Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2017 (06/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Martes 6 de junio de 2017 /

El Peruano

resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Víctor Aníbal Sánchez Aguilar, Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), así como del señor Luis Francisco Calle Rosasco, servidor del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), designado como punto focal ante la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE); a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, a fin que participen en el citado evento; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos son asumidos con el Presupuesto Institucional del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619 - Ley que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y su modificatoria; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Víctor Aníbal Sánchez Aguilar, Jefe (e) del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), y del señor Luis Francisco Calle Rosasco, servidor del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), designado como punto focal del INEI ante la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), del 19 al 23 de junio de 2017, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial son cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), de acuerdo al detalle siguiente:
Pasajes en US$ 2,105.00 2,105.00 Viáticos Total de por día en días US$ 540 540 2+1 2+1 Total de viáticos en US$ 1,620.00 1,620.00

CONSIDERANDO: Que, conforme el artículo 17 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, la Autoridad Nacional del Agua cuenta con órganos desconcentrados denominados Autoridades Administrativas del Agua, con los que ejerce presencia a nivel nacional; Que, según el inciso 23.1 del artículo 23 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas de las Autoridades Administrativas del Agua que administran los recursos hídricos y sus bienes asociados; cuyos ámbitos territoriales son aprobados mediante resolución jefatural; Que, la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra - Chincha con código II, está conformada por seis (6) Administraciones Locales de Agua: Chaparra - Acarí, Grande, Ica, Río Seco, Pisco y San Juan; conforme es de verse en las Resoluciones Jefaturales N° 188-2010-ANA, 265-2010-ANA y 507-2011-ANA; Que, con Oficio N° 213-2017-ANA-AAA-CH.CH-D la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra -Chincha solicita la creación de la oficina de enlace Chala, indicando que permitirá la oportuna atención a los usuarios de los recursos hídricos de la cuenca de los ríos Chala, Chaparra y la microcuenca de Atiquipa; Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos con Informe Técnico N° 007-2017-ANADCPRH-GRH/GSB concluye que técnicamente se encuentra justificada la creación de la oficina de enlace Chala toda vez que contribuirá a mejorar la gestión de los recursos hídricos en ese ámbito; Que, las Oficinas de Administración, Planeamiento y Presupuesto y Asesoría Jurídica a través de los Memorandos N° 1079-2017-ANA-OA y 588-2017-ANA-OPP/UP y el Informe Legal N° 1050-2017-ANA-OAJ, opinan favorablemente a la creación de la oficina de enlace Chala en el ámbito de la Administración Local de Agua Chaparra - Acarí; Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos con el visto de la Secretaría General, Oficina de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica, así como de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación de la Oficina de Enlace Aprobar la creación de la Oficina de Enlace Chala en el ámbito de la Administración Local de Agua Chaparra Acarí de la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra Chincha. Artículo 2.- Implementación La implementación de la Oficina de Enlace creada mediante el artículo precedente se encuentra sujeta a la disponibilidad presupuestal. Artículo 3.- Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional: www. ana.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1528816-1

Nombres y apellidos Víctor Aníbal Sánchez Aguilar Luis Francisco Calle Rosasco

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas cuyo viaje se autoriza deben presentar ante su Institución, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1529233-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban la creación de la Oficina de Enlace Chala en el ámbito de la Administración Local de Agua Chaparra - Acarí de la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra - Chincha
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 142-2017-ANA Lima, 5 de junio de 2017

Actualizan el valor al estado natural (VEN) del musgo contendio en Anexo 2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 171-2016-SERFOR-DE
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 141-2017-SERFOR-DE Lima, 1 de junio de 2017

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