Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2017 (05/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO

Año XXXIV - Nº 14064

NORMAS LEGALES
Director: Ricardo Montero Reyes

VIERNES 5 DE MAYO DE 2017

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EDICIÓN EXTRAORDINARIA
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 124-2017-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de diversos Gobiernos Locales para financiar las acciones señaladas en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1346 1 D.S. N° 125-2017-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 3 ENERGIA Y MINAS R.M. N° 170-2017-MEM/DM.- Declaran en Situación Excepcional la operación de las áreas del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional, comprendidas entre las subestaciones de 220 kV Matucana, Callahuanca REP, Callahuanca CONELSUR y Cajamarquilla 4

PODER EJECUTIVO

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de diversos Gobiernos Locales para financiar las acciones señaladas en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1346
DECRETO SUPREMO Nº 124-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, como entidad competente para formular, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial;

Que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Nº 29792, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social articula y coordina entre niveles de gobierno y con otros organismos del Poder Ejecutivo para la implementación de las políticas nacionales y sectoriales objeto de su rectoría, así como para la evaluación de su cumplimiento; Que, el artículo 26 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, dispuso que la Unidad Central de Focalización (actualmente, Dirección de Operaciones de Focalización), a cargo de la operación del Sistema de Focalización de Hogares - SISFOH, se encuentra bajo el ámbito de la Dirección General de Gestión de Usuarios (actualmente, Dirección General de Focalización) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con carácter permanente, correspondiéndole a dicha unidad, generar y administrar la información del Padrón General de Hogares bajo estándares de calidad, seguridad y confidencialidad, así como certificar la clasificación socioeconómica de los potenciales usuarios ante los agentes responsables de la administración de los programas sociales y de subsidios del Estado que se ejecuten bajo criterios de focalización individual; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1346, se establecen disposiciones para optimizar los servicios que son financiados a través del Seguro Integral de Salud (SIS), mediante el fortalecimiento de sus procesos críticos sobre la base de los principios de equidad, solidaridad y sostenibilidad en el tiempo a favor de los asegurados; en dicho marco, la Primera Disposición

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