Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2017 (06/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Sábado 6 de mayo de 2017 /

El Peruano

Que, mediante Carta IHB File S3/1401/WG de fecha 11 de enero de 2017, el Secretario del Grupo de Trabajo de la Organización Hidrográfica Internacional (OHI) sobre Mareas, Niveles de Mar y Corrientes (TWCWG), ha cursado invitación para participar a la Segunda Reunión del Grupo de Trabajo de la Organización Hidrográfica Internacional (OHI) sobre Mareas, Nivel del Mar y Corrientes (TWCWG2), a realizarse en la ciudad de Victoria, Columbia Británica, Canadá, del 8 al 12 de mayo de 2017; Que, con Oficio P.200-0353 de fecha 2 de marzo de 2017, el Director de Hidrografía y Navegación recomendó al Capitán de Navío Fernando Enrique VEGAS Castañeda y a la Empleada Civil STD. Miriam Carol ESTRADA Ludeña, para que participen en la referida reunión; lo que permitirá conocer los avances sobre el análisis de las mareas y la aplicación de las mismas en la cartografía náutica electrónica; Que, de acuerdo con el documento Nº 051-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos (a) y (b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento; sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Fernando Enrique VEGAS Castañeda, CIP. 00886695, DNI. 07745172 y de la Empleada Civil STD. Miriam Carol ESTRADA Ludeña, CIP. 00000395, DNI. 09851696, para que participen en la Segunda Reunión del Grupo de Trabajo de la Organización Hidrográfica Internacional (OHI) sobre Mareas, Nivel del Mar y Corrientes (TWCWG2), a realizarse en la ciudad de Victoria, Columbia Británica, Canadá, del 8 al 12 de mayo de 2017; así como, autorizar su salida del país el 7 y su retorno el 13 de mayo de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Victoria, Columbia Británica (Canadá) - Lima US$. 1,575.68 x 2 personas US$. 3,151.36 Viáticos: US$. 440.00 x 2 personas x 5 días US$. TOTAL A PAGAR: US$. 4,400.00 7,551.36

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Superior designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1517095-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 534-2017-DE/MGP Lima, 5 de mayo de 2017 Vista, la Carta G.500-1908 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 19 de abril de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta S/N de fecha 21 de febrero de 2017, el Comandante de la Marina del Brasil, ha cursado invitación al Comandante General de la Marina, para que DOS (2) Oficiales de la Marina de Guerra del Perú, conformen el Estado Mayor del Ejercicio Multinacional BELL BUOY 2017 (BB17), a realizarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 8 al 12 de mayo de 2017; Que, con Oficio P.200-377 de fecha 27 de marzo de 2017, el Comandante General de Operaciones del Pacífico ha designado al Capitán de Fragata Juan Francisco PACHECO Zimic y a la Teniente Segundo Karol Norma RÍOS Curi, para que participen en el referido Ejercicio Multinacional, a realizarse en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 8 al 12 de mayo de 2017, debido a que permitirá conocer nuevas doctrinas, técnicas y procedimientos utilizados en el control naval del transporte marítimo; Que, de acuerdo con el documento Nº 062-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos (a) y (b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su

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