Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2017 (05/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Viernes 5 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES
ÓRGANOS DE LÍNEA

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Funciones - MOF, de la Municipalidad distrital de Carmen de la Legua Reynoso. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 016-2016-MDCLR de fecha 27 de junio del 2016 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21 de Julio 2016 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, Manual de Organización y Funciones ­ MOF, y el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP y Organigrama, de la Municipalidad de Carmen de la Legua Reynoso Que, mediante Informe Nº 046-2016-SGP-OPI/GPPR/ MDCLR, la Sub. Gerencia de Planificación y Oficina de Programación de Inversiones, de fecha 03-11-2016, señala que según el Artículo 44º del ROF, la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, es el órgano de asesoría, responsable de planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades de los sistemas de planificación, presupuesto y racionalización de la Municipalidad; asimismo son funciones generales, conducir y asesorar el proceso de racionalización administrativa de los diferentes órganos Municipales y la elaboración de los instrumentos de gestión, como son el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP. Que, según el Manual de Organización y Funciones ­ MOF, establece entre otros, requisitos mínimos en educación para cada Unidad, Gerencia y Sub. Gerencia de cada órgano, según el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF. Que, el Manual de Organización y Funciones ­ MOF, es un documento normativo que describe las funciones específicas a nivel de cargo o puesto de trabajo, desarrollándolas a partir de la estructura orgánica y funciones generales establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones, así como constituye la base para establecer los cargos que se consideran en el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP. Que, a fin de consolidar el buen desenvolvimiento administrativo de la Municipalidad, acorde con la realidad, es necesario modificar los requisitos mínimos en educación, quedando en los siguientes Términos: "Estudios Superiores Universitarios y/o Estudios Superiores" de las siguientes Gerencias y Sub. Gerencias: ÓRGANOS DE GOBIERNO 1. Alcaldía 2. Procuraduría Pública Municipal 3. Órgano de Control Institucional 4. Secretaría General 5. Sub. Gerencia de Gestión Documentaria 6. Sub. Gerencia de Registros Civiles 7. Gerencia de Imagen Institucional 8. Gabinete de Asesores ÓRGANOS DE DIRECCIÓN 9. Gerencia Municipal ÓRGANO DE APOYO Y ASESORAMIENTO 10. Gerencia de Administración 11. Sub. Gerencia de Recursos Humanos 12. Sub. Gerencia de Contabilidad 13. Sub. Gerencia de Tesorería 14. Sub. Gerencia de Logística 15. Sub. Gerencia de Tecnología de la Información 16. Sub. Gerencia de Riesgos y Desastres ­ Defensa Civil 17. Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización 18. Sub. Gerencia de Planificación y Oficina de Programación de Inversiones ­ OPI 19. Gerencia de Asesoría Jurídica

20. Gerencia de Desarrollo Urbano 21. Sub. Gerencia de Obras y Catastro 22. Sub. Gerencia de Desarrollo Económico 23. Gerencia de Desarrollo Humano 24. Sub. Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud 25. Sub. Gerencia de Bienestar Social 26. DEMUNA 27. Programa del Vaso de Leche 28. Sub. Gerencia de Participación Ciudadana 29. OMAPED 30. CIAM 31. Gerencia de Desarrollo Ambienta 32. Sub. Gerencia de Limpieza Pública, Parques, Jardines y Áreas Verdes 33. Sub. Gerencia de Sanidad y Gestión Ambiental 34. Gerencia de Seguridad Ciudadana 35. Sub. Gerencia de Transporte 36. Sub. Gerencia de Serenazgo 37. Gerencia de Administración Tributaria 38. Sub. Gerencia de Fiscalización 39. Sub. Gerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, según Informe Nº 259-2016-GAJ/MDCLR, del 03 de Noviembre del 2016, en atención al requerimiento de la Gerencia Municipal, según Proveído 2538 del 03-11-2016 establece en su Análisis, Fundamento y Conclusiones, que la propuesta sobre modificación de los requisitos mínimos en educación del Manual de Organización y Funciones (MOF), según los documentos emitidos por la Sub. Gerencia de Planificación y Oficina de Programación de Inversiones, resulta viable en armonía con el Artículo 44 del Reglamento de Organizaciones y Funciones, la modificación del Manual de Organización y Funciones ­ MOF, de la Municipalidad de Carmen de la Legua Reynoso. Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, Dictamen Nº 009-2016-CATP, de la Comisión de Administración, Tributación y Presupuesto, el Concejo Municipal, con la dispensa de lectura y aprobación de Acta, mediante Acuerdo de Concejo Nº 065-2016-MDCLR, aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Artículo Primero.- Modificar el Manual de Organización y Funciones ­ MOF, de la Municipalidad de Carmen de la Legua Reynoso, respecto a los requisitos mínimos en educación, quedando en los siguientes Términos: "Estudios Superiores Universitarios y/o Estudios Superiores", de las siguientes Gerencias y Sub. Gerencias señaladas, por los considerandos mencionados. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización y Unidades Orgánicas de la Municipalidad, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, y a Gerencia de Administración su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. RAUL JESUS ODAR CABREJOS Alcalde 1516213-1

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