Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2017 (23/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Domingo 23 de julio de 2017 /

El Peruano

MSC.354 (92) de fecha 21 de junio de 2013 adoptó las enmiendas al Código IMSBC, las mismas que entraron en vigor a partir del 01 de enero de 2015; Que, el Código Marítimo Internacional de Cargas Sólidas a Granel (Código IMSBC) enmendado, establece en su artículo 4.3.2 sección 4, que cuando se transporten concentrados u otras cargas que puedan licuarse, el expedidor facilitará al capitán del buque o a su representante un certificado firmado del límite de humedad admisible a efectos de transporte (LHT), y una declaración o un certificado firmados del contenido de humedad, expedidos por una entidad reconocida por la autoridad competente del puerto de embarque; Que, asimismo el citado Código establece en su artículo 4.3.3 de la referida sección, que cuando se transporten concentrados u otras cargas que puedan licuarse, el expedidor establecerá procedimientos de muestreo, ensayo y control del contenido de humedad para garantizar que el contenido de humedad es inferior al LHT cuando la carga se encuentre a bordo del buque, teniendo en cuenta las disposiciones del presente código. La autoridad competente del puerto de embarque aprobará dichos procedimientos y verificará su implantación; Que, mediante Resolución Directoral Nº 12872014 MGP/DGCG de fecha 26 de diciembre del 2014, esta Autoridad Marítima dispuso que las empresas certificadoras del límite de humedad admisible a efectos de transporte (LHT) estén sujetas a registro de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, debiendo incluir adicionalmente los procedimientos y métodos de ensayos a realizar a las materias que se van a transportar; asimismo, dispuso que los certificados de registro tengan una vigencia hasta el 30 de junio del 2015, a fin de permitir que las empresas adecuen sus procedimientos a lo dispuesto en el Código IMSBC y a las directrices aprobadas por la Organización Marítima Internacional mediante Circular MSC.1/Circ. 1454 de fecha 09 de julio del 2013, la misma que tiene carácter obligatorio desde el 01 de enero del 2015; Que mediante Circular MSC.1/Circ.1454/Rev.1 de fecha 15 de julio del 2015 el Comité de Seguridad Marítima de la OMI en su 92º período de sesiones aprobó las Directrices para elaborar y aprobar procedimientos de muestreo, ensayo y control del contenido de humedad de las cargas sólidas a granel que pueden licuarse, las mismas que entran en vigor el 1 de enero del 2017; Que, la Organización Marítima Internacional (OMI) mediante circular BC.1/CIRC.68 de fecha 30 de setiembre de 2011 y la Circular BC.1/Circ.72 de fecha 1 de octubre del 2014, reconoce a la Autoridad Marítima Nacional como Autoridad Nacional competente, responsable de las materias relacionadas con el Código IMSBC, por lo que es competente para emitir las disposiciones complementarias a fin de dar cumplimiento a la normativa internacional; Que, es necesario establecer los lineamientos para la expedición del documento de aprobación de los procedimientos de muestreo, ensayo y control de la humedad de las cargas sólidas a granel que pueden licuarse, con la finalidad que se garantice que el contenido de humedad de la carga sea inferior al límite de humedad admisible a efectos de transporte (LHT) y controlar dicho contenido de humedad hasta que la carga se encuentre a bordo del buque, cumpliendo con los estándares de seguridad y calidad exigidos por la Organización Marítima Internacional ­ OMI, mediante Resolución MSC.354 (92) de fecha 21 de junio de 2013, que adoptó las enmiendas al Código IMSBC que entraron en vigor el 01 de enero de 2015; De conformidad con lo propuesto por el Director de Control de Actividades Acuáticas, a lo opinado por el Director de Asuntos Legales y el Jefe de la Oficina de Adecuación Normativa, y a lo recomendado por el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la prepublicación en el Portal Electrónico de la Autoridad Marítima Nacional http://www.dicapi.mil.pe en la fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", el Proyecto de

Resolución Directoral que aprueba la "Norma para el Registro de Empresas que Certifican el Límite de Humedad Admisible a Efectos de Transporte (LHT) y la Aprobación de los Procedimientos de Muestreo, Ensayo y Control de la Humedad de las Cargas Sólidas a Granel que pueden Licuarse", durante el plazo de treinta días calendarios, para conocimiento, opiniones y recomendaciones por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil; así como, de las personas interesadas e involucradas. Artículo 2º.- Los Directores de Control de Actividades Acuáticas y Normativa quedan encargados de recibir, procesar, evaluar e incluir, de ser el caso, las diversas opiniones y recomendaciones que se reciban acerca del proyecto de Resolución Directoral que aprueba la "Norma para el Registro de Empresas que Certifican el Límite de Humedad Admisible a Efectos de Transporte (LHT) y Aprobación de los Procedimientos de Muestreo, Ensayo y Control de la Humedad de las Cargas Sólidas a Granel que puedan Licuarse", al que se refiere el artículo anterior, para posteriormente elaborar el texto definitivo del citado documento; las propuestas y opiniones serán remitidas mediante el Formato que como anexo forma parte de la presente resolución, vía oficio en forma física o en forma digital a los siguientes correos electrónicos: dicacontrol@ dicapi.mil.pe y adecunorma@dicapi.mil.pe. Regístrese y comuníquese como Documento Oficial Público (D.O.P.) MANUEL VASCONES MOREY Director General de Capitanías y Guardacostas 1546894-1

EDUCACION
Autorizan viaje de integrantes de Delegación Peruana designadas mediante R.M. Nº 402-2017-MINEDU a Japón, para participar en la Competencia Internacional RoboCup 2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 423-2017-MINEDU Lima, 21 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Cartas de fecha 31 de mayo de 2017, el Presidente del Comité Ejecutivo de Trabajo de RoboCup 2017 cursó invitación a cuatro (04) estudiantes y dos (02) profesoras de la Institución Educativa Nuestra Señora de la Asunción de Arequipa para participar del evento RoboCup 2017, que se desarrollará en la ciudad de Nagoya, Estado de Japón, del 27 al 31 de julio de 2017; Que, RoboCup es un proyecto propuesto por los investigadores japoneses usando el tema del fútbol jugado por robots móviles autónomos para la fusión de la ingeniería de robot, la inteligencia artificial y el desarrollo. Se trata de un proyecto histórico con el fin de promover la investigación sobre inteligencia artificial hacia el sueño de establecer un equipo autónomo de robots que pueda vencer al equipo de fútbol campeón del mundo del año 2050, y difundirlo como tecnología básica en varios campos; Que, el objetivo de este proyecto es usarlo como un vehículo para promover la robótica y la investigación, ofreciendo un desafío públicamente atractivo. Una de las maneras eficaces de promover la investigación de la ciencia y de la ingeniería es fijar una meta desafiante de largo plazo. En el presente caso, construir un robot que juega al fútbol no generará por sí mismo un impacto social y económico significativo, pero el logro será ciertamente considerado muy importante para el campo de la ciencia y la ingeniería;

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