Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2017 (03/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Viernes 3 de marzo de 2017 /

El Peruano

II del Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1492504-3

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Designan Sub Directora de la Sub Dirección de Prevención del Consumo de Drogas de la Dirección de Asuntos Técnicos de DEVIDA
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 030-2017-DV-PE Lima, 2 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM publicado el 05 de julio de 2014, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA; el cual establece la estructura orgánica y funcional de la Entidad; Que, el literal n) del artículo 10° del mencionado Reglamento de Organización y Funciones establece que corresponde a la Presidencia Ejecutiva la designación de los servidores de confianza de DEVIDA; Que, por Resolución Ministerial N° 293-2014-PCM, publicada el 13 de diciembre de 2014, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas ­ DEVIDA, el cual fue reordenado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 006-2017-DV-PE de fecha 16 de enero de 2017; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 004-2017-DV-SG, del 18 de enero de 2017, se renovó el encargo de funciones de la Sub Dirección de Prevención del Consumo de Drogas de la Dirección de Asuntos Técnicos a la servidora Martha Beatriz García García, contratada bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728; Que, conforme a las funciones de la Presidencia Ejecutiva asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad antes señalado, resulta necesario dar por concluida la encargatura de las funciones de la Sub Dirección de Prevención del Consumo de Drogas de la Dirección de Asuntos Técnicos a la señora Martha Beatriz García García y designar en el citado cargo a la señora Mónica Patricia Ochoa Navarro; Con los visados de la Unidad de Recursos Humanos, la Oficina General de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; el Reglamento de Organización de Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM; la Resolución Ministerial N° 2932014-PCM, que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 006-2017-DV-PE, que aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional.

Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDA la encargatura de las funciones de la Sub Dirección de Prevención del Consumo de Drogas de la Dirección de Asuntos Técnicos a la señora MARTHA BEATRIZ GARCÍA GARCÍA. Artículo 2°.- DESIGNAR a la señora MONICA PATRICIA OCHOA NAVARRO en el cargo de confianza de Sub Directora de la Sub Dirección de Prevención del Consumo de Drogas de la Dirección de Asuntos Técnicos, con Código N° 01207022 de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. CARMEN MASÍAS CLAUX Presidenta Ejecutiva 1492232-1

Autorizan transferencias financieras a favor de diversas Entidades Ejecutoras, para financiar proyectos y actividades
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 031-2017-DV-PE Lima, 2 de marzo de 2017 VISTO: El Memorándum N° 0050-2017-DV-DATE-PTCD del 15 de febrero de 2017, mediante el cual la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas ­ PTCD", remite el Anexo N° 01 que detalla la relación de actividades, entidades ejecutoras e importes a ser transferidos; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vi) del inciso a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: " Programa Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas PTCD", y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú - GIECOD", precisándose en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud del numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, precisando que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera;

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