TEXTO PAGINA: 13
13 NORMAS LEGALES Martes 6 de junio de 2017 El Peruano / N° NOMBRE DEL PROYECTOCODIGO SNIP (CÓDIGO UNIFICADO) MONTO DE INVERSIÓN (S/) 22MEJORAMIENTO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIO EDUCATIVO EN LA I.E. DEL NIVEL SECUNDARIA SAN CARLOS, DISTRITO DE COMAS–LIMA–LIMA 322333 (2281041)10 207 880.00 23CREACION DEL SERVICIO EDUCATIVO ESPECIALIZADO PARA ALUMNOS DEL SEGUNDO GRADO DE SECUNDARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR CON ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO DE LA REGION PIURA 348663 (2311453) 65,693,400.00 24CREACION DEL SERVICIO EDUCATIVO ESPECIALIZADO PARA ALUMNOS DE SEGUNDO GRADO DE SECUNDARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR CON ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO DE LA REGIÓN LAMBAYEQUE 356151 (2319179)60 402 880.00 25CREACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO ESPECIALIZADO PARA ALUMNOS DEL 2DO GRADO DE SECUNDARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR CON ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO DE LA REGIÓN DE LORETO359582 (2322659)71 441 094.00 26AMPLIACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO DE NIVEL INICIAL ESCOLARIZADO EN LA I.E. N 7034 ENRIQUE NERINI COLLAZOS, EN EL DISTRITO DE CHORRILLOS, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA 330935 (2289335)2 226 789.00 TOTAL 413 582 193.28 Artículo 2.- REMITIR la presente Resolución Ministerial a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, a efecto que publique la lista de proyectos priorizados, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y del artículo 17 de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, aprobado por Decreto Supremo N° 036-2017-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1529232-3 ENERGIA Y MINAS Otorgan a favor de Enel Green Power Perú S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Flamenco - S.E. Poroma ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 228-2017-MEM/DM Lima, 1 de junio de 2017VISTOS: El Expediente N° 14374716 sobre la solicitud de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Flamenco – S.E. Poroma, presentada por Enel Green Power Perú S.A. (en adelante, ENEL); y, el Informe N° 163-2017-MEM/DGE-DCE; CONSIDERANDO:Que, ENEL y el Ministerio de Energía y Minas suscriben el Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrica Interconectado Nacional (en adelante, el Contrato de Suministro), por el proyecto Central Eólica Parque Nazca. En el Anexo N° 1 del Contrato de Suministro se especi fi ca que la barra de conexión de la referida central eólica es la S.E. Poroma 220 kV; Que, mediante documento N° EGP-PERf 228-2016 con Registro N° 2637501 de fecha 7 de setiembre de 2016, ENEL solicita la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Flamenco – S.E. Poroma, ubicado en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, cuyas coordenadas UTM (WGS 84) fi guran en el Expediente; Que, mediante Resolución Directoral N° 048-2015- MEM/DGAAE de fecha 10 de febrero de 2015, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas aprueba el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Parque Eólico Nazca y su Interconexión al SEIN”, ubicado en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica; Que, asimismo, mediante Resolución Directoral N° 026-2016-SENACE/DCA de fecha 27 de mayo de 2016, la Dirección de Certi fi cación Ambiental del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – SENACE otorga su conformidad al “Informe Técnico Sustentatorio del Parque Eólico Nazca y su Interconexión al SEIN”, presentado por ENEL; Que, la solicitud se encuentra amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 28 de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad (e) y el visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de Enel Green Power Perú S.A., la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Flamenco – S.E. Poroma ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida/Llegada de la Línea de TransmisiónTensión (kV)N° de TernasLongitud (km)Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) S.E. FLAMENCO – S.E. POROMA220 01 0,685 25 Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 498-2017 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Enel Green Power Perú S.A., el cual consta de 19 cláusulas y 03 anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad (e), o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente.