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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2017 (05/05/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 85

1 AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO NORMAS LEGALES Director: Ricardo Montero Reyes VIERNES 5 DE MA YO DE 2017 SUMARIOAño XXXIV - Nº 14064 PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 124-2017-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupu esto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de diversos Gobiernos Locales par a financiar las acciones señaladas en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1346 1 D.S. N° 125-2017-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupu esto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 3 ENERGIA Y MINAS R.M. N° 170-2017-MEM/DM.- Declaran en Situación Excepcional la operación de las áreas del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional, comprendidas entre las subestacione s de 220 kV Matucana, Callahuanca REP, Callahuanca CONELSUR y Cajamarquilla 4 PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de diversos Gobiernos Locales para financiar las acciones señaladas en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1346 DECRETO SUPREMO Nº 124-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, como entidad competente para formular, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial;Que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Nº 29792, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social articula y coordina entre niveles de gobierno y con otros organismos del Poder Ejecutivo para la implementación de las políticas nacionales y sectoriales objeto de su rectoría, así como para la evaluación de su cumplimiento; Que, el artículo 26 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, dispuso que la Unidad Central de Focalización (actualmente, Dirección de Operaciones de Focalización), a cargo de la operación del Sistema de Focalización de Hogares - SISFOH, se encuentra bajo el ámbito de la Dirección General de Gestión de Usuarios (actualmente, Dirección General de Focalización) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con carácter permanente, correspondiéndole a dicha unidad, generar y administrar la información del Padrón General de Hogares bajo estándares de calidad, seguridad y con fi dencialidad, así como certi fi car la clasi fi cación socioeconómica de los potenciales usuarios ante los agentes responsables de la administración de los programas sociales y de subsidios del Estado que se ejecuten bajo criterios de focalización individual; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1346, se establecen disposiciones para optimizar los servicios que son fi nanciados a través del Seguro Integral de Salud (SIS), mediante el fortalecimiento de sus procesos críticos sobre la base de los principios de equidad, solidaridad y sostenibilidad en el tiempo a favor de los asegurados; en dicho marco, la Primera Disposición EDICIÓN EXTRAORDINARIA