Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2017 (06/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Sábado 6 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Formalización Minera, las funciones de la Dirección General de Minería, a partir del 6 de mayo de 2017 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4.- Disponer que el funcionario cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los eventos. Artículo 5.-. El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1517432-1

publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera y su Exposición de Motivos, los mismos que como Anexo forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Establecer un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros, sito en Avenida De Las Artes Sur Nº 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, o vía internet a la siguiente dirección de correo electrónico: prepublicacion_DGAAM@ minem.gob.pe. El registro de las opiniones y sugerencias, recibidas en medio físico o electrónico, está a cargo de la Abogada Zarela Reyes Cubas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera y su Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1517431-1

Autorizan publicación de Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 169-2017-MEM/DM Lima, 5 de mayo de 2017 VISTO: El Informe N° 210-2017-MEM-DGAAM/ DNAM/DGAM de fecha 3 de mayo de 2017, emitido por la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros. CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 031-2007EM y sus modificatorias establece entre las funciones generales del Ministerio de Energía y Minas la de dictar la normatividad general de alcance nacional en las materias de su competencia; Que, por Decreto Supremo N° 020-2008-EM, se aprueba el Reglamento Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, el cual establece disposiciones y procedimientos específicos de protección ambiental para el desarrollo de actividades de exploración minera; Que, durante la vigencia del Reglamento citado en el considerando anterior se han emitido la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM; la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SEIA y sus normas reglamentarias; el Decreto Supremo Nº 054-2013-PCM, que aprobó disposiciones especiales para la ejecución de procedimientos administrativos; entre otras disposiciones que regulan las competencias y funciones de las autoridades administrativas relacionadas con la evaluación ambiental de proyectos mineros; Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros, sustenta el Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera; Que, en atención a lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas generales que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, con el fin de recibir comentarios de los interesados; Que, en ese sentido, corresponde disponer la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, otorgando a los interesados un plazo de quince días hábiles para la remisión por escrito o vía electrónica de los comentarios y sugerencias; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad,

INTERIOR
Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú en misión de estudios, formando parte de crucero de instrucción que arribará a puertos de diversos países
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 317-2017-IN Lima, 5 de mayo de 2017 VISTOS; el Oficio G.1000 - 0156, de fecha 16 de febrero de 2017, de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, la Hoja de Estudio y Opinión N° 134-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 17 de abril de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, el Informe N° 000597-2017/IN/OGAJ, de fecha 3 de mayo de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio G.1000 - 0156, de fecha 16 de febrero de 2017, la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú extiende invitación formal a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, a fin que un (1) Oficial recientemente egresado de la escuela de formación de la Policía Nacional del Perú forme parte del Crucero de Instrucción para Cadetes 2017, a bordo del Buque Escuela a Vela B.A.P. "UNIÓN" (BEV-161), el mismo que arribará a los puertos de Balboa y de Colón ­ República de Panamá, de Jacksonville del Estado de Florida, de Norfolk del Estado de Virginia y de Boston del Estado de Massachusetts ­ Estados Unidos de América, de Gulf of Saint Lawrence Ports Caraquet ­ Canadá, de Londres ­ Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del

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