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7 NORMAS LEGALES Domingo 23 de julio de 2017 El Peruano / Autorizan viaje de funcionario diplomático a la República Checa, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0524/RE-2017 Lima, 20 de julio de 2017CONSIDERANDO:Que, el Perú es miembro del Consejo de Administradores de Programas Antárticos Nacionales (COMNAP), asociación internacional que reúne a los Programas Nacionales Antárticos, quienes tienen la responsabilidad en nombre de sus gobiernos, de brindar las facilidades y el apoyo a la investigación cientí fi ca bajo el ámbito de aplicación del Tratado Antártico y los principios, objetivos y espíritu de dicho instrumento internacional; Que, la XXIX Reunión Anual del Consejo de Administradores de Programas Antárticos Nacionales (COMNAP), se realizará en la ciudad de Brno, República Checa, del 31 de julio al 2 de agosto de 2017; Que, se considera necesaria la participación del Perú en la citada reunión, a fi n de informar los resultados ante la XXVIII Reunión de Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos (RAPAL), a realizarse del 9 al 12 de octubre de 2017, en la ciudad de Lima, Perú; Que, se estima necesaria la participación del Director General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a fi n de dar debido seguimiento diplomático y político del tema; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 2219, del Despacho Viceministerial, de 13 de julio de 2017; la Memoranda (DSL) N.° DSL00375/2017, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 11 de julio de 2017; y (OPR) N.° OPR00212/2017, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 18 de julio de 2017, que otorga la certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modi fi catorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y, la Ley N.º 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Roberto Hernán Seminario Portocarrero, Director General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a la ciudad de Brno, República Checa, para participar del 31 de julio al 2 de agosto 2017, en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$ Roberto Hernán Seminario Portocarrero2,775.00 540.00 3 + 2 2,700.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1546647-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viajes de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Colombia, Canadá y EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 680-2017 MTC/01.02 Lima, 20 de julio de 2017VISTOS: La Carta HLS.0162.17-GOP del 20 de junio de 2017 de la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A., el Informe Nº 554-2017-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 344-2017-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan las autorizaciones de viajes de servidores y funcionarios públicos; Que, la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en el numeral 10.1 de su artículo 10, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia, de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A., ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, una solicitud para realizar el chequeo técnico de veri fi cación de competencia en simulador de vuelo, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modi fi catorias; Que, asimismo, la citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se re fi ere el considerando anterior, ante la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos;