TEXTO PAGINA: 29
29 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de marzo de 2017 El Peruano / Que al haberse producido el traslado de los referidos trabajadores a distintas unidades organizacionales, se ha estimado conveniente dejar sin efecto sus designaciones como Fedatarios Administrativos Titulares de la citada Intendencia; En uso de la facultad conferida en el inciso j) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Dejar sin efecto las designaciones como Fedatarios Administrativos Titulares de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, efectuadas mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas Nº 050-2014-SUNAT/800000, a los trabajadores que a continuación se indican: Fedatarios Administrativos Titulares- MAVEL PAULA ALLPAS CARTULIN - JENNY ROSA PASSARO SANDUMBI- EDGAR RUIZ CHAVEZ Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO MANUEL TAPIA ALVARADO Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas 1493537-1 Dejan sin efecto designaciones y designan Fedatarios Administrativos Titular y Alterno de la Intendencia de Aduana de Tarapoto RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Nº 028-2017-SUNAT/800000 Lima, 6 de marzo de 2017CONSIDERANDO:Que el artículo 127° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar la fi delidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 134-2014/SUNAT y Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas Nº 010-2015-SUNAT/800000, se designaron, entre otros, a los trabajadores Lidia Analí Santillán Villarreal y Martha Elizabeth Regalado Vásquez, como Fedatarios Administrativos Titular y Alterno, respectivamente, de la Intendencia de Aduana de Tarapoto; Que por convenir al servicio, se ha estimado conveniente dejar sin efecto las designaciones de los trabajadores a que se re fi ere el considerando precedente y proceder a designar a los trabajadores que ejercerán la función de Fedatarios Administrativos Titular y Alterno de la Intendencia de Aduana de Tarapoto; En uso de la facultad conferida en el inciso j) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Dejar sin efecto las designaciones como Fedatarios Administrativos Titular y Alterno de la Intendencia de Aduana de Tarapoto, efectuadas mediante Resolución de Superintendencia Nº 134-2014/SUNAT y Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas Nº 010-2015-SUNAT/800000, a los trabajadores que a continuación se indican: Fedatario Administrativo Titular- LIDIA ANALI SANTILLAN VILLARREALFedatario Administrativo Alterno- MARTHA ELIZABETH REGALADO VASQUEZArtículo 2°.- Designar como Fedatarios Administrativos Titular y Alterno de la Intendencia de Aduana de Tarapoto, a los trabajadores que a continuación se indican: Fedatario Administrativo Titular- HITLER ROSILLO VALLEJOSFedatario Administrativo Alterno- SEGUNDO WILBER CANALES LOPEZRegístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO MANUEL TAPIA ALVARADO Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas 1493538-1 Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Loreto (Se publica la presente Resolución de Intendencia de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, solicitado mediante O fi cio Nº 68-2017-SUNAT/1M2100, recibido el 6 de marzo de 2017) INTENDENCIA REGIONAL LORETO RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 121-024-0000787/SUNAT Punchana, 14 de julio del 2014 CONSIDERANDO: Que, es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliares Coactivos y designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional adjunta Operativa N°