Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2017 (08/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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Operaciones Oficiales de Crédito TOTAL INGRESOS EGRESOS Gastos Corrientes Gastos de Capital Servicio de la Deuda TOTAL EGRESOS

NORMAS LEGALES
2 110 908,00 --------------------128 211 110,00 ============ En Soles 87 389 967,00 40 402 217,00 418 926,00 --------------------128 211 110,00 ============

Miércoles 8 de marzo de 2017 /

El Peruano

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del Ministerio de Salud
DECRETO SUPREMO Nº 045-2017-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a Nivel Nacional, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política nacional de Salud y es la máxima autoridad en materia de salud; su finalidad es la promoción de la salud, la prevención de enfermedades, la recuperación de la salud y la rehabilitación en salud de la población; conforme lo establece la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; Que, mediante Ley N° 30526, Ley que desactiva el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, se desactiva el pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud y se deroga el Decreto Legislativo N° 1167; asimismo, establece en el artículo 2 de la citada Ley, que el Ministerio de Salud asume las competencias y funciones del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, garantizando la continuidad de la prestación de los servicios de salud que correspondan; Que el numeral 2.2 del artículo 2 de la Ley N° 30526, dispone que en un plazo de noventa días calendario, contados a partir de la vigencia de la referida Ley, el Ministerio de Salud emite la Resolución Ministerial para determinar los órganos a los cuales se transfieren las competencias, funciones, presupuesto, recursos, acervo documentario y bienes del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, estableciéndose, que dentro de este mismo plazo, también culmina el proceso de transferencia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 974-2016/ MINSA se dispone el inicio del proceso de transferencia de competencias, funciones, presupuesto, recursos, acervo documentario y bienes del Instituto de Gestión de Servicios de Salud al Ministerio de Salud y conforman la Comisión de Transferencia, en el marco de lo dispuesto en el numeral 2.2 del artículo 2 de la Ley N° 30526; Que, mediante Oficio N° 257-2017-J/IGSS el Jefe Institucional del pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud remite al Ministerio de Salud, el Informe N° 048-2017-UP-OPP/IGSS donde se establecen los saldos presupuestarios no ejecutados para la Transferencia de Partidas a favor del pliego Ministerio de Salud; Que, mediante el Informe N° 081-2017-OGPPMOPF/MINSA la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, determina los saldos a ser transferidos y propone una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, a favor del pliego 011: Ministerio de Salud, como parte de la transferencia de recursos que corresponden a las actividades y funciones que desarrollan las Unidades Ejecutoras del pliego 137 Instituto de Gestión de Servicios de Salud, hasta por el monto de DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 2 568 764 005,00) en el marco de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N° 30526, Ley que desactiva el Instituto de Gestión de Servicios de Salud; en virtud de lo cual, a través del Oficio N° 790-2017-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, la Décima Tercera Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece

Artículo 2.- Desagregado del Presupuesto Consolidado El desagregado de los montos aprobados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se detalla en los Anexos que forman parte de esta norma legal, los cuales son publicados en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob. pe), de acuerdo a lo siguiente: Descripción Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento y Genérica del Gasto Distribución del Ingreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto ­ Recursos Públicos Anexo

Anexo Nº I

Anexo N° II

Anexo Nº III

Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto ­ Recursos Directamente Recaudados Anexo Nº III-1 Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto ­ Anexo Nº III-2 Donaciones y Transferencias Distribución del Egreso de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Genérica del Gasto ­ Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Anexo Nº III-3 Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas
1494782-1

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