Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2017 (23/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Domingo 23 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje de funcionario diplomático a la República Checa, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0524/RE-2017 Lima, 20 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, el Perú es miembro del Consejo de Administradores de Programas Antárticos Nacionales (COMNAP), asociación internacional que reúne a los Programas Nacionales Antárticos, quienes tienen la responsabilidad en nombre de sus gobiernos, de brindar las facilidades y el apoyo a la investigación científica bajo el ámbito de aplicación del Tratado Antártico y los principios, objetivos y espíritu de dicho instrumento internacional; Que, la XXIX Reunión Anual del Consejo de Administradores de Programas Antárticos Nacionales (COMNAP), se realizará en la ciudad de Brno, República Checa, del 31 de julio al 2 de agosto de 2017; Que, se considera necesaria la participación del Perú en la citada reunión, a fin de informar los resultados ante la XXVIII Reunión de Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos (RAPAL), a realizarse del 9 al 12 de octubre de 2017, en la ciudad de Lima, Perú; Que, se estima necesaria la participación del Director General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a fin de dar debido seguimiento diplomático y político del tema; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 2219, del Despacho Viceministerial, de 13 de julio de 2017; la Memoranda (DSL) N.° DSL00375/2017, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 11 de julio de 2017; y (OPR) N.° OPR00212/2017, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 18 de julio de 2017, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y, la Ley N.º 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Roberto Hernán Seminario Portocarrero, Director General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a la ciudad de Brno, República Checa, para participar del 31 de julio al 2 de agosto 2017, en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes aéreos US$ 2,775.00 Viáticos Número Total viáticos por día de días US$ US$ 540.00 3+2 2,700.00

diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1546647-2

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viajes de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Colombia, Canadá y EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 680-2017 MTC/01.02 Lima, 20 de julio de 2017 VISTOS: La Carta HLS.0162.17-GOP del 20 de junio de 2017 de la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A., el Informe Nº 554-2017-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 344-2017-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan las autorizaciones de viajes de servidores y funcionarios públicos; Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en el numeral 10.1 de su artículo 10, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia, de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A., ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, una solicitud para realizar el chequeo técnico de verificación de competencia en simulador de vuelo, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos;

Nombres y Apellidos Roberto Hernán Seminario Portocarrero

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario

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