Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2017 (08/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Miércoles 8 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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General de la República y a la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento SEDAM HUANCAYO Sociedad Anónima ­ EPS SEDAM HUANCAYO S.A., para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1494024-1

Perú 2017 - 2021" y el "Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú"; y en uso de la atribución conferida en el literal r) del artículo 11 del Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al/a la Supervisor(a) de Tecnologías de la Información de la Oficina de Administración y Finanzas como responsable de registrar y actualizar la información de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN en el Portal Nacional de Datos Abiertos. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al/a la servidor(a) designado(a) en el artículo 1 de la presente Resolución, así como a la Oficina de Administración y Finanzas en el ámbito del Sistema Administrativo de Personal, para los fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.sbn.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS PAIRAZAMAN TORRES Superintendente Superintendencia Nacional de Bienes Estatales 1493451-1

ORGANISMOS EJECUTORES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Designan al/a la Supervisor(a) de Tecnologías de la Información de la Oficina de Administración y Finanzas como responsable de registrar y actualizar la información de la SBN en el Portal Nacional de Datos Abiertos
RESOLUCIÓN Nº 020-2017/SBN San Isidro, 3 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo N° 016-2017-PCM a través de los artículos 1 y 6 aprueba la "Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales 2017 - 2021" y el "Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú", así como crea el Portal Nacional de Datos Abiertos como el sistema informático que facilita el acceso al Catálogo Nacional de los Datos Abiertos de la Administración Pública, cuya administración está a cargo de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, respectivamente; Que, el artículo 7 del citado dispositivo legal establece que las entidades públicas que cuenten con Datos Abiertos deben efectuar su registro en el Portal Nacional de Datos Abiertos creado mediante el presente decreto supremo, adecuándose a la "Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales 2017 - 2021" y al "Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú", en lo que corresponda. Asimismo, dicho articulado expresa que el Portal Nacional de Datos Abiertos puede ser complementado con otras fuentes de información en datos abiertos proporcionados por la ciudadanía, de organizaciones de la sociedad civil, del sector privado, la academia y de organismos cooperantes, para contribuir a los objetivos señalados en la Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales, conforme a los lineamientos técnicos que establezca la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el artículo 8 de la referida norma establece que las entidades públicas designan a la persona responsable de registrar y actualizar la información del Portal Nacional de Datos Abiertos, pudiendo ser el/la funcionario/a designado/a para el Portal de Transparencia Estándar, y se debe seguir el mismo procedimiento de registro utilizado para dicha plataforma informática; Que, de acuerdo a la normativa antes referida, corresponde designar al responsable de registrar y actualizar la información de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN en el Portal Nacional de Datos Abiertos; Con el visado de la Oficina de Asesoría Jurídica, la Secretaría General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 016-2017-PCM, que aprueba la "Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales del

Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos, ubicados en el departamento de Moquegua
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0143-2017/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 3 de marzo de 2017 Visto el Expediente N° 1193-2016/SBN-SDAPE, correspondiente al procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado del terreno eriazo de 1 389,31 m², ubicado al Norte del cerro La Laja, altura del kilómetro Nº 1 142 margen derecho de la carretera Panamericana sur, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno 1 389,31 m², ubicado al Norte del cerro La Laja, altura del kilómetro Nº 1 142 margen derecho de la carretera Panamericana sur, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua, que se encontraría sin inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna, remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 27 de octubre de 2016, elaborado sobre la base del Informe Técnico

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