEL LOZADA FRÍAS Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil ANEXO Se sustituye el encabezado del numeral 6.3, así como, los subnumerales 6.3.1, 6.3.2 y 6.3.3 y el numeral 6.4; y se excluye los subnumerales 6.3.4 y 6.3.5; referidos a la asistencia técnica a los Gobiernos Locales, de la Directiva N° 001-2017-INDECI/14.0 "TIPOLOGÍA, ASISTENCIA Y SEGUIMIENTO DE ACTIVIDADES DE EMERGENCIA FINANCIADOS EN EL MARCO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 002-2017", conforme al siguiente texto. De la Asistencia Técnica a los gobiernos locales 6.3 Asistencia Técnica a los Gobiernos Locales 6.3.1 El INDECI brindará la asistencia técnica a los Gobiernos Locales para la Elaboración de la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN). 6.3.2 Los Gobiernos Locales remiten a la Dirección Desconcentrada del INDECI ­ DDI de su ámbito geográfico, la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades ­ EDAN (Formatos 1 y 2) debidamente firmada y visada por el Titular del Gobierno Local y registrada en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (SINPAD); excepcionalmente los Gobiernos Locales de la Región Lima podrán remitir directamente esta información a la Sede Central del INDECI. 6.3.3 El INDECI consolida la información de los Gobiernos Locales que han cumplido con remitir sus EDAN y registro SINPAD y lo publica en el Portal Web Institucional del INDECI. 6.4 Los Pliegos del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local comunican al INDECI las Actividades de Emergencia que se ejecutan en el marco del Decreto de Urgencia N° 002-2017, antes del inicio de las referidas actividades, con la finalidad que el INDECI realice el seguimiento. Las intervenciones deben estar sustentadas según el EDAN reportado y registrado en el SINPAD. 1488939-1

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