Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2017 (01/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Lunes 1 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1514995-8

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Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, a su solicitud en forma escrita; Que, el pase a la situación de retiro, a su solicitud en forma escrita, se hará efectiva mediante Resolución Suprema; Que, la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Lucía Cristina Trindade Díaz de Buitrón, no está incurso en lo establecido por el artículo 49 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1302003-RE; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro, a su solicitud en forma escrita, a la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Lucía Cristina Trindade Díaz de Buitrón, a partir del 1 de agosto de 2017. Artículo 2.- Dar las gracias a la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Lucía Cristina Trindade Díaz de Buitrón, por los servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1514995-7

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Otorgan, de manera póstuma, la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de "Comendador"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2017-TR Lima, 28 de abril de 2017 VISTO: El Informe N° 001-2017-MTPE/1/23 del Secretario del Consejo de la Orden de Trabajo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 1 del Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, la condecoración de la Orden del Trabajo es el más alto reconocimiento que la Nación concede a los trabajadores de entidades públicas y privadas, empleadores, académicos, investigadores o especialistas, así como a personas jurídicas con destacada vinculación en los ámbitos del trabajo, empleo, capacitación laboral, seguridad y salud en el trabajo y seguridad social, que en función a sus acciones distinguidas y servicios meritorios se hayan hecho acreedores a tal distinción; Que, asimismo, el artículo 12 del referido Decreto Supremo, prescribe, que se considera acción distinguida, todo acto que en servicio o en provecho de las relaciones laborales, el diálogo social, la concertación laboral, el trabajo, el empleo, la capacitación laboral, la seguridad y salud en el trabajo o la seguridad social, realiza cualquier persona natural o jurídica, peruana o extranjera, demostrando desinterés, austeridad y abnegación para el cumplimiento del deber, en forma tal, que individualice al autor sobre el resto de las personas; Que, en el año 1974, acaeció el sensible fallecimiento del señor Arturo Sabroso Montoya después de una legendaria vida caracterizada por su lucha política, social y sindical; Que, de acuerdo a los términos de la propuesta, en vida, el señor Arturo Sabroso Montoya fue un reconocido líder y dirigente sindical, que formó parte de la histórica lucha por la jornada de ocho horas en 1919, cuya preocupación por la realidad nacional y la defensa de los derechos de los trabajadores lo hizo partícipe de importantes movilizaciones, en las que reunió no solo a los actores sindicales sino también a estudiantes ávidos de una reforma laboral que obtenga derechos laborales para este sector; Que, dada su constante preocupación en favor de la mejora de las condiciones de trabajo y la búsqueda de solución a la problemática sociolaboral, lo impulsó a promover la creación de la Federación Gráfica del Perú y a fundar la Federación de Tejidos del Perú en 1919; Que, su destacada trayectoria le permitió ser elegido como parlamentario en el Congreso Constituyente de 1931-1932, en cuyo espacio promovió por primera vez la

Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República de Chile
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 127-2017-RE Lima, 28 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Que, el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República de Chile fue suscrito en la ciudad de Santiago, República de Chile, el 29 de noviembre de 2016; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56° y 102° inciso 3 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2° de la Ley Nro. 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República de Chile, suscrito en la ciudad de Santiago, República de Chile el 29 de noviembre de 2016. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores.

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