Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2017 (06/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Martes 6 de junio de 2017
N° NOMBRE DEL PROYECTO CODIGO SNIP (CÓDIGO UNIFICADO) 322333 (2281041)

NORMAS LEGALES
MONTO DE INVERSIÓN (S/)

13

MEJORAMIENTO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIO 22 EDUCATIVO EN LA I.E. DEL NIVEL SECUNDARIA SAN CARLOS, DISTRITO DE COMAS­LIMA­LIMA CREACION DEL SERVICIO EDUCATIVO ESPECIALIZADO PARA ALUMNOS DEL SEGUNDO GRADO DE SECUNDARIA DE 23 EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR CON ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO DE LA REGION PIURA CREACION DEL SERVICIO EDUCATIVO ESPECIALIZADO PARA ALUMNOS DE SEGUNDO GRADO DE SECUNDARIA DE 24 EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR CON ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO DE LA REGIÓN LAMBAYEQUE CREACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO ESPECIALIZADO PARA ALUMNOS DEL 2DO GRADO 25 DE SECUNDARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR CON ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO DE LA REGIÓN DE LORETO AMPLIACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DE NIVEL INICIAL ESCOLARIZADO EN LA I.E. N 7034 26 ENRIQUE NERINI COLLAZOS, EN EL DISTRITO DE CHORRILLOS, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA TOTAL

de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Flamenco ­ S.E. Poroma, presentada por Enel Green Power Perú S.A. (en adelante, ENEL); y, el Informe N° 163-2017-MEM/DGE-DCE; CONSIDERANDO: Que, ENEL y el Ministerio de Energía y Minas suscriben el Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrica Interconectado Nacional (en adelante, el Contrato de Suministro), por el proyecto Central Eólica Parque Nazca. En el Anexo N° 1 del Contrato de Suministro se especifica que la barra de conexión de la referida central eólica es la S.E. Poroma 220 kV; Que, mediante documento N° EGP-PERf 228-2016 con Registro N° 2637501 de fecha 7 de setiembre de 2016, ENEL solicita la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Flamenco ­ S.E. Poroma, ubicado en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, cuyas coordenadas UTM (WGS 84) figuran en el Expediente; Que, mediante Resolución Directoral N° 048-2015MEM/DGAAE de fecha 10 de febrero de 2015, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas aprueba el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto "Parque Eólico Nazca y su Interconexión al SEIN", ubicado en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica; Que, asimismo, mediante Resolución Directoral N° 026-2016-SENACE/DCA de fecha 27 de mayo de 2016, la Dirección de Certificación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles ­ SENACE otorga su conformidad al "Informe Técnico Sustentatorio del Parque Eólico Nazca y su Interconexión al SEIN", presentado por ENEL; Que, la solicitud se encuentra amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 28 de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad (e) y el visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de Enel Green Power Perú S.A., la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Flamenco ­ S.E. Poroma ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:
Salida/Llegada de la Línea de Transmisión S.E. FLAMENCO ­ S.E. POROMA Tensión (kV) 220 N° de Ternas 01 Longitud Ancho de Faja de Servidumbre que (km) corresponde (m) 0,685 25

10 207 880.00

348663 (2311453)

65,693,400.00

356151 (2319179)

60 402 880.00

359582 (2322659)

71 441 094.00

330935 (2289335)

2 226 789.00

413 582 193.28

Artículo 2.- REMITIR la presente Resolución Ministerial a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, a efecto que publique la lista de proyectos priorizados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, aprobado por Decreto Supremo N° 036-2017-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1529232-3

ENERGIA Y MINAS
Otorgan a favor de Enel Green Power Perú S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Flamenco - S.E. Poroma ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 228-2017-MEM/DM Lima, 1 de junio de 2017 VISTOS: El Expediente N° 14374716 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 498-2017 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Enel Green Power Perú S.A., el cual consta de 19 cláusulas y 03 anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad (e), o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente.

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